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ENSXXI Nº 36
MARZO - ABRIL 2011

FERNANDO RODRÍGUEZ PRIETO
Notario de Coslada (Madrid)

Hace pocos lustros hubiera sido insólito encontrar a una gran empresa que financiase gratuitamente escuelas para los niños en estado de extrema pobreza en un arrabal de un país centroamericano, o que se impusiera voluntariamente unos límites en materia medioambiental muy por encima de los establecidos por la ley. La persecución del beneficio en el desarrollo de la actividad empresarial tenía un peso tan absoluto que minimizaba las consideraciones de carácter ético, que quedaban esencialmente restringidas, en el ámbito privado, a los individuos, y en el ámbito público a las administraciones y al poder político, y a las regulaciones legales. Para las empresas, por tanto, los límites los marcaban  mucho más estas regulaciones legales que principios éticos. 

"Con la RSC se trata de trasladar a las empresas un concepto de ciudadanía ejemplar vigente antes sólo para los individuos"

Este esquema simplista, sin embargo, hace tiempo que ha quebrado al irrumpir con fuerza en el mundo económico el concepto de "responsabilidad social corporativa" (RSC). Esta expresión es la usual traducción al español, quizá no muy adecuada en cuanto pueda resultar equívoca, de la expresión anglosajona 2corporate social responsability" (CSR). E implica el impulso de un modelo de negocio que tenga en cuenta su dimensión ética.
La RSC no se confunde con el debido respeto y acatamiento de la ley por las entidades económicas, sino que supone un paso más voluntariamente avanzado. Se trata de trasladar a las empresas un concepto de ciudadanía ejemplar vigente antes sólo para los individuos. Para ello se parte del principio de que la empresa es una institución social, relacionada no sólo con sus propietarios (shareholders), sino también con toda una serie de grupos de intereses interconexos, los llamados stakeholders: empleados, consumidores, proveedores, comunidades locales, la Administración, etc, todos ellos afectados por la marcha de la empresa, y con un interés efectivo en el buen desempeño empresarial. Y se considera que una dimensión moral debe también iluminar estas relaciones.
Con este fin, la RSC implica la adhesión voluntaria a una serie de principios éticos que involucran a las empresas en la gestión de algunos de los principales retos sociales y medio ambientales. Se desenvuelve en muy diversos campos, y dentro de la misma podemos diferenciar dos aspectos. Por una parte, el aspecto interno, que atañe a las relaciones de la empresa en el desarrollo de su actividad ordinaria. Dentro de éstas relaciones con los stakeholders se promueve el respeto a los derechos humanos fundamentales, la erradicación del trabajo infantil, sanas relaciones laborales e impulso a la formación de los trabajadores, respeto al medio ambiente, y la lucha contra toda forma de corrupción, incluidas extorsión y soborno. Por otra parte, puede también existir un aspecto, externo a esta propia actividad empresarial, de colaboración en proyectos a favor del desarrollo y lucha contra la pobreza en los lugares donde la corporación ejerce su actividad, que algunos han denominado "filantropía empresarial o corporativa".

"El mismo concepto de RSC y los principios en que se funda han sido objeto de un duro debate entre los economistas"

