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ENSXXI Nº 13
MAYO - JUNIO 2007

Conferencia dictada por el notario Alfonso Madridejos Fernández

Con muy numerosa asistencia de notarios y otros profesionales jurídicos, y dentro del ciclo de la Academia Matritense, Alfonso Madridejos Fernández, notario de Madrid, dictó en el aula académica del Colegio una interesante conferencia sobre tema tan actual y sensible como “La copia notarial electrónica”. Precedido de una cariñosa presentación de Rodrigo Tena Arregui, el conferenciante, tras los oportunos agradecimientos y después de citar a algunos de los más célebres copistas de la Literatura, realizó, a modo de introducción, una reflexión sobre el proceso de incorporación de las nuevas tecnologías al sistema de seguridad jurídica preventiva, deteniéndose en las grandes diferencias que existen entre el lenguaje informático y la escritura clásica y en las dificultades existentes para sustituir la firma manuscrita por la electrónica.

Madrid, Redacción.-
Destacó el conferenciante el papel protagonista que la copia, hasta ahora el pariente pobre dentro de la familia del instrumento público, ha asumido en la recepción del formato electrónico y estudió los  motivos que han llevado al legislador a dar diferente trato a la matriz y a la copia. Destacó las utilidades que en uno y otro caso pueden reportar el soporte informático y estudió las diferentes posibilidades que las nuevas tecnologías, en su actual estado de evolución, pueden reportar en su obtención, siempre sin merma del nivel de seguridad actual, según que se trate de uno u otro tipo de documento.
En el estudio del régimen jurídico de la copia notarial electrónica señaló la necesidad de tener siempre presente una distinción fundamental, que el nuevo Reglamento no parece percibir, entre las copias electrónicas “normales”, que producen sus efectos desde el formato electrónico, y las copias cuya finalidad es su traslado a papel para su entrega al interesado, que, para el conferenciante, constituyen una subespecie con un régimen jurídico propio y una problemática específica.
En la exposición del proceso de generación de la copia electrónica distinguió tres fases: expedición, remisión y recepción. En cuanto a la expedición de la copia electrónica estudió la copia parcial, el formato, la consignación de los aranceles (realizando una crítica a lo que queda de la Ley de Tasas) y la firma de la copia.
Respecto a la remisión, expuso el esquema legal, basado en la interconexión de los nodos centrales de los sistemas corporativos de comunicación, destacando el casi absoluto incumplimiento de ese esquema, achacando tal situación a la política realizada por el Colegio de Registradores (que bautizó como política “Bartleby” en alusión a la conocida frase, “preferiría no hacerlo”, del célebre escribiente), y se detuvo en algunos de los aspectos más relevantes de la presentación telemática.
Finalmente, en relación con la recepción de la copia electrónica se refirió a los dos aspectos cuya regulación en el nuevo Reglamento consideró más criticable, el traslado a papel y el plazo de caducidad (plazo respecto del cual defendió una interpretación de mínimos para evitar la nulidad de la norma por ilegalidad), y terminó haciendo referencia a posibles situaciones patológicas, especialmente a las derivadas de la utilización ilícita de la firma electrónica del notario y a las graves responsabilidades, incluso penales, en que éste puede incurrir.
En todo momento el conferenciante se remitió a un texto escrito extenso que muy pronto publicará El Notario del Siglo XXI. Tras la exposición, saliéndose de ese texto, realizó una reflexión sobre el futuro de las nuevas tecnologías y su importancia para el Notariado cuya trascripción se recoge a continuación.
“Aunque me aproximo al límite temporal que según mis consejeros un conferenciante considerado no debe propasar, voy a abusar de su amabilidad, aunque solo sea por unos muy escasos minutos, lo prometo, para recoger no unas conclusiones, ni siquiera reflexiones, sino, más bien, unas divagaciones finales que no están en el texto escrito.

"Todos sabemos quién manda y podemos dedicarnos a cantar loas a nuestro magnífico sistema o entretenernos con épicas peleas; pero no deberíamos olvidar que el mundo está cambiando por la aparición de unas nuevas tecnologías que inventan, propagan y venden precisamente 'los que mandan'"

