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ENSXXI Nº 16
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2007

FERNANDO RODRÍGUEZ PRIETO
Notario de Coslada (Madrid)

Ante la polémica abierta por el Ministro de Justicia

La propuesta del Ministro de Justicia de modificar el sistema de acceso a la judicatura y a la carrera fiscal, para sustituir el sistema de oposiciones de ingreso por otro de acceso directo de los alumnos que acabaren la carrera de Derecho con mejor expediente y así lo solicitasen, ha causado el lógico revuelo en los medios de comunicación y entre los miembros de las profesiones afectadas. Merece la pena dedicarle alguna reflexión, por la importancia que el tema tiene en si y, también, por la inevitable tentación que seguiría de extender el nuevo sistema a otros cuerpos de funcionarios.
Se han esbozado algunas razones como fundamento de esta iniciativa. En primer lugar el descenso en el número de opositores que, se ha dicho, puede llegar a dar lugar a un deficiente nivel de los que ingresen en la judicatura. También la consideración de que con el nuevo sistema se seleccionarían los más idóneos, a los cuales se dotaría de una formación más práctica y menos memorística. Que los nuevos jueces y fiscales lleguen así a ser, en palabras del Ministro, “personas impregnadas de vida”, cualidad que en su opinión no reúne un opositor después de pasar años rodeado de libros y alejado de la realidad.
El objetivo declarado del Ejecutivo es evitar “la fuga de cerebros” que, en su opinión, se produce en la actualidad hacia los grandes despachos de abogados. Merece la pena el analizar si los medios que se proponen son los idóneos para alcanzar tales fines. Y en este análisis encuentro algunas cosas que me resultan sorprendentes.
La primera, esa contraposición entre los libros y la vida. Cuando se da esa “evasión” de la realidad libros mediante que ya sufrió el ingenioso hidalgo, de ello no es culpable ni el estudio en sí ni los propios libros. Todo depende de cuáles sean los materiales escogidos y, sobre todo, cómo se aborda el estudio de los mismos. En mi ejercicio profesional he podido comprobar cómo en muchas ocasiones lo que parecían las doctrinas más abstractas y despegadas del suelo son las que al final te dan las herramientas para poder dar una solución a los problemas jurídicos más cotidianos. Una buena base teórica es imprescindible para una práctica adecuada. Lo que no quiere decir, también es verdad, que sea lo único necesario. Y al respecto debemos preguntarnos, porque hay que partir de lo que tenemos, si esa formación suficiente se recibe hoy en nuestras universidades. No creo que podamos honestamente dar una respuesta afirmativa ni aun en los casos de los mejores expedientes.
Tampoco parece un argumento de peso el que haya descendido el número de opositores. El hecho de que de sesenta aspirantes por plaza se haya pasado a “tan solo” cuarenta no parece ser indicativo aún de una crisis del sistema. Y en cualquier caso mucho más importante que el número es la calidad de los opositores.
Puede existir la tentación de imitar, también en este campo, a los países anglosajones, donde el acceso a la judicatura no se produce a través de oposiciones u otras pruebas de carácter memorístico. Al respecto conviene observar que en ellos no se sigue un sistema de Derecho codificado en leyes escritas, como en nuestros países de tradición latina o germánica, sino que se fundamenta en la doctrina jurisprudencial de los antecedentes. Y aunque este sistema hace ya bastantes años que ha hecho crisis en muchas materias, y se ha iniciado una aproximación cada vez más acentuada a nuestros sistemas más “legales”, no obstante se mantiene en lo sustancial. También hay que recordar que en tales países los sistemas de selección de la judicatura alta y media nunca se dirigen a licenciados recientes, sino a acreditados profesionales con amplia experiencia y prestigio. Y que, además, si en muchas facetas esos países son admirables y dignos de emulación, parece dudoso que esté entre éstas el sistema judicial, desde el momento en que diversos estudios demuestran que los gastos en administración de justicia en términos de porcentaje de PIB, en el Reino Unido casi duplican a los de la Europa continental, y en los Estados Unidos más que los triplican.
El sistema esbozado en proyecto por el Ministro presentaría además para su desarrollo problemas prácticos que no veo de fácil solución. ¿Se considerarían tan solo las notas? Eso dejaría sin alternativas a las universidades que quisieran ganar o conservar un prestigio a través de un alto nivel de exigencia a sus alumnos, en favor de aquellas otras donde fuera más fácil alcanzar altas calificaciones. Si lo que se pretende es seleccionar a los más aptos, no parece ser un buen sistema. ¿O se optaría por dar “un cupo” a cada universidad? Pero entonces ¿Cómo se reparte, en estos momentos de tanta inflación universitaria, pública y privada? ¿Y quedarían fuera los alumnos que hayan realizado o completado su carrera universitaria fuera de España? Tal idea no creo que fuera de recibo en Europa en estos tiempos.