En cualquiera de sus manifestaciones, una de sus características de la RSC es que quiere ser reconocida y publicitada. Existen para ello diversos medios, como el certificado ISO 26000, estándar de reconocimiento internacional. Y la propia ONU se ha implicado en su impulso desde 2000, promoviendo la iniciativa llamada "Global Compact", conocida entre nosotros como Pacto Mundial, al que pueden adherirse voluntariamente empresas y corporaciones, y que supone su compromiso con ciertos principios, mediante una metodología para el desarrollo y cumplimiento de la políticas adecuadas y la evaluación de los resultados obtenidos, todo lo cual ha de ser objeto de un informe anual. Más de 8.000 empresas de 130 diferentes países se han adherido ya al Pacto Mundial.
Las críticas y la justificación de la RSC
A pesar de la adhesión de cada vez más empresas, ya no sólo grandes y multinacionales, sino también medianas y pequeñas, el propio concepto y los principios en los que quiere fundarse han sido y siguen siendo objeto de un fuerte debate entre los economistas. Las críticas se han formulado básicamente desde dos puntos de vista diferentes.
Por una parte, sobre todo desde una cierta izquierda intelectual, la RSC ha sido calificada de hipócrita y de suponer una mera operación de maquillaje de la realidad, o incluso de publicidad encubierta. Y se pone en duda, dada esta finalidad publicitaria, la capacidad de la misma para operar cambios reales en beneficio de la sociedad. Se destaca al respecto el interés que en la materia han puesto algunas compañías tabaqueras o cadenas de comida rápida, que distribuyen productos nocivos para la salud, y se acusa de que el único interés de estas corporaciones es el beneficio comercial que logran mejorando su reputación.
Sin embargo personalmente considero que la existencia indudable de este fuerte factor reputacional no es en sí mismo necesariamente negativa. Al cabo, también este factor tiene gran importancia en los comportamientos sociales considerados positivos y filantrópicos de las personas físicas, que se inspiran en lo que se considera un modelo social de conducta. Si el modelo es saludable y positivo, también lo es el efecto de querer acercarse a él, y que de ello se deduzca un justo reconocimiento social.
Pero sí es cierto que en la empresa ha de haber una auténtica convicción que implique una real voluntad de adecuación de la empresa a las exigencias éticas que la RSC supone. De otra manera, la formulación y el cumplimiento de las políticas puede convertirse en puro trámite y formalidad obligada (make up compliance programs), simplemente para no quedar fuera de lo que ya se ha convertido en corriente principal (mainstream) en el mundo occidental. Al respecto puede resultar sospechoso, por ejemplo, el gran número de empresas españolas adheridas al Pacto Mundial.

"La primera responsabilidad social de una empresa es generar beneficios, pero este objetivo es compatible con una buena actuación en RSC"