Como se habrá podido apreciar yo no me considero un fanático de la informática ni de las nuevas tecnologías.
Siempre me ha gustado una imagen, que he oído varías veces sin conocer su autor, la de los maestros egipcios que con enorme paciencia labraban en piedra inscripciones que iban a durar para siempre. Con qué cara de desprecio no mirarían a esos advenedizos que se dedicaban, usando una caña, un palo con punta, a impregnar con jugos de frutas y hortalizas un material ¡soluble en agua y altamente inflamable!
La verdad es que yo me identifico con los picapedreros egipcios pero, a  pesar de ello, debo confesar mi fe en las nuevas tecnologías, fe que reúne dos características que la hacen especialmente vigorosa: además de tratarse de una fe ciega es la fe del converso.
Estoy convencido de que el futuro del instrumento público pasa por la incorporación de las nuevas tecnologías y creo que nuestros órganos corporativos hacen muy bien en dedicar a ello la mayor parte de sus esfuerzos (y de nuestro dinero). Creo que el empeño merece la pena y, aunque los resultados no sean siempre los apetecidos, merecen nuestra total comprensión y máximo agradecimiento  siempre que se respete una regla de elemental prudencia: los experimentos con gaseosa.
La disposición transitoria que aplaza la aplicación del formato electrónico a la matriz hasta que los avances tecnológicos lo permitan, pueden proporcionarnos a muchos un inmenso alivio, pero nunca debe ser una excusa ante un fenómeno que no podemos parar.
Estoy convencido de que el futuro de la matriz es electrónico; no solo en su conservación sino también en el momento del otorgamiento y estoy seguro de que la intervención del notario, de un solo notario, en la contratación a distancia es algo mucho más próximo de lo que puede parecer. No se cómo se producirá pero estoy seguro de que ocurrirá.
En cuanto a la copia, lo que he expuesto en esta conferencia no deja de ser algo embrionario, un primer escarceo como para andar por casa. Lo que tenemos ahora es una copia que circula fugazmente por la red, y en la moderna sociedad de la información lo que tiene interés no es lo que pasa por la red sino lo que está en la red. Hoy se dice, les suena, que lo que no está en Internet no está en el mundo, y la copia notarial no puede dejar de estar en ningún mundo.
El futuro está en una “copia-web”, una copia “on line”, colgada de la red, que produce sus efectos desde el ciberespacio a través de un “protocolo.com”,  como decía ALVAREZ SALA del registro,.
 El tema no es nuevo y ya existen atisbos en las actuaciones del Consejo. Por ejemplo, el sistema VIGIA que exige entregar la copia en papel al invitante para que la remita al lejano país del invitado, el cual se sube a un avión y viaja, con ella bajo el brazo, a España y la exhibe a un funcionario que solo la admite si coincide con los datos que él ya tiene en su ordenador. O el sistema ABACO que reproduce en Internet, sin valor de copia, la transcripción digital hecha por el Consejo de las bases de concursos incorporadas a las actas de protocolización cuyas copias los notarios enviamos en papel. O el Archivo de Revocación de poderes que no es un auténtico registro de poderes sino que consiste simplemente en dar publicidad a los clásicos oficios de revocación.

"La utilización de esas tecnologías para seguir mejorando nuestro sistema (y por mejorarlo entiendo todo lo que lo haga más seguro, más rápido o más barato) no es que sea una obligación: es una necesidad"

