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ENSXXI Nº 15
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2007

MIGUEL ÁNGEL SEGURA ZURBANO
Notario

Dejando aparte los sistemas inspirados en las culturas orientales o del mundo islámico, aunque éstos, como veremos, van buscando actualizarse, no podemos olvidar que, existen en el mundo dos grandes sistemas jurídicos de documentación y seguridad jurídica contractual: el sistema anglosajón o de “common law” y el sistema romano-germánico o de derecho escrito.
Ambos grandes sistemas tienen vocación de expansión, vocación que la U.I.N.L. realiza principalmente a través de una Comisión específica: la Comisión de Cooperación Notarial Internacional, la conocida C.C.N.I., entre cuyos fines se encuentran, según el artículo 13 del Reglamento de la Unión, “prestar asistencia, previa su solicitud, a los Notariados, sean o no miembros de la Unión, cuando el país respectivo haya de promulgar o modificar una ley notarial” (el subrayado es mío), así como “preparar un dictamen documentado sobre la solicitud de adhesión a la Unión de un nuevo Notariado”.
Yo puedo asegurar que en la C.C.N.I. todos ejercemos esa labor desde nuestra convicción íntima de que el sistema de Notariado Latino es el más conveniente, sobre todo para los países en vías de desarrollo, el más económico para la sociedad, el más seguro para los ciudadanos y el más justo.- El más conveniente porque el sistema de “common law” se asienta sobre una compleja organización judicial difícil de implantar; el más económico, pues lógicamente esa compleja organización judicial es muy cara (el costo de la Justicia en USA supone el 2,2% de su PIB, mientras que, por ejemplo en España, sólo supone el 1,2%) y conlleva una inflación del número de Abogados (en el año 2000 en USA había un abogado por cada 275 habitantes mientras que en Francia, por ejemplo, uno por cada 1.630); el más seguro para los ciudadanos, por la fuerza y el valor que la autenticidad da al documento notarial; y el más justo pues lo que la gente quiere cuando acude al Notario es lograr los fines lícitos que pretendía obtener, no que se le dé una indemnización.

"Existen en el mundo dos grandes sistemas jurídicos de documentación y seguridad jurídica contractual: el sistema anglosajón o de “common law” y el sistema romano-germánico o de derecho escrito"

Y así deben considerarlo muchos países pues todos los de la Europa del Este que accedieron a la democracia tras la caída del Muro de Berlín en el año 1989, repito, todos ellos optaron por instaurar un sistema de Notariado Latino: Alemania del Este, Hungría, Polonia y un largo etcétera del que forma parte, nada más y nada menos, que la propia Rusia, tienen hoy de un Notariado asimilable al nuestro y forman parte de la U.I.N.L.
Me interesa resaltar que la admisión de  nuevos Notariados en el seno de la Unión no es fácil: se trata de un proceso exigente y que cada vez lo será más.- Al examen de la legislación sustantiva, procesal y notarial del país solicitante hay que unir la visita de inspección de una delegación de la C.C.N.I. que estudiará sobre el terreno el trabajo en los despachos, la aceptación por las autoridades de tutela, así como una implantación en todo el país que permita a los ciudadanos el acceso, no sólo posible sino fácil, a la seguridad que confiere la autenticidad, intrínseca a la actuación del Notario.
Pero todo esto es teoría, pura teoría.- Yo quisiera ahora hablar de la previsible expansión del Notariado Latino en el Mundo.
La verdad es que en los últimos años se ha venido observando un aumento de los países que se acercaban a la U.I.N.L., tanto para establecer relaciones de colaboración como para iniciar un proceso de ingreso en la misma.- Y es curioso constatar que en la actualidad son los países de Oriente y los islámicos los más interesados en el ingreso en la Unión.

"Nuestra convicción íntima de que el sistema de Notariado Latino es el más conveniente, sobre todo para los países en vías de desarrollo, el más económico para la sociedad, el más seguro para los ciudadanos y el más justo"

Aunque varios pertenecen a la Unión desde hace años, como Japón, Turquía e Indonesia, ahora son muchos los que llaman a nuestra puerta, sobre todo desde la incorporación del gigante de los gigantes, China, en el año 2002.
Por ejemplo, uno de los últimos admitidos es el de ARGELIA; pero muchos otros países islámicos y orientales están en la lista de espera; así IRAN y GEORGIA, a los que hicimos sendas visita de inspección a finales del año 2006.
Pero no para ahí la cosa: los Notariados de ISLA MAURICIO, MADAGASCAR, COREA DEL SUR y MONGOLIA, ya han solicitado formalmente la admisión en la Unión.
Y han establecido contacto con la Unión, aunque todavía no han solicitado formalmente su adhesión, países tan exóticos como UCRANIA, AZERBAIJAN, KAZAJSTAN y KIRGISTAN, en Europa, TUNEZ, MAURITANIA y LIBIA en Africa, CAMBODIA, LAOS, VIETNAM y TAILANDIA, en Asia, y AUSTRALIA, en Oceanía.
Mención aparte merecen los Notariados de COLUMBIA BRITANICA, FLORIDA, TEXAS, ALABAMA y LUISIANA en América del Norte.- Pero en estos casos las dificultades de admisión no provienen de la legislación notarial sino de la legislación civil y procesal de esos lugares, que en ningún caso podría aceptar la fuerza probatoria y la fuerza ejecutiva de la escritura notarial.
No era mi intención abrumar al posible lector con datos, pero he querido ser un poco minucioso para transmitir el mensaje de que la Institución Notarial de tipo Latino, la que nosotros conocemos y practicamos, está viva y goza de buena salud en el mundo.- Tiene vida para rato.
El problema es: ¿Sabremos mantener viva la tradición del Notariado que hemos conocido, que hemos heredado de nuestros mayores?.- ¿Sabremos transmitirla a los Notariados que vienen a nosotros convencidos de que nuestro sistema es el mejor y el más justo?

 

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