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REVISTA110

ENSXXI Nº 112
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2023


COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA

FISCALIDAD
Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. DO L 2023/2226, de 24 de octubre de 2023. Descargar

Esta Directiva tiene como objeto la lucha contra el fraude, la evasión y elusión fiscales, habiendo destacado el Parlamento Europeo la importancia estratégica de una fiscalidad equitativa, mediante una mayor cooperación administrativa y un mayor intercambio de información entre los Estados miembros, especialmente cuando se trate de criptoactivos y dinero electrónico.

Para lograr lo anterior, el Consejo ha procedido a modificar la Directiva 2011/16/UE y lograr con ello el establecimiento de una cooperación administrativa eficaz entre Estados miembros en condiciones compatibles con el correcto funcionamiento del mercado interior y así hacer frente a los nuevos retos derivados del creciente uso de medios alternativos de pago e inversión, que plantean nuevos riesgos de evasión fiscal y que aún no están incluidos en el ámbito de la Directiva, por lo que las normas relativas a la comunicación e intercambio de información deben incluir a los criptoactivos y a sus usuarios.

ENERGÍAS RENOVABLES

PROMOCIÓN DE LA ENERGÍA
Directiva (UE) 2023/2413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, por la que se modifican la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE) 2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en lo que respecta a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables y se deroga la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo. DO L 2023/2413, de 31 de octubre de 2023. Descargar

Los Estados miembros dispondrán hasta el 21 de mayo de 2025 para su transposición. Las medidas jurídicas contenidas en la nueva Directiva de Energías Renovables se dirigen a la aceleración de una política energética basada en mejorar la eficiencia energética y aumentar el uso de las energías renovables, con el objetivo último de lograr un sistema energético que no dependa de terceros países.
Se introducen nuevos objetivos para los Estados miembros de producción de energía renovable: (i) que la cuota de energía procedente de fuentes renovables sea de, al menos, el 42,5% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030; (ii) que se procure incrementar la citada cuota de energía procedente de fuentes renovables hasta el 45% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030 y (iii) que los Estados fijen un objetivo indicativo de tecnología innovadora de energía renovable de, al menos, el 5% de la nueva capacidad instalada de energía renovable a más tardar en 2030.
La nueva Directiva de Energías Renovables prevé que, a más tardar el 21 de mayo de 2025, los Estados llevarán a cabo una cartografía coordinada del despliegue de energías renovables en su territorio, a fin de determinar el potencial doméstico y las zonas terrestres y marinas que sean necesarias para cubrir, al menos, sus contribuciones nacionales a la consecución del objetivo global de la Unión en materia de energías renovables para 2030.
Reconociendo el obstáculo que supone para las inversiones en proyectos de energías renovables la excesiva duración de los procedimientos administrativos de concesión de autorizaciones, la nueva Directiva de Energías Renovables introduce el concepto de zonas de aceleración renovable. Estas zonas se definen como aquellas ubicaciones -en tierra, mar o aguas interiores- que un Estado ha designado como especialmente adecuadas para la instalación de plantas de energía renovable.
A fin de acelerar los procedimientos de concesión de autorizaciones a una escala necesaria para la consecución del objetivo en materia de energías renovables establecido, se simplificarán y racionalizarán los procedimientos de concesión de autorizaciones.

TERRORISMO

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DIGITAL
Reglamento (UE) 2023/2131 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de octubre de 2023, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2005/671/JAI del Consejo en lo que respecta al intercambio de información digital en casos de terrorismo. DO L 2023/2131, de 11 de octubre de 2023. Descargar

El presente reglamento impulsará el intercambio de información digital en casos de terrorismo entre las autoridades nacionales y Eurojust. Gracias a un intercambio más eficiente sobre investigaciones y enjuiciamiento de delitos terroristas, las autoridades de los Estados miembros y las agencias de la UE tendrán acceso a la información más completa y actualizada sobre casos de terrorismo, y permitirá a Eurojust desempeñar un papel más importante a la hora de apoyar la coordinación y la cooperación entre las autoridades nacionales que investigan y enjuician los delitos terroristas.
Los Estados miembros deberán proporcionar a Eurojust información sobre cualquier investigación penal relacionada con delitos terroristas tan pronto como dichos casos se remitan a las autoridades judiciales.
Se crea un sistema moderno y digital de gestión de casos que almacena esta información y permite su verificación cruzada; faculta a Eurojust para detectar mejor los vínculos entre investigaciones y procesamientos transnacionales en el ámbito del terrorismo e informar de forma proactiva a los Estados miembros sobre los vínculos encontrados; crea un canal de comunicación digital seguro entre los estados miembros y Eurojust; y simplifica la cooperación con terceros países al conceder a los fiscales de enlace adscritos a Eurojust acceso al sistema de gestión de casos.

