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ENSXXI Nº 13
MAYO - JUNIO 2007

ACLARACIONES

Valores Mobiliarios

Directiva 2007/16/CE de la Comisión, de 19 de marzo de 2007 , que establece disposiciones de aplicación de la Directiva 85/611/CEE del Consejo por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) en lo que se refiere a la aclaración de determinadas definiciones (Texto pertinente a efectos del EEE ). Diario Oficial n° L 079 de 20/03/2007 p. 0011 - 0019. Ir a la Disposición.  

La Directiva 85/611/CEE contiene una serie de definiciones, en ocasiones interrelacionadas, referentes a los activos que cabe considerar aptos para inversión por los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios. Desde su adopción, ha aumentado considerablemente la variedad de instrumentos que se negocian en los mercados financieros, lo que genera gran incertidumbre. Con el fin de garantizar una aplicación uniforme de la Directiva es preciso ofrecer a las autoridades competentes y a los participantes en el mercado mayor seguridad a ese respecto. Una mayor seguridad jurídica favorecerá también un mejor funcionamiento del procedimiento de notificación de cara a la distribución transfronteriza de estos productos financieros.
Las aclaraciones que aporta la presente Directiva no generan, en sí, obligación alguna, de actuación u operativa, para las autoridades competentes o los participantes en el mercado. En lugar de establecer una relación exhaustiva de instrumentos y transacciones financieras, dilucidan criterios básicos que ayudan a determinar si una categoría dada de instrumento financiero queda o no englobada en alguna de las distintas definiciones.

TRANSPARENCIA

Mercado Regulado

Directiva 2007/14/CE de la Comisión, de 8 de marzo de 2007, por la que se establecen disposiciones de aplicación de determinadas prescripciones de la Directiva 2004/109/CE sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado DOCE Nº L 69 de 9 de marzo de 2.007, pag 0031. Ir a la Disposición. 

La Directiva 2004/109/CE establecía los principios generales para la armonización de los requisitos de transparencia respecto a la posesión de derechos de voto o de instrumentos financieros que den derecho a adquirir acciones existentes que lleven aparejados derechos de voto.
La presente Directiva se propone asegurar que, mediante la divulgación de información exacta, completa y puntual sobre los emisores de valores, se fomente y mantenga la confianza del inversor. Asimismo, al obligar a los emisores a estar informados de los movimientos que afecten a participaciones importantes en las empresas, se propone asegurar que dichos emisores estén en condiciones de mantener informado al público.
Por otra parte, las normas de aplicación de las prescripciones sobre los requisitos de transparencia deben elaborarse de manera que aseguren un elevado nivel de protección de los inversores, fortalezcan la eficiencia del mercado y se apliquen de manera uniforme.

INSPIRE

Infraestructura de información espacial

Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007 , por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire). Diario Oficial n° L 108 de 25/04/2007 p. 0001 - 0014. Ir a la Disposición.  

La política de la Comunidad en el ámbito del medio ambiente debe tener como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Comunidad.
La infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire) debe servir de ayuda para la adopción de medidas relativas a políticas y actuaciones que puedan incidir directa o indirectamente en el medio ambiente.
Las infraestructuras de información espacial de los Estados miembros deben concebirse de forma que se garantice el almacenamiento, disponibilidad y mantenimiento de datos espaciales al nivel más adecuado; que sea posible combinar, de forma coherente, datos espaciales de diversas fuentes en toda la Comunidad, y puedan ser compartidos entre distintos usuarios y aplicaciones.
Con el fin de facilitar la integración de las infraestructuras nacionales en Inspire, los Estados miembros deben facilitar el acceso a sus infraestructuras a través de un geoportal comunitario gestionado por la Comisión, así como de eventuales puntos de acceso que decidieran gestionar ellos mismos.

ESPACIO AÉREO

Cielo Europeo

Reglamento (CE) no 219/2007 del Consejo, de 27 de febrero de 2007, relativo a la constitución de una empresa común para la realización del sistema europeo de nueva generación para la gestión del tránsito aéreo. DOCE Nº L64 de 2 de marzo de 2.007, pag 0001. Ir a la Disposición. 

Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas DOCE Nº C 52 de 7 de marzo de 2.007, pag 0013. Ir a la Disposición. 