Quizá, aún más contundente ha sido la crítica realizada desde el otro extremo. Desde Milton Friedman, diversos autores liberales han atacado la RSC por considerar que supone una desnaturalización de las empresas, ya que sólo los individuos tienen responsabilidades sociales. Las corporaciones empresariales, para estos autores, son responsables sólo frente a sus accionistas, y respecto del beneficio conseguido por resultar competitivas en precio o calidad. Y es precisamente de esta forma, generando beneficios, como expanden la prosperidad no sólo para sus propietarios, sino también a favor de los consumidores, empleados, y de las recaudaciones impositivas. Es esta expansión de la prosperidad, insisten, la que genera los reales beneficios y avances sociales, y por tanto, no debe ser obstaculizada con la imposición a las empresas de unas cargas diferentes, y que además exigirían unas habilidades específicas para las que no están preparadas, en un mundo que exige una creciente especialización.
Recientemente, The Economist se hacía eco de las opiniones de la analista sudafricana Ann Berstein, que desde este mismo punto de vista consideraba que el verdadero problema de los países subdesarrollados no está en el comportamiento poco ético de las empresas, sino en la falta de un número suficiente de éstas creando empleo y riqueza. Y destacaba lo contraproducente que ha sido en su país el que las autoridades hayan recargado alegremente sobre las espaldas de las empresas responsabilidades sociales que no debían corresponder a ellas, en materia de protección ambiental, derechos laborales e integración racial, con el resultado de un progresivo debilitamiento de la actividad económica y un desempleo que ha alcanzado a la tercera parte de la población activa.
Respecto esta crítica de Bernstein, se ha de destacar que la RSC no puede ni debe ser impuesta por el poder político, que a lo sumo sólo debería impulsar su conocimiento y difusión. Es esencial su carácter voluntario, que permite también la diferenciación de unas empresas de otras en su imagen pública, y que las dota de la suficiente flexibilidad para adaptarse a las circunstancias cambiantes. Por tanto, su crítica en este punto, por otra parte certera, no va dirigida en realidad contra la RSC, sino contra otras medidas de excesivo intervencionismo.
Se ha de reconocer la fuerza de estos argumentos liberales, pero reconducidos a sus justos límites. Es verdad que la primera responsabilidad social de una empresa es generar beneficios, ya que sólo de esa forma podrá sobrevivir y así aportar utilidad a trabajadores, suministradores y a la sociedad en general. Pero también lo es que esa rentabilidad, contemplada en el largo plazo, no es incompatible, e incluso puede ser favorecida por una buena actuación en RSC. Así puede concluirse, si analizamos las ventajas que la empresa puede extraer, algunas de las cuales trato de sintetizar.
Las ventajas obtenidas en las relaciones con los trabajadores
Para su progreso en el largo plazo, la empresa necesita una fuerza de trabajo preparada y eficiente. La RSC refuerza el "orgullo de empresa", y los vínculos de lealtad recíproca con un nuevo valor añadido, lo que supone una clara ventaja competitiva en el reclutamiento y conservación de valioso capital humano y en su productividad. Tal es la importancia de este factor, que se va extendiendo la promoción por parte de las empresas de la participación de sus trabajadores en labores de voluntariado diverso en proyectos en que aquellas hacen filantropía corporativa, con asunción por los mismos incluso de facultades decisorias en la elección y ejecución de los proyectos.
Las ventajas reputacionales respecto a los consumidores de los bienes o servicios producidos por la empresa
No se escapa la importancia de este factor, que fomenta la fidelidad del cliente basada en característicos valores éticos y medioambientales. Es cierto que su incidencia es desigual, pero la tendencia es a su acentuación, especialmente en los países más desarrollados económica y culturalmente.
Ventajas respecto a la Administración
Tomar medidas voluntarias que fomenten un clima de confianza puede disuadir a los gobiernos de promover regulaciones coactivas que pueden ser más gravosas, y más ineficaces en sus resultados.
Con todo ello, probablemente el efecto más beneficioso es la capacidad de las empresas para, como ha indicado Luis de Sebastián1, "ser fermentos de cambio ciudadano y empresarial", dando ejemplo en prácticas y comportamientos cívicos, como pagar impuestos, respetar el entorno, y no entrar en el juego de la corrupción, así como a través de acciones de filantropía. Todo lo cual acaba repercutiendo en el adecuado desarrollo de la sociedad, en la credibilidad de las empresas y en sus oportunidades a largo plazo. Este efecto puede ser especialmente beneficioso en las grandes empresas que se establezcan en países en desarrollo, a los que pueden llevar los estándares de decencia, transparencia y seriedad normales en sus países de origen, impulsando con ello una adecuada estructura de "instituciones informales" estudiadas por Douglas North, y con ello la evolución hacia el desarrollo y las grandes oportunidades que para las empresas ya establecidas que éste trae consigo.
Como ha destacado Josep M. Lozano2, la acción empresarial contribuye al modelado de carácter y los valores de las personas que trabajan en la empresa, y en el de todo su entorno, pues de ella y en ella, como espacio social, se aprenden actitudes y valores
Por todo ello, podemos concluir que, en una perspectiva a largo plazo, el éxito de la empresa en una determinada zona, y el bienestar social que en ella se impulse son interdependientes
Cabe plantearse si esta tendencia creciente a la adhesión a la RSC se va a ver afectada por la intensa crisis que nos afecta. Frente a quienes así lo entienden, también se ha destacado que la necesaria reducción del estado de bienestar que los déficits públicos van a imponer, con la consiguiente reducción de la intervención de los estados, junto a las crecientes demandas sociales derivadas de la crisis, constituyen campo abonado para que la RSC siga desarrollándose y se vaya sintiendo cada vez más como necesidad.
Como hemos visto, también se ha criticado la filantropía empresarial, en cuanto contraria a la necesaria especialización de las corporaciones y empresas, y por tanto, ineficiente en sus resultados. Pero la respuesta a este desafío se ha encontrado frecuentemente en la externalización: la empresa no se convierte en una ONG, sino que colabora con otras diversas corporaciones y ONGs aportando los fondos que estime pertinentes. Sin perjuicio de reservarse ciertas facultades de intervención y control. Pero Este "aspecto externo" de filantropía empresarial merece probablemente algún futuro artículo específicamente dedicado a la materia.

1 En la obra colectiva "América Latina y España, un futuro compartido". Ediciones del Bronce, 2000
2 Idem

Abstract

The concept of "corporate social responsibility" (CSR) strongly bursting into the economic sphere refers to the ethical dimension of business.
CSR goes voluntarily beyond economic entities' due respect and compliance with the laws transferring to companies a model of citizenship currently valid only for individuals. It considers companies social institutions not just related to their shareholders but also to a whole series of groups with interconnected interests, the so-called stakeholders: employees, consumers, suppliers, local communities, the civil service, etc. As the company's performance affects them all, they will have an effective interest in doing a good work.
The article resumes the strong controversy unleashed by CSR.

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