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REVISTA103

ENSXXI Nº 103
MAYO - JUNIO 2022


DERECHOS FUNDAMENTALES

AGENCIA EUROPEA
Reglamento (UE) 2022/555 del Consejo de 5 de abril de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 168/2007 por el que se crea una Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. DO L 108 de 7 de abril de 2022, p. 1/12. Descargar

La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea fue creada en el 2007 para proporcionar a los responsables de la toma de decisiones nacionales y de la UE asesoramiento independiente, contribuyendo así a que la creación de debates, políticas y legislación en materia de derechos fundamentales sea mejor informada y más específica.

La agencia tiene como objetivo ayudar a promover y proteger más eficazmente los derechos fundamentales en la UE. En su afán de conseguirlo, consulta y colabora con sus socios para recoger y analizar información y datos mediante estudios del ámbito jurídico y social, proporcionar asistencia y asesoramiento independiente y comunicar y concienciar sobre los derechos fundamentales.
Para garantizar una mejor gobernanza y funcionamiento del Consejo de Administración de la Agencia, deben modificarse varias disposiciones del Reglamento 168/2007, que la creó.

REFUGIADOS EN EUROPA

ACCIÓN DE COHESIÓN
Reglamento (UE) 2022/562 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de abril de 2022 por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 223/2014 en lo que atañe a la Acción de Cohesión para los Refugiados en Europa (CARE). DO L 109 de 8 de abril de 2022, p. 1/5. Descargar

La reciente agresión militar por parte de la Federación de Rusia contra Ucrania y el conflicto armado que está ocurriendo, han cambiado radicalmente la situación en materia de seguridad en Europa. Como consecuencia de dicha agresión militar, la Unión, en particular sus regiones orientales, se enfrenta a una importante afluencia de personas. Esto supone un reto adicional en un momento en el que las economías de los Estados miembros todavía están recuperándose del impacto de la pandemia de COVID-19.
Con el fin de aliviar la carga que pesa sobre los presupuestos públicos causada por la necesidad de responder a la situación de crisis, se hace necesario acelerar la ejecución de los programas y permitir las inversiones necesarias para la recuperación de las regiones, y debe darse a los Estados miembros la posibilidad excepcional de aplicar un porcentaje de cofinanciación del 100% en los programas financiados por el FEDER, el FSE, el Fondo de Cohesión o el FEAD también para el ejercicio contable de 2021-2022. En consecuencia, han de modificarse los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 223/2014.

POBREZA ENERGÉTICA

GRUPO DE COORDINACIÓN
Decisión (UE) 2022/589 de la Comisión de 6 de abril de 2022 por la que se establecen la composición y las disposiciones operativas para la creación del Grupo de Coordinación de la Comisión sobre Pobreza Energética y Consumidores Vulnerables. DO L 112 de 11 de abril de 2022, p. 67/72. Descargar

La Comisión Europea ha puesto el foco sobre la pobreza energética y ha constituido un Grupo de Coordinación para tratar de reducir su impacto. Este nuevo Grupo servirá de plataforma principal para el intercambio de información y la coordinación entre la Comisión y los Estados miembros sobre cuestiones relacionadas con el diseño y la aplicación de la legislación, los programas y las políticas de la Unión destinados a los hogares con pocos recursos financieros o afectados por la pobreza energética y a los consumidores vulnerables, incluso en el contexto de la energía asequible, las medidas específicas de renovación y eficiencia energética, y los sistemas de financiación a escala nacional. El grupo permitirá el intercambio de experiencias, mejores prácticas y conocimientos especializados en relación con los consumidores vulnerables, incluso en los niveles regional y local y prestará asistencia a la Comisión y a los Estados miembros en el diseño de iniciativas políticas, especialmente en relación con los planes nacionales de energía y clima, los informes de situación nacionales integrados de energía y clima, y las estrategias conexas.

DESINFORMACIÓN

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones “Orientaciones de la Comisión Europea sobre el refuerzo del Código de Buenas Prácticas en materia de Desinformación”. DO C 152 de 6 de abril de 2022, p. 72/76. Descargar

La desinformación perjudica a nuestra sociedad erosionando la confianza en las instituciones y los medios de comunicación, poniendo en peligro las elecciones y obstaculizando la capacidad de los ciudadanos para tomar decisiones con conocimiento de causa y menoscabando su libertad de expresión.
Durante la crisis de la COVID-19, la información sanitaria engañosa, los bulos peligrosos con afirmaciones falsas, las teorías de la conspiración y el fraude al consumidor también pusieron en peligro la salud pública.
En 2018 se estableció un Código de buenas prácticas para las plataformas en línea, los anunciantes y otros agentes clave, que les comprometió a frenar la desinformación y mejorar sus políticas en línea. Ha demostrado ser una herramienta innovadora para garantizar una mayor transparencia y rendición de cuentas Ahora se propone ir más allá reforzando el Código en varios ámbitos para hacerlo sólido, estable y flexible.

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