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REVISTAN67-PRINCIPAL

ENSXXI Nº 67
MAYO - JUNIO 2016

BALEARES

IMPUESTO SOBRE ESTANCIAS TURÍSTICAS
Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible. BOIB 2-4-2016. Ir a la Disposición.

RENTA SOCIAL GARANTIZADA
Ley 5/2016, de 13 de abril, de la renta social garantizada. BOIB 14-4-2016. Ir a la Disposición.

PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD
Ley 6/2016, de 22 de abril, de derogación de la Ley 9/2014, de 29 de septiembre, por la cual se establece y regula la protección de la maternidad. BOIB 26-4-2016. Ir a la Disposición.

CASTILLA-LA MANCHA

PRESUPUESTOS GENERALES
Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016. DOCM 30-4-2016. Ir a la Disposición.

TRIBUTOS
Ley 3/2016, de 5 de mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha. DOCM 11-5-2016. Ir a la Disposición.

Las modificaciones que lleva a cabo esta ley tienen un doble ámbito de aplicación. Por un lado, regula medidas en materia de ordenación del territorio y de la actividad urbanística, y por otro, contiene las normas que afectan a los tributos cedidos y que afectan a los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Jurídicos Documentados, así como a los tributos sobre el juego.
En concreto, y centrándonos en el tema fiscal, las principales novedades son las siguientes:
- Por lo que respecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones las modificaciones incorporadas afectan a (i) las reducciones en las adquisiciones mortis causa e inter vivos de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades, estableciendo un plazo para que, en caso de incumplimiento, los adquirentes beneficiarios de la reducción paguen lo dejado de ingresar y presenten las autoliquidaciones complementarias procedentes; (ii) asimismo, quedan excluidas de la aplicación de la reducción las adquisiciones lucrativas de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades cuya actividad principal sea la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario en los términos del artículo 4.8.Dos.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio; (iii) a su vez, se introduce una escala en las bonificaciones de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, tanto en las adquisiciones mortis causa como inter vivos; y  (iv) se recogen en un mismo artículo las normas para la aplicación de las bonificaciones de la cuota aprobadas.
- En cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se modifican los tipos aplicables en las distintas modalidades del impuesto. En concreto, el tipo general se eleva al 9 por ciento, y los tipos reducidos serán del 6 y 4 por ciento, para los casos legalmente previstos.

CASTILLA Y LEÓN

TRIBUTOS CEDIDOS
Orden EYH/340/2016, de 20 de abril, que modifica la Orden HAC/263/2015, de 30 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración y autoliquidación de los tributos cedidos y el modelo de solicitud de adquisición de cartones de bingo electrónico. BOCYL 29-4-2016. Ir a la Disposición.

CATALUÑA

SECTOR ELÉCTRICO
Recurso de inconstitucionalidad núm. 1908-2014, interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con diversos preceptos de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico. DOGC 1-4-2016. Ir a la Disposición.

Sentencia 32/2016, de 18 de febrero, dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1908-2014 interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra los artículos 3.13 a), 9, 15, 33.5, 38.8, 40, 43.5, 46, 51, 52.4 y la disposición final segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:
“1º. Declarar que los artículos 3.13 a) y 43.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, son conformes con la Constitución interpretados en los términos señalados en los fundamentos jurídico 5 y 10, respectivamente.
2º. Desestimar el recurso en todo lo demás.”

NOTARÍAS VACANTES
Resolución JUS/923/2016, de 30 de marzo, de nombramiento de notarios para proveer varias notarías vacantes en el territorio de Cataluña. DOGC 13-4-2016. Ir a la Disposición.

El nombramiento de notarios que tengan que ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad, de acuerdo con lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio.
Por la Resolución JUS/665/2016, de 11 de marzo (DOGC núm. 7081, de 17 de marzo de 2016), se resolvió el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/267/2016, de 4 de febrero.