Posición Común (CE) no 3/2007, de 11 de diciembre de 2006, probada por el Consejo de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento DOCE Nº C 70 de 27 de marzo de 2.007, pag 0021. Ir a la Disposición. 

En estos dos últimos meses en la legislación comunitaria ha tenido en especial consideración  la utilización del espacio aéreo, con el fin último de crear el llamado  cielo único europeo
Para su realización, el Parlamento Europeo y el Consejo han adoptado diversos reglamentos por los que se pretende fijar, entre otros objetivos, un marco para la creación de dicho cielo único europeo, la prestación de servicios de navegación aérea, organización y utilización del espacio aéreo, así como la interoperabilidad de la red europea de gestión del tránsito aéreo.
El proyecto de modernización de la gestión del tránsito aéreo en Europa («el proyecto SESAR») es el instrumento tecnológico del cielo único europeo. Su objetivo es dotar a la Comunidad, para 2020, de una infraestructura de control de tránsito aéreo eficaz que permita un desarrollo seguro y ecológico del transporte aéreo y que se beneficie al mismo tiempo de los avances tecnológicos.
Para racionalizar las actividades es esencial constituir una entidad jurídica capaz de asegurar la gestión de los fondos asignados al proyecto SESAR durante su fase de desarrollo. Para ello se crea una empresa comun cuyo objetivo será garantizar la modernización del sistema de gestión del tránsito aéreo europeo coordinando y concentrando todos los esfuerzos pertinentes de investigación y desarrollo de la Comunidad. Será responsable de la ejecución del Plan maestro ATM y, en particular, de llevar a cabo los siguientes cometidos:
- garantizar la necesaria financiación de las actividades de la fase de desarrollo del proyecto SESAR
- garantizar la participación de los interesados del sector de la gestión del tránsito aéreo en Europa, en particular: los proveedores de servicios de navegación aérea; los usuarios del espacio aéreo; las asociaciones profesionales; los aeropuertos, y la industria de fabricación, así como las instituciones científicas pertinentes o la comunidad científica pertinente;
- organizar el trabajo técnico de investigación y desarrollo, validación y estudio, que se desarrolle bajo su autoridad, evitando al mismo tiempo la fragmentación de esas actividades,
Por otra parte también se han publicado decisiones en materia de licencias para la utilización del espacio aéreo  y normas comunes para la seguridad de la aviación civil.

DICTAMEN 

Programa de Estabilidad de España

Dictamen del Consejo, de 27 de marzo de 2007 , sobre el Programa de Estabilidad actualizado de España 2006-2009. Diario Oficial n° C 089 de 24/04/2007 p. 0007 - 0010. Ir a la Disposíción.  

El Consejo examinó el 27 de marzo de 2007 el Programa de Estabilidad actualizado de España, que abarca el período 2006-2009. Según el supuesto macroeconómico en el que se basa el programa, el crecimiento del PIB real descenderá del 3,8 % de 2006 a un 3,3 % como media durante lo que resta del período del programa.
A la vista de esta evaluación de riesgos, la estrategia presupuestaria parece adecuada para mantener el objetivo a medio plazo a lo largo de todo el período cubierto por el programa (tal y como éste prevé). Además, proporciona un margen de seguridad suficiente para impedir cada año que el déficit sobrepase con las fluctuaciones macroeconómicas normales el límite máximo del 3 % del PIB. La orientación de la política fiscal que se desprende del programa se ajusta al Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
El envejecimiento de la población tendrá en España un impacto presupuestario a largo plazo bastante superior al medio comunitario, debido, en especial, al aumento relativamente fuerte que sufrirá en las próximas décadas el gasto en pensiones como porcentaje del PIB.
El Consejo considera que debe afirmarse que la situación presupuestaria es sólida a medio plazo y que la estrategia presupuestaria constituye un buen ejemplo de política fiscal acorde con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Mantener la fortaleza de la situación presupuestaria, evitando así una política fiscal expansionista, es importante ante la amplitud y el crecimiento de los desequilibrios exteriores y la persistencia del diferencial de inflación con la zona del euro.

LIBRO VERDE

Consumo

Libro Verde sobre la revisión del acervo en materia de consumo. DOCE Nº C 61 de 15 de marzo de 2.007, pag 0001. Ir a la Disposición. 