¿No sería mucho más racional que en todos estos casos la copia estuviese en Internet y produjese desde allí sus efectos? Por supuesto que habrá que compaginar la publicidad de Internet con el secreto de protocolo y la protección de datos, y también superar muchos problemas técnicos, sobre todo de seguridad, pero la incorporación de la copia a la página web del notario, siempre bajo su control y con acceso más o menos restringido según los casos, permitirá potenciar la eficacia de la copia hasta límites insospechados.
Por ejemplo, ¿se imaginan el potencial que adquirirían las copias de poderes si, sin necesidad de su desplazamiento físico, pudiesen producir sus efectos como títulos de legitimación desde una página web que el notario mantiene abierta para todos si esta es la voluntad del poderdante?
Desde luego las aplicaciones de esa copia-web serían innumerables. Por ejemplo, sería el complemento perfecto a un Registro on line, absolutamente público y accesible, que como nos ilustraba JUAN ALVAREZ-SALA está llamado, en aras de su eficacia y no de otra cosa,  a adelgazar. Creo que la propia fuerza de las cosas impondrán muy pronto un proceso en el que lo que se envíe al Registro sea lo imprescindible para que el registrador califique y lo que se inscriba coincida con lo que se publica, que a su vez debe ser lo que realmente tenga utilidad para el tercero que lo consulte. En este proceso la copia-web puede ser un aliado útil y, como decía JUAN, su dirección en Internet debería ser el único link que contenga el asiento.
No quiero extenderme, pero ya que se trata de un tema de estricta actualidad, creo que la asociación digital del asiento y del título podría ser utilísima en la problemática y farragosa inscripción de la hipoteca. La verdad es que a mí me ha sorprendido siempre la diferencia de trato entre la hipoteca y el embargo. Tratándose de anotación preventiva de embargo todo el mundo está de acuerdo en que basta un asiento superconciso en el que basta indicar la existencia del embargo y el procedimiento en el que se ha ordenado, y hasta se podría prescindir de las cifras de responsabilidad, dada la interpretación que ha hecho la Dirección General de la actual Ley de Enjuiciamiento civil. Sin embargo, tratándose de hipotecas parece que la dignidad registral pasa por asiento largos y complicados, distintos según el buen saber y entender de cada registrador, incluso cuando derivan de clausulados idénticos, y que no aportan ninguna utilidad ya que al que no se va a subrogar en la hipoteca solo le interesa la identidad del acreedor y, como mucho, en algunos casos las cifras de responsabilidad hipotecaria, y al que se va subrogar le interesa conocer el contenido íntegro del título, que va a asumir en su integridad, y no solo la trascripción parcial que el registrador haya podido realizar.
Pero me estoy enrollando otra vez. Lo único que quiero destacar es algunas de las utilidades que podríamos obtener de las nuevas tecnologías y que si las posibilidades de esa copia-web son muchas, las utilidades se multiplican casi hasta el infinito si se consiguiese la perfecta asociación digital del título y del asiento. El problema es que si los retos que se nos presentan resultan abrumadores cuando solo afectan a los notarios, y como muestra basta pensar en los índices, se presentan como insalvables cuando afectan a dos colectivos.
Mi sincera opinión, y confieso que me arriesgo a perder la imagen de duro que me ha proporcionado los papeles que en ocasiones me han encomendado, es que el sistema de seguridad jurídica preventiva español es muy bueno y, en su parte más esencial, el tráfico inmobiliario, lo es gracias a dos elementos insustituibles, a dos pilares básicos, que no son solo la escritura y la inscripción sino el notario y el registrador.
Y creo sinceramente que notarios y registradores llevamos muchos años haciendo, pura y simplemente, el tonto.
Es verdad que esta situación no carece de toda utilidad. Por ejemplo, tras todos estos años de prácticas los notarios hemos aprendido a hacer el tonto nosotros solos, sin necesidad de ayuda exterior,… pero eso es otra historia.
Además no se puede negar que esta confrontación resulta muy útil a quien tiene que dar una conferencia con un público entregado ya que un par de ataques frontales, una par de indirectas, más o menos ingeniosas, son recurso de éxito asegurado, que no hace falta que confiese haber utilizado.
Pero fuera de esas utilidades colaterales, creo que lo que estamos haciendo es tirar piedras contra nuestro propio tejado; tejado que, nos guste o no, es único para los dos colectivos. Y yo, desde hace años, no puedo evitar imaginarme a notarios y registradores como los únicos ocupantes de un magnífico y confortable trasatlántico empeñados en hundirlo para que los vencedores, los notarios, claro, puedan ver victoriosos, desde las incómodas lanchas salvavidas, como se ahogan sus enemigos.
Creo que lo que deberíamos hacer es simplemente mejorar y potenciar el sistema en un proceso de colaboración en el que debería haber un único criterio: lo que resulta bueno para nuestros clientes es bueno para nosotros, y no olvidar que, por mucho que nos guste el autobombo, en el mundo existen otros sistemas.
Claro que existen sistemas, que unos y otros destacamos según nuestros intereses, como aquellos, por ejemplo, en los que el notario lo es todo y remite al registro una ficha conteniendo la inscripción que el registrador, un técnico sin conocimientos jurídicos, se limita a copiar; u otros en los que el control lo tiene el registrador y el notario es un simple testigo cualificado que pronto podrá ser sustituido por las nuevas versiones de la firma electrónica.