COMISIÓN DE CODIFICACIÓN
Resolución JUS/988/2016, de 14 de abril, de nombramiento del señor Joan Carles Ollé Favaró como director de la Comisión de Codificación de Cataluña. DOGC 21-4-2016. Ir a la Disposición.

CÓDIGO DE CONSUMO
Recurso de inconstitucionalidad núm. 5459-2015, contra los artículos 3, 8, 13, 17, 18.2, 20 y la disposición adicional primera de la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña, para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo. DOGC 25-4-2016. Ir a la Disposición.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 12 de abril actual promovido por el Presidente del Gobierno, ha acordado:
1º) Mantener la suspensión de los siguientes preceptos de la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo:
a) En cuanto resultan aplicables a los sectores energéticos del gas y la electricidad, los artículos 17, por cuanto añade al artículo 252-4 de la Ley 22/2010 el apartado 7, en sus párrafos primero, segundo inciso (“Si no se ha presentado el informe… que se había solicitado”) y tercero, y el apartado 8 y 18.2, por cuanto modifica el apartado 6 del artículo 252-5 de la Ley 22/2010.
b) Artículo 20, por cuanto añade un nuevo apartado 4 al artículo 263-2 de la Ley 22/2010.
2º) Levantar la suspensión de los siguientes preceptos de la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo: artículos 3 [por cuanto añade las letras v) y w) al artículo 111-2 de la Ley 22/2010]; 8 [por cuanto añade un nuevo apartado 3 al artículo 132-4 de la Ley 22/2010]; 13 [por cuanto añade un nuevo apartado 4 al artículo 251-6 de la Ley 22/2010]; 17 [por cuanto añade al artículo 252-4 de la Ley 22/2010 el apartado 7, párrafo primero, primer inciso (“Las personas en situación de vulnerabilidad económica… en que solicitan su emisión”), y párrafo segundo]; 20 [por cuanto añade un nuevo apartado 2 al artículo 262-6, un nuevo apartado 3 al artículo 262-8, y un nuevo artículo 262-9 a la Ley 22/2010] y la disposición adicional primera.
Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núms. 242 y 243, de 9 y 10 de octubre de 2015.

Recurso de inconstitucionalidad núm. 5831-2014, interpuesto por la presidenta del Gobierno en funciones respecto del Decreto-ley de Cataluña 6/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña (sentencia). DOGC 4-5-2016. Ir a la Disposición.

En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:
“Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de España contra el Decreto-ley de Cataluña 6/2013, de 23 de diciembre, y, en consecuencia:
a) Declarar que el párrafo segundo del apartado 6 y el apartado 7 del artículo 252-4 de la Ley 22/2010 introducidos por el artículo 2 del Decreto-ley de Cataluña 6/2013, de 23 de diciembre, son inconstitucionales y nulos.
b) Desestimar en todo lo demás el recurso planteado”.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Real Decreto 139/2016, de 4 de abril, por el que se nombra presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona a don Antonio Ramón Recio Córdova. DOGC 29-4-2016. Ir a la Disposición.

IMPUESTO SOBRE LAS VIVIENDAS VACÍAS
Recurso de inconstitucionalidad núm. 2255-2016, contra los artículos 1, 4, 9.1, 11 y 12 de la Ley del Parlamento de Cataluña 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012. DOGC 9-5-2015. Ir a la Disposición.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 2255-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 1, 4, 9.1, 11 y 12 de la Ley del Parlamento de Cataluña 14/2015, de 21 de julio, del impuesto sobre las viviendas vacías y de modificación de normas tributarias y de la Ley 3/2012. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -25 de abril de 2016-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.

IGUALDAD EFECTIVA
Recurso de inconstitucionalidad núm. 2257-2016, contra los artículos 33, 36 (apartados 1 a 4), 39, 40, 41, 44 y 59 a 64, de la Ley del Parlamento de Cataluña 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. DOGC 9-5-2016. Ir a la Disposición.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 2257-2016, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 33, 36 (apartados 1 a 4), 39, 40, 41, 44 y 59 a 64, de la Ley del Parlamento de Cataluña 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -25 de abril de 2016-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.