"La escasez de la reforma puede llevar a una decadencia de las oposiciones como forma de selección de los más aptos y a sustituir el sistema por otro que suponga menos garantías, una peor preparación, y en definitiva un menor prestigio de nuestra función"

Si para obviar tales problemas se pretende establecer un criterio de selección más flexible, con mayor margen de discrecionalidad, como el que usan los grandes despachos de abogados con los que se pretende “competir” sería muy difícil disipar la sospecha de que también están entrando en juego criterios de discriminación política y de clientelismo. No olvidemos que el sistema de oposiciones, que España importó de Francia, tuvo en su día como objetivo el despolitizar las Administraciones públicas, para dotarlas así de independencia frente a los gobernantes de turno. Y que ese es un logro que se debe de conservar.
Los que hemos estudiado oposiciones tenemos la generalizada impresión de que, por duras que éstas sean, no existe mejor manera de aprender tanto en menos tiempo. Otra cosa es que los contenidos aprendidos merezcan en muchas ocasiones tal esfuerzo. Es ahí donde se echa de menos algo de racionalidad, de una mejor adecuación a los tiempos y a las exigencias que la práctica nos va a plantear.
En esa iniciativa de cambio hay, no obstante, elementos valiosos que deben de ser considerados. Es ser cierto que el sistema, tal y como se desarrolla en la actualidad, tanto para la judicatura y fiscalía como para otras oposiciones, puede y debe ser mejorado. Y que existe probablemente una sobreponderación de las pruebas memorísticas de carácter oral en detrimento de otras de carácter más práctico. Pero quizá para tal viaje no se necesiten tales alforjas, y baste con una reforma adecuada del sistema vigente que atribuya a las pruebas prácticas la importancia que merecen.
En último término, si lo que se desea es seleccionar a los mejores, en competencia con los despachos privados, la mejor solución es incrementar los incentivos para que los mejores quieran acceder. Y es en ese punto, y no en el sistema de selección, donde la Administración está jugando en desventaja con los grandes despachos de abogados.
Estas reflexiones invitan también a plantearnos cómo está nuestro propio sistema de acceso a la función. Mi experiencia de haber sido miembro de un tribunal, y el posterior devenir de otras de estas “nuestras” oposiciones, me ha hecho consciente de algunas disfunciones del sistema respecto al objetivo de seleccionar a los mejores. Es contraproducente esa enorme prolongación de las pruebas en el tiempo, en sesiones interminables y agotadoras. Máxime cuando la mayoría del tiempo se desperdicia en escuchar a opositores que no tienen ninguna opción de ingresar por no saberse mas que una pequeña parte del programa. En el caso de las oposiciones a Notarías y Registros, una primera prueba escrita preselectiva, de carácter objetivo y que cubriera la totalidad del programa, las  facilitaría enormemente al reducirlas a un periodo de tres o cuatro meses. Y al ejercicio práctico se le podría dar la dedicación, la preparación y el tiempo, es decir, en definitiva la importancia que merece. Con ello se podría garantizar la celebración de oposiciones cada año, y se facilitaría la labor no sólo a los tribunales, sino lo que es más importante, a los opositores mejor preparados. Y se podría también dar respuesta a una necesidad cada vez más sentida: una adecuada selección de los miembros del tribunal, que estaría compuesto por personas de prestigio, que podrían repetir en diversas oposiciones sin que ello supusiera una insufrible condena, ofreciendo así a los opositores una estabilidad en las exigencias no sujetas a cambios en cada nueva ocasión.
Muy al contrario, el panorama actual, que se ha venido desarrollando en los últimos años, dista mucho de estas exigencias de racionalidad y excelencia. El desarrollo de la última oposición ha sido todo un ejemplo de lo que no debe suceder. Ha durado casi dos años extenuantes, que pueden dejar a mucha gente valiosa fuera de juego. Y se ha minimizado la importancia del dictamen, al permitir sólo a pocos opositores llegar a él, desvalorizando su carácter selectivo.
Pero lo peor ha sido la oportunidad perdida de encauzar el sistema al desestimar una reforma más sustancial de las oposiciones en la última reforma reglamentaria. Como en el caso de las oposiciones entre notarios, en las que no se han querido atender las sugerencias para hacerlas más atractivas, y la escueta firma de firmantes de la última convocada es una buena prueba de ello, también en materia de las oposiciones libres de acceso, éstas al cabo mucho más importantes, la escasez de la reforma puede llevar a una decadencia de las mismas como forma de selección de los más aptos, y a que subsista la tentación de sustituir el sistema por otro que suponga menos garantías, una peor preparación, y en definitiva un menor prestigio de nuestra función.

 

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