TRANSPORTE AÉREO

SOSTENIBILIDAD
Reglamento (UE) 2023/2405 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativo a la garantía de unas condiciones de competencia equitativas para un transporte aéreo sostenible (ReFuelEU Aviation). DO L 2023/2405, de 31 de octubre de 2023. Descargar

El principal objetivo de la iniciativa “ReFuelEU Aviation” es aumentar tanto la demanda como la oferta de combustibles de aviación sostenibles, que generan unas emisiones de CO2 inferiores al queroseno, un combustible fósil, garantizando al mismo tiempo unas condiciones de competencia equitativas en el mercado del transporte aéreo de toda la UE, lo que disminuirá la huella de carbono del sector de la aviación y creará unas condiciones de competencia equitativas para un transporte aéreo sostenible en la UE.
El nuevo Reglamento contiene las siguientes disposiciones principales:
1. La obligación de que los proveedores de combustible de aviación velen por que todo el combustible que se ponga a disposición de los operadores de aeronaves en los aeropuertos de la Unión contenga un porcentaje mínimo de combustible de aviación sostenible a partir de 2025 y, a partir de 2030, un porcentaje mínimo de combustible sintético; ambos porcentajes deben registrar un aumento progresivo hasta 2050; los proveedores de combustible tendrán que incorporar un 2% de combustibles de aviación sostenibles en 2025, un 6% en 2030 y un 70% en 2050; a partir de 2030, el 1,2% de los combustibles también deben ser sintéticos, aumentando hasta el 35% en 2050. Las categorías de combustibles de aviación sostenibles y combustibles sintéticos para aviación admisibles incluyen los biocarburantes certificados, los combustibles renovables de origen no biológico (incluido el hidrógeno renovable) y los combustibles de aviación de carbono reciclado que cumplan los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de la Directiva sobre Fuentes de Energía Renovables, hasta un límite del 70%, con la excepción de los biocarburantes producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros, así como los combustibles con bajas emisiones de carbono para la aviación (incluido el hidrógeno con bajas emisiones de carbono), que pueden utilizarse para alcanzar los porcentajes mínimos en la parte correspondiente del Reglamento.
2. La obligación de que los operadores de aeronaves garanticen que la cantidad anual de combustible de aviación de que se abastezcan en un determinado aeropuerto de la Unión represente, como mínimo, el 90% del combustible de aviación requerido anualmente, a fin de evitar las prácticas de sobrerrepostaje que generen más emisiones por exceso de peso.
3. Las normas sobre las autoridades competentes que deben designar los Estados miembros para garantizar el cumplimiento de este Reglamento y las normas sobre multas.
4. La creación de un sistema de etiquetado de la Unión sobre el rendimiento medioambiental destinado a los operadores de aeronaves que utilicen combustibles de aviación sostenibles, que ayudará a los consumidores a elegir con conocimiento de causa y promoverá vuelos más ecológicos.
5. La recopilación de datos y las obligaciones de notificación de los proveedores de combustible y los operadores de aeronaves que les permitan hacer un seguimiento de las repercusiones del Reglamento en la competitividad de los operadores y plataformas de la Unión.

CONSUMIDORES

INFLUENCERS
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La publicidad a través de influencers y su impacto en los consumidores”. DO C 349 de 29 de septiembre de 2023, p. 94/99. Descargar

El Comité Económico y Social Europeo ha determinado que los seguidores a menudo perciben las recomendaciones de influencers como más auténticas y creíbles que los anuncios tradicionales, lo que puede aumentar la confianza en un producto o servicio; además, a menudo están a la vanguardia de las tendencias y estilos de vida. Es por ello por lo que, al promocionar ciertos productos, pueden crear demanda y establecer nuevas tendencias de consumo, pudiendo influir directamente en las decisiones de compra de los consumidores.
Se advierte que la falta de transparencia de los influencers y las empresas que les contratan para promocionar sus productos es peligrosa para los consumidores en general y, en particular, para los menores que están constantemente en las redes sociales y que expone a este grupo vulnerable a publicidad encubierta podría perjudicar su desarrollo físico, psicológico, social o emocional.
Se indica que sería recomendable adoptar un enfoque global debido al auge de este fenómeno, se requiere una regulación específica que establezca claramente los derechos y responsabilidades de todas las partes involucradas. Esto garantizará que tanto los actores legales como los consumidores tengan claridad sobre lo que es aceptable y lo que no lo es.
Una de las soluciones es que el influencer identifique de alguna manera qué contenido es promocional y cuál no, concretamente para cumplir con normativas destinadas a proteger la salud y seguridad de los consumidores y usuarios, teniendo en especial consideración a los menores de edad.

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