COMUNIDAD VALENCIANA

CUENTAS ABIERTAS
Ley 5/2016, de 6 de mayo, de Cuentas Abiertas para la Generalitat Valenciana. DOGV 11-5-2016. Ir a la Disposición.

HORARIOS COMERCIALES
Resolución 186/IX, de 14 de abril de 2016, del Pleno de Les Corts, sobre la validación del Decreto Ley 1/2016, de 26 de febrero, de modificación del Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, del Consell, de horarios comerciales de la Comunitat Valenciana. DOGV 2-5-2016. Ir a la Disposición.

CAJAS DE AHORROS
Decreto 51/2016, de 29 de abril, del Consell, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley sobre Cajas de Ahorros, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 23 de julio, del Consell. DOGV 10-5-2016. Ir a la Disposición.

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Decreto 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat. DOGV 13-5-2016. Ir a la Disposición.

EXTREMADURA    

PRESUPUESTOS
Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016. DOEX 8-4-2016. Ir a la Disposición.

EXCLUSIÓN SOCIAL
Decreto-Ley 1/2016, de 10 de mayo, de medidas extraordinarias contra la exclusión social. DOEX 11-5-2016. Ir a la Disposición.

GALICIA

ASISTENCIA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN GALLEGA
Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público. DOG 12-4-2016. Ir a la Disposición.

ALBERGUES TURÍSTICOS
Decreto 48/2016, de 21 de abril, por el que se establece la ordenación de los albergues turísticos. DOG 4-5-2016. Ir a la Disposición.

SUBVENCIONES DEL PLAN DE VIVIENDA
Orden de 8 de abril de 2016 por la que se convoca la concesión de subvenciones para las personas adquirentes, adjudicatarias o promotoras individuales para uso propio de vivienda, que cuenten con la financiación calificada del Plan de vivienda y rehabilitación 2009-2012. DOG 28-4-2016. Ir a la Disposición.

LA RIOJA

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
Decreto 7/2016, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2016. BOR 30-3-2016. Ir a la Disposición.

CATÁLOGO DE MONTES PÚBLICOS
Orden 8/2016, de 18 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifica el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de La Rioja. BOR 30-3-2016. Ir a la Disposición.

DIÁLOGO SOCIAL
Ley 1/2016, de 4 de abril, de impulso y consolidación del diálogo social en La Rioja. BOR 8-4-2016. Ir a la Disposición.

AYUDAS A LA EDIFICACIÓN
Orden 1/2016, de 15 de abril, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al fomento de la Rehabilitación Edificatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja. BOR 22-4-2016. Ir a la Disposición.

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Decreto 22/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja. BOR 11-5-2016. Ir a la Disposición.

MADRID

DEROGACIÓN DE LA LEY DE VIVIENDAS RURALES
Ley 1/2016, de 29 de marzo, por la que se deroga la Ley de Viviendas Rurales Sostenibles de la Comunidad de Madrid. BOCM 15-4-2016. Ir a la Disposición.

Se deroga la Ley que permitía edificar una vivienda unifamiliar aislada en todo suelo con protección sectorial, cuando su régimen jurídico no prohíba el uso residencial. Es decir, viviendas de 900 metros cuadrados por cada 6 hectáreas de terreno incluso en suelo rural, no urbanizable y sujeto a especial protección. Dicha Ley ha producido, según la Exposición de motivos de la presente, numerosos abusos y la "antropización" (sic) del suelo rural, y objeto de numerosas críticas.
Quedan paralizadas las licencias que estén presentadas y en tramitación.

NO DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO
Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid. BOCM 26-4-2016. Ir a la Disposición.