El objetivo global de la revisión es instaurar un auténtico mercado interior para los consumidores, estableciendo el equilibrio adecuado entre el alto nivel de protección de estos y la competitividad de las empresas.
El objetivo ideal consiste en que, al término del ejercicio, fuera posible decir a los consumidores de la UE: «Esté donde esté o compre donde compre en la UE, sus derechos básicos son los mismos.
Respecto de las PYME se busca que puedan beneficiarse de un entorno regulador más predecible y unas normas europeas simplificadas, al objeto de disminuir sus gastos derivados y facilitar sus intercambios comerciales independientemente de donde estén establecidas.
La revisión del acervo en materia de consumo puede brindar una oportunidad única para modernizar las directivas sobre consumo existentes. Este objetivo está en plena consonancia con la modernización del mercado interior. A tal fin, las directivas se están revisando de manera global e individual, al objeto de determinar los eventuales vacíos normativos y deficiencias, así como los problemas específicos de cada una de ellas.

COMUNICACIONES

Sociedad de la información 2007

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - i2010 - Informe anual sobre la sociedad de la información 2007.  Ir a la Disposición. 

i2010 es la iniciativa de la Comisión en favor de las políticas de la sociedad de la información y los medios de comunicación que garantiza la coherencia de dichas políticas y aspira a reforzar la importante aportación de las tecnologías de la información y la comunicación al rendimiento de nuestras economías. i2010 funciona en un entorno que está cambiando muy rápidamente y, por tanto, exige actualizaciones y ajustes periódicos. El presente informe representa la segunda de esas actualizaciones y prepara el terreno para realizar un evaluación intermedia más amplia en 2008.
El balance general de 2006 es positivo. Los principales indicadores evolucionan en la dirección correcta y las TIC siguen siendo un motor fundamental del crecimiento y la innovación. El escepticismo que frenaba las inversiones en TIC hace cuatro o cinco años se ha visto sustituido por una mayor confianza en nuestra capacidad de desarrollo y puesta en marcha de aplicaciones de las TIC a favor de nuestro beneficio económico y social.
La Comisión aplica i2010 en estrecha colaboración con los Estados miembros a través del Grupo de Alto Nivel i2010. En 2006, y como parte de su política industrial, lanzó un Grupo de Trabajo sobre las TIC, en el que estaban representados la industria y la sociedad civil, para comprobar si sus políticas actuales favorecen la competitividad del sector de las TIC.
Muchos Estados miembros tienen actualmente altos niveles de adopción de la banda ancha, lo que, a su vez, estimula el desarrollo de servicios innovadores avanzados. La transformación del mercado de los contenidos es ya visible en el crecimiento de las ventas de música en línea y de nuevos dispositivos digitales. Asimismo, están avanzando la distribución de películas y la televisión en línea. La evolución de la distribución tradicional de contenidos hacia la disponibilidad en línea va acompañada de una explosión de contenidos creados por los usuarios.
Los servicios públicos en línea están madurando y generando mejoras perceptibles de la eficiencia: se han puesto en línea más servicios, los servicios disponibles se han ido sofisticando y más europeos mantienen contactos con el sector público en línea. La administración pública actúa como pionera, mientras que la salud y la educación se van aproximando.

Directiva Marco del Agua

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo - Hacia una gestión sostenible del agua en la Unión Europea - Primera fase de aplicación de la Directiva Marco del Agua. Ir a la Disposición.

«El agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal.» El agua es indispensable para la supervivencia y el desarrollo del ser humano. Es esencial para la vida e imprescindible para gran número de actividades y procesos industriales. Son necesarias cantidades adecuadas de agua de calidad suficiente en la naturaleza para que puedan subsistir fauna y flora, plantas y ecosistemas únicos.
Mantener un equilibrio sostenible entre todos estos aspectos es el objetivo de la Directiva Marco del Agua, adoptada en 2000, que sienta las bases de una política del agua moderna, global y ambiciosa para la Unión Europea.
La presente Comunicación resume el primer informe sobre el estado de aplicación de la Directiva Marco del Agua. Asimismo, formula una serie de recomendaciones con respecto a la próxima etapa importante: los planes de gestión de las cuencas fluviales. Dichos planes, que se han de presentar antes de finales de diciembre de 2009, aportarán nuevas y auténticas mejoras al sistema hídrico en su conjunto en forma de programas de medidas, que deberán ponerse en marcha a más tardar en 2012 y alcanzar los objetivos medioambientales de la Directiva en 2015.