"No puedo evitar imaginarme a notarios y registradores como los únicos ocupantes de un magnífico y confortable trasatlántico empeñados en hundirlo para que los vencedores, los notarios, claro, puedan ver victoriosos, desde las incómodas lanchas salvavidas, como se ahogan sus enemigos"

Pero también hay otros planteamientos que están surgiendo al calor de las nuevas tecnologías. Por ejemplo, la Conferencia diplomática celebrada por 68 estados, entre ellos España, y 14 organizaciones internacionales  en Ciudad del Cabo en el año 2001, crea un Registro de Garantías Internacionales sobre Equipos Móviles destinado a financiar equipamientos de gran valor (de gran valor de verdad, por ejemplo trenes, aeronaves y satélites e instalaciones espaciales). Se trata de un registro jurídico totalmente informatizado. El acceso se produce mediante la transmisión electrónica del consentimiento escrito de las partes implicadas, sin ningún requisito documental ni control notarial. Existe un registrador pero se trata de “un registrador pasivo”, o sea una empresa elegida por concurso, que no realiza ningún control o calificación sino que se limita a garantizar el funcionamiento automatizado del sistema y cobra unas tasas que deben ser las estrictas para pagar los costes y la prima de seguro de responsabilidad civil que obligatoriamente debe suscribir. Se trata de un registro con efectos jurídicos puesto que concede prioridad y produce efectos frente a tercero pero, aquí está el truco, claro, siempre que no se demuestre a posteriori, en el juicio correspondiente, la inexactitud de lo que al registro tan alegremente accedió.
Se trata solo de un ejemplo de lo que puede venir con las nuevas tecnologías y de los peligros que nos acechan. Pero no hace falta acudir a la “iuris ficción” ni buscar enemigos muy lejos ya que el mayor peligro no es nuevo sino un viejo conocido: la fuerza expansiva de los ordenamientos que, como el anglosajón, carecen de seguridad jurídica preventiva y que encuentran en Bruselas un punto idóneo para su desembarco en el viejo continente.
Los tratadistas nacionales siempre destacan las bondades de nuestro sistema frente a otros como el de Estados Unidos y lo hacen con toda la razón: nuestro sistema es mejor. ¡Claro que es mejor! Si no ya hace mucho que hubiésemos sucumbido en un mundo globalizado y de pensamiento único en el que por todas partes se expanden los modelos americanos. Que nuestro sistema sea mejor es lo único que nos permite resistir, solo resistir, frente a una economía que sin necesidad de seguridad jurídica preventiva ha alcanzado un grado de desarrollo y expansión sin parangón.
Los notarialistas cuando estudian las nuevas tecnologías suelen estar de acuerdo en una premisa innegociable: las nuevas tecnologías solo pueden ser admitidas en tanto en cuanto sean compatibles con los principios básicos de nuestro sistema (desde luego yo estoy de acuerdo, al menos como principio vital o planteamiento filosófico, pero no se si la postura en muy realista).

"Las utilidades se multiplican casi hasta el infinito si se consiguiese la perfecta asociación digital del título y del asiento El futuro está en una 'copia-web', una copia 'on line', colgada de la red, que produce sus efectos desde el ciberespacio a través de un 'protocolo.com'"

Algunos de esos notarialistas montan en cólera frente a la utilización bastarda de nuestra terminología como ocurre con el famoso “Cybernotario”. Ya se que he abusado de las citas pero no me resisto a traer aquí al que quizás sea el personaje menos serio que nunca se ha citado en esta sala: HUMPTY-DUMPTY, ese personaje impertinente con forma de huevo, que no se sabe si lleva cinturón o corbata. En la segunda parte, la mejor como suele pasar con las obras maestras, de Alicia en el País de las Maravillas, “Alicia a través del Espejo”, Alicia reprocha a HUMPTY-DUMPTY su pretensión de que las palabras signifiquen lo que a él le viene en gana ante lo cual  HUMPTY-DUMPTY, o sea el reverendo DODGSON, o sea LEWIS CARROLL, contesta: claro que se puede, “La cuestión es saber quién es el que manda…, eso es todo”.
En el mundo en el que nos ha tocado vivir todos sabemos quién manda y podemos dedicarnos a cantar loas a nuestro magnífico sistema o entretenernos con épicas peleas; pero no deberíamos olvidar que el mundo está cambiando por la aparición de unas nuevas tecnologías que inventan, propagan y venden precisamente “los que mandan”.
Como señalaba RODRIGUEZ ADRADOS con clarividencia, la firma electrónica reconocida, en cuanto supone introducir mecanismos cautelares, es una concesión del mundo anglosajón al sistema de seguridad jurídica preventiva. Pero no se si se trata de algo que debe infundirnos orgullo o pavor.
Lo que es innegable es que si en ese mundo anglosajón a través de las nuevas tecnologías, sus tecnologías, consiguen crear mecanismos que simplemente se aproximen a la eficacia de los nuestros mucho me temo que los resultados serán más que previsibles.
Por eso, la utilización de esas tecnologías para seguir mejorando nuestro sistema (y por mejorarlo entiendo todo lo que lo haga más seguro, más rápido o más barato) no es que sea una obligación: es una necesidad.

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