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REVISTAN63-PRINCIPAL

ENSXXI Nº 63
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2015

CONCEPCIÓN BARRIO DEL OLMO
Notario de Madrid

NUEVA PUBLICACIÓN

Nueva obra colectiva impulsada por el Colegio Notarial de Madrid que pretende servir de ayuda en la aplicación práctica de los nuevos expedientes notariales regulados por la Ley de la Jurisdicción Voluntaria; la Ley Hipotecaria y la Ley de Navegación Marítima, que son objeto de estudio con profundidad y rigor.

En breve se va a publicar el libro titulado: Jurisdicción voluntaria notarial. Estudio práctico de los nuevos expedientes en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, Ley Hipotecaria y Ley de Navegación Marítima.
Las Leyes 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria; 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo; y 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, introducen en nuestro ordenamiento jurídico una serie de expedientes de jurisdicción voluntaria cuya competencia se nos atribuye a los notarios siguiendo las corrientes desjudicializadoras presentes en Europa desde hace tiempo (basta con recordar la recomendación del Consejo de Europa de 1986).
Si bien los nuevos expedientes no suponen, con carácter general, una modificación de la función notarial, implican el reconocimiento del notario como autoridad y conllevan particularidades procedimentales motivadas, en muchos casos, por las especiales consecuencias que la Ley atribuye a los mismos.
Su novedad y una regulación no todo lo precisa que sería deseable, aunque la Ley de la Jurisdicción Voluntaria y la Ley de Navegación Marítima no pecan, precisamente, de precipitación, permiten prever que surgirán dudas a la hora de su aplicación práctica.
Por ello, el libro tiene como fin último responder a esas dudas y facilitar una mejor comprensión y utilización de las tres Leyes que son objeto de estudio.

"Si bien los nuevos expedientes no suponen, con carácter general, una modificación de la función notarial, implican el reconocimiento del notario como autoridad y conllevan particularidades procedimentales"

De carácter eminentemente práctico, contiene, además, un estudio doctrinal de fondo, con referencias jurisprudenciales y doctrinales, de cada uno de los nuevos expedientes que lo convierte en un texto completo y de gran utilidad no solo para notarios, sino también para cualquier operador jurídico pues no solo, que también, se estudian cuestiones de técnica notarial.
El hilo conductor del libro son los nuevos expedientes cuya competencia se nos atribuye a los notarios en el ámbito de la jurisdicción voluntaria, sin que se traten otras modificaciones legislativas que no suponen nuevas atribuciones como, por ejemplo, las múltiples modificaciones introducidas en el Código Civil por la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Tampoco son objeto de este libro aquellos expedientes cuyo conocimiento y resolución corresponde a órganos jurisdiccionales o a los registradores de la propiedad.
Cuenta con un prólogo redactado por el Presidente del Consejo General del Notariado y Decano del Colegio de Madrid, José Manuel García Collantes, y se estructura en tres títulos cada uno referente a una Ley, comenzando por la Ley de la Jurisdicción Voluntaria a la que se dedica el título I; a la Ley Hipotecaria el título II; y a la Ley de Navegación Marítima el título III.
Cada uno de los títulos se subdivide, a su vez, en tantos capítulos como expedientes, siguiendo la estructura de las respectivas Leyes, con un total de 26 capítulos en los que son objeto de estudio todas y cada una de las nuevas competencias que se nos ha atribuido en distintos ámbitos como son: matrimonial, sucesorio, obligaciones, subastas, mercantil, conciliación, hipotecario y marítimo.
Al comienzo de cada título existe un capitulo introductorio en el que los autores tratamos cuestiones comunes a todos los expedientes como son las normas de competencia territorial.
El libro, que no es la primera obra colectiva impulsada por el Colegio de Madrid, pionero en iniciativas doctrinales, la Academia Matritense del Notariado data de 1865, y recuérdese, por ejemplo, la obra Nueva Legislación Notarial Comentada, es muestra de la responsabilidad y preocupación con que los notarios afrontamos el desempeño de las nuevas competencias y la confianza que la sociedad, a la que debe su origen, ha depositado, una vez más, en el notariado.

"El libro es muestra de la responsabilidad y preocupación con que los notarios afrontamos el desempeño de las nuevas competencias y la confianza que la sociedad, a la que debe su origen, ha depositado, una vez más, en el notariado"

El contenido teórico-práctico del libro responde a la condición de juristas prácticos de los autores, todos ellos notarios pertenecientes a distintos Colegios, que como primeros aplicadores de las normas gozamos de una visión privilegiada de sus disfunciones, aciertos y de las necesidades de los ciudadanos.
La obra, es consecuencia exclusiva de los autores a cuyo criterio se ha dejado, como no podía ser de otro modo, el contenido del capítulo que ha redactado, y solo se ha buscado cierta homogeneidad formal.
En ella somos los notarios quienes estudiamos y opinamos sobre las nuevas competencias que se nos han atribuido con fundamentos teóricos, prácticos y jurisprudenciales, frente a la multitud de opiniones que han surgido sin justificación real más allá de intereses corporativos o desconocimiento de la función notarial, o ambas cosas.
Y no quiero terminar esta reseña sin agradecer y reconocer, una vez más, a todos mis compañeros su disposición, generosidad, seriedad y valentía al abordar unas materias en las que no teníamos ni tan siquiera experiencia práctica en la que basarnos para redactar, en un tiempo record, un libro con rigor y profundidad.
Todos los autores son notarios de acreditado nivel científico, que no precisaban ningún tipo de coordinación, y sobre todo amigos, cuya amistad espero conservar después de haberles “complicado un poco” el verano.
Nuestro único empeño ha sido servir de ayuda a nuestros compañeros a la hora del ejercicio diario de las nuevas competencias. Esperamos haberlo logrado.

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