GLOBALIZACIÓN

Fondo Europeo

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización». DOCE Nº c 51 de 6 de marzo de 2.007, pag 0001. Ir a la Disposición. 

El proceso de globalización puede llevar a cambios de patrones en el comercio mundial, y con ellos producirse despidos masivos de trabajadores. La Comunidad es consciente del problema y muestra su solidaridad con la creación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización.
El fondo no pretende ser un subsidio del empleo, sino que reduce la carga del desempleo que recae sobre el individuo y el Estado, además en numerosos casos de reestructuración en la UE responden a cambios tecnológicos o modificaciones de los gustos de los consumidores que no guardan relación alguna con el comercio mundial y, por lo tanto, no serían subvencionables por el FEAG.
El alcance del FEAG queda limitado a aquellos casos en que pueda demostrarse una relación entre la pérdida de empleo y grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial;
El importe máximo de los gastos financiados por el Fondo será de 1.000 millones de euros al año en la medida en que ello sea compatible con las disposiciones de las perspectivas financieras

APOYO

Pactos territoriales europeos

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «La aplicación de los Pactos Territoriales Europeos: Propuesta de revisión de los contratos y convenios tripartitos» DOCE Nº c 51 de 6 de marzo de 2.007, pag 0031. Ir a la Disposición. 

Los pactos territoriales europeos se tratan de un instrumento optativo de gobernanza que garantizan una flexibilidad, una eficacia y una democracia mayores en la Unión Europea y contribuyendo así a favorecer la adhesión de los ciudadanos al proyecto europeo.
El Comité de las Regiones ha apoyado desde el principio el concepto de los contratos y convenios tripartitos como método de asociación para que la legislación y los programas de considerable impacto territorial puedan aplicarse con una mayor flexibilidad.
Estos instrumentos deben concebirse, en todo caso, desde el respeto y cumplimiento de la normativa vigente, tanto a nivel regional y estatal, como comunitaria ,tanto en lo que se refiere al reparto competencial vigente en cada Estado miembro, como al cumplimiento de la normativa sectorial vigente o a las normas que regulan la gestión y control de los recursos financieros.

RECOMENDACIONES

Política de empleo

Recomendación del Consejo, de 27 de marzo de 2007 , relativa a la actualización de las orientaciones generales de política económica 2007 de los Estados miembros y de la Comunidad y sobre la ejecución de las políticas de empleo de los Estados miembros. Diario Oficial n° L 092 de 03/04/2007 p. 0023 - 0042. Ir a la Disposición.
 
El Consejo Europeo de primavera de 2005 renovó la Estrategia de Lisboa orientándola hacia el crecimiento y el empleo en Europa. En julio de 2005, se adoptó una recomendación sobre las orientaciones generales de política económica de los Estados miembros y de la Comunidad (2005-2008). Se invitó a los Estados miembros a tener en cuenta dichas Directrices en sus programas nacionales de reforma relativos a políticas económicas y de empleo.
Teniendo en cuenta el análisis presentado en el informe anual provisional 2007 de la Comisión y las Directrices integradas para el crecimiento y el empleo, en cuanto a España se sacan las siguientes conclusiones:
España avanza adecuadamente en la aplicación de su programa nacional de reformas y de los compromisos acordados en el Consejo Europeo de primavera de 2006.
Entre los puntos fuertes importantes se encuentran: una reducción de la deuda del Estado más rápida de lo previsto; avances satisfactorios en la aplicación del plan de investigación, desarrollo e innovación; la inclusión del espíritu empresarial en los planes de estudios nacionales en todos los niveles educativos; el progreso en el diálogo social, como recoge el acuerdo tripartito de mayo de 2006, y avances satisfactorios por lo que respecta a los objetivos cuantitativos, en especial el empleo femenino.
Los ámbitos del programa nacional español de reformas en los que deben afrontarse algunos retos son: mejora de la competencia en los mercados de la electricidad, reducción de la segmentación del mercado laboral y mejoras adicionales respecto a educación y formación.
En este contexto, se recomienda que España:
- adopte más medidas para incrementar la competencia en el sector de la energía,
- modernice la protección del empleo,
- prosiga con sus esfuerzos para ampliar el nuevo modelo de formación.

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