La Ley tiene por objeto regular los principios, medidas y procedimientos destinados a garantizar el reconocimiento legal del derecho a la identidad de género de toda persona en un ejercicio libre y sin presiones legales o sociales, para que el ordenamiento no la "patologiza" (sic) o somete a condición de prejuicio sobre su capacidad, dignidad y habilidades.
Se aplica a cualquier persona física o jurídica, pública o privada, cualquiera que sea su domicilio o residencia, que se encuentre o actúe en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016. BOCM 6-5-2016. Ir a la Disposición.

MURCIA

EMPLEO
Decreto-Ley n.º 2/2016, de 20 de abril, de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas. BORM 22-4-2016. Ir a la Disposición.

EMERGENCIA CIUDADANA
Ley 4/2016, de 15 de abril, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Región de Murcia. BORM 19-4-2016. Ir a la Disposición.

La presente ley tiene por objeto definir el concepto de Procedimiento de Emergencia Ciudadana y establecer un conjunto de medidas de carácter urgente y extraordinario destinadas a:
1. Mejorar la cobertura a necesidades crecientes de carácter social en segmentos de población especialmente vulnerables.
2. Generar mecanismos eficaces y evaluables que permitan agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos que se definan de emergencia ciudadana, en los términos previstos en el artículo 2 de esta ley.
3. Dotar de recursos suficientes para la gestión y tramitación de los Procedimientos de Emergencia Ciudadana que aseguren la eficacia y eficiencia de dichos procedimientos.
4. Atender a las necesidades básicas de personas, familias y colectivos susceptibles de especial protección, como es el caso de las personas menores, las personas mayores y las que se encuentran en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

NAVARRA

TRIBUTOS
Ley Foral 4/2016, de 13 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 25/1994, de 29 de diciembre, de modificación parcial de diversos impuestos y otras medidas tributarias, en lo referente a los beneficios fiscales de las Sociedades de Garantía Recíproca. BON 25-4-2016. Ir a la Disposición.

Regula los beneficios fiscales aplicables en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las Sociedades de Garantía Recíproca y a sus socios.

PAÍS VASCO

ADICCIONES Y DROGODEPENDENCIAS
Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias. BOPV 13-4-2016. Ir a la Disposición.

INSTITUCIONES LOCALES
Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. BOPV 14-4-2016. Ir a la Disposición.

Según el artículo 1: 1. Es objeto de la presente ley el desarrollo de la autonomía local en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de acuerdo con los principios recogidos en la Carta Europea de Autonomía Local. A través de las previsiones de esta ley, se pretende especialmente salvaguardar y garantizar el pleno ejercicio de la autonomía local por parte de los ayuntamientos vascos y del resto de entidades locales. 2. Asimismo, la finalidad de esta ley es reconocer y dotar al nivel local de gobierno de la Comunidad Autónoma de Euskadi de un conjunto de competencias que le aseguren el ejercicio de un poder político propio y hagan viable una prestación de servicios de calidad a la ciudadanía mediante un gobierno local abierto, transparente y participativo. 3. Por medio de esta regulación también se determina la posición del municipio vasco en el sistema institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi, tanto en la configuración de un sistema de coordinación y colaboración interinstitucional en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas, en cuanto sean desarrolladas por los municipios y demás entidades locales o requieran de su participación, como en la determinación del sistema de financiación municipal y en el reparto de los recursos públicos derivados del Concierto Económico.

CONTRATACIÓN PÚBLICA
Ley 3/2016, de 7 de abril, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública. BOPV 15-4-2016. Ir a la Disposición.

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS
Ley 4/2016, de 7 de abril, de modificación del Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. BOPV 15-4-2016. Ir a la Disposición.

DERECHO CIVIL
Corrección de errores de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco. BOPV 5-5-2016. Ir a la Disposición.

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO
Decreto 42/2016, de 15 de marzo, del depósito de fianzas y del Registro de Contratos de Arrendamiento de Fincas Urbanas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. BOPV 29-3-2016. Ir a la Disposición.

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