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ENSXXI Nº 21
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2008

SEGURIDAD JURÍDICA PREVENTIVA

 

El 15 de agosto pasado el Boletín Oficial del Estado publicó una Orden de la Presidencia de Gobierno que, además de una reducción de los aranceles registrales y notariales en un 20%, ordenaba:

"Los Ministerios de Economía y Hacienda y de Justicia crearán un grupo de trabajo que en el plazo de cuatro meses presente a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos una propuesta de reforma del modelo de seguridad jurídica preventiva y una 'hoja de ruta' con los pasos a dar para transitar hacía ese nuevo modelo. La propuesta estará orientada evitar duplicidades y solapamientos entre las funciones de notarios y registradores de la propiedad que generan costes innecesarios, reforzar los mecanismos de supervisión y control sobre la actividad de los fedatarios públicos, así como facilitar información integral e integrada de los datos registrales y catastrales, para potenciar la calidad del sistema. El fin último de la propuesta será simplificar y reducir los trámites para ciudadanos y empresas, facilitar y mejorar la gestión y reducir los costes."

La Comisión se formó en septiembre y ha celebrado ya varias reuniones. Está integrada por representantes de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Justicia, y también con carácter sectorial, de los Ministerios de Industria (PYMES), Vivienda  y Dirección General de Catastro. Nada ha transcendido de sus trabajos, no se conoce ningún borrador o idea orientativa fiable. Por el momento está recabando datos patrimoniales, laborales y profesionales de toda índole.
El Secretario de Estado de Justicia, en el discurso de clausura del Congreso de Tenerife informó que el proceso está liderado por Justicia, que la Comisión recabará la opinión de notarios y registradores en forma de cuestionario, añadiendo al auditorio notarial que le escuchaba que no debía cundir ninguna grave preocupación ya que la Comisión sólo trataba de perfeccionar el sistema, reafirmando, eso sí de forma contundente, que la posición del Gobierno, en cuanto al control de legalidad notarial, es la misma que se desarrollaba en el Reglamento, ya que el Estado no puede abdicar de exigir al notario que se atenga a la legalidad ni permitirle que se desentienda de su estricto control mientras los ciudadanos confíen en que lo hace, reafirmando también que el notario no es un simple fotógrafo y que el hecho de que haya controles anteriores o posteriores no exime al notario de su obligación de controlar estrictamente la legalidad en todas sus actuaciones, siendo deber del Estado procurar que el proceso no sea más gravoso para los ciudadanos, lo que puede ser criterio orientativo para el caso de las duplicidades y solapamientos que el Gobierno quiere evitar.
Esto es cuanto se sabe de la conocida en la jerga notarial y registral como "hoja de ruta" sobre los que acompañamos dos comentarios, uno de un registrador Manuel Hernández-Mancha y otra de un notario, Antonio Domínguez Mena.

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