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ENSXXI Nº 37
MAYO - JUNIO 2011

AMALIA BERGILLOS
Notario de Marbella

TODOS LOS NOTARIOS IMPLICADOS ERAN INOCENTES

El pasado día 31 de Marzo de 2011, se dictó  por la Audiencia Provincial de Málaga, sentencia absolutoria para los Notarios acusados de un delito de Blanqueo de Capitales, en el marco de la llamada “Operación Ballena Blanca”.
Sólo voy a destacar un párrafo de la misma:

“En conclusión y como ha venido siendo anticipado, consideramos que Álvaro Eugenio Rodríguez Espinosa y María Amelia Bergillos Moretón no cometieron delito alguno”.
Se ponía así fin a un procedimiento plagado de despropósitos, injusticias e ilegalidades que ha durado exactamente SEIS AÑOS.
Comento brevemente algunas de ellas:
- Comienzan las irregularidades con la misma designación del Juez competente, ya que la policía entrega el Informe que da inicio a la investigación, directamente al Juez titular del Juzgado de Instrucción, nº 5 de Marbella,  D. Miguel Angel Torres, “un día que estaba de guardia”, según dicen, ya que tal informe carece de fecha, y no tiene sello del Registro de Entrada en el Juzgado. El citado Juez, no lo lleva al Turno de Reparto.(Se recoge por el Tribunal en la sentencia).

"Llegamos a los calabozos de la Comisaría de Málaga 40 personas, y 3 días después, al Juzgado de Marbella solo 29"

- Tras un año de investigación, se dictan por el citado Juez, 30 autos de detención, (entre los que nos encontrábamos 3 Notarios), si bien llegamos a los calabozos de la Comisaría de Málaga 40 personas, y 3 días después, al Juzgado de Marbella, sólo 29. (Ellos sabrán porqué y para qué detuvieron al resto).
- Ya en el Juzgado, los Notarios declaramos en primer lugar, y comenzamos alrededor de las 5 de la tarde, concluyendo el último, alrededor de las 11 de la noche. Inmediatamente,  fueron dictados 3 autos de “libertad bajo fianza de 50.000 €”, idénticos, a pesar de haber realizado distintas declaraciones, y cuyo contenido ya había sido difundido en el Telediario de las 9 de la noche (no recuerdo si por el Ministro del Interior o por el Fiscal General del Estado). (También se recoge en la Sentencia).
- En los recursos interpuestos en los días siguientes (contra la detención, solicitando la devolución de la fianza, etc), se vierten por el Juez instructor frases referidas a los Notarios imputados, claramente “parciales”, como:
“No sería admisible que por sus elevados recursos económicos se acordara su libertad sin cautela alguna y sin embargo se pueda acordar la prisión sin fianza a personas carentes de recursos… (es decir, debemos prestar fianza, NO porque se den las circunstancias exigidas por la ley, sino porque “tenemos medios económicos”.
“No resultaría admisible dispensar un trato distinto y privilegiado a la Sra. Bergillos y a sus compañeros que al resto de los detenidos en esa operación o dicho de otra manera, la profesión y la posibilidad social de aquellos, no rebaja o mina su responsabilidad, sino que vendría a agravarla puesto que a mayor poder mayor es su obligación con la sociedad que la ha dotado de esa posición social”.
(Más tarde, y dado que este tono se mantenía en todos sus escritos, presenté escrito de recusación, en tiempo y forma, si bien, se dictó Auto de Transformación en diligencias abreviadas (fin de la fase de instrucción), sin resolver la recusación, porque "no había tenido conocimiento de ella".
- Tal y como quedó demostrado en el Juicio, todas y cada una de las pruebas de descargo solicitadas por todos y cada uno de los abogados defensores durante la instrucción,  fueron denegadas por el Juez, con la acuerdo del Fiscal (que, no olvidemos, en esta fase es “garante de los derechos de los acusados”).
- Durante aproximadamente seis meses, el sumario permaneció secreto, si bien diariamente la prensa publicaba  datos personales de los imputados y detalles de la acusación. Ante la protesta de alguno de los Abogados defensores, el Juez, sin realizar investigación alguna, dictó auto limitándose a concluir “que las filtraciones no procedían del Juzgado”, cuando ellos y la policía eran los únicos que conocían los datos.

"Todas y cada una de las pruebas de descargo solicitadas por todos y cada uno de los abogados defensores durante la instrucción,  fueron denegadas"

Quiero aclarar que una vez levantado el secreto de sumario, comprobamos que la información facilitada por la prensa sobre nuestro caso, era sesgada e incorrecta, ya que:
1) Se hablaba de aproximadamente de 100 sociedades, constituidas a lo largo de 8 años, y no “en un corto periodo de tiempo”, como reiteradamente se publicaba.
2) El 90% de ellas, no estaban participadas por otras sociedades radicadas en Paraísos Fiscales. Muchas estaban constituidas por sociedades del Estado Norteamericano de Delaware (según el Juez, “un cuasi-paraíso), y algunas, por personas físicas o sociedades extranjeras de diferentes nacionalidades. Había también, escrituras de adaptación, traslados de domicilio, o ampliaciones de capital mediante aportación de bienes, sin movimiento dinerario alguno.
3) Las sociedades habían sido autorizadas durante el período en que los Notarios éramos “sujetos colaboradores” y no “sujetos obligados”, es decir, antes de la Ley de 2.003.
4) Finalmente, fui juzgada por la autorización de 3 de ellas, si bien, en dos los últimos titulares de las acciones, nunca fueron imputados, ni detenidos, ni siquiera llamados a declarar, y en la tercera, el “supuesto delito”, (y digo supuesto, porque según quedo acreditado en el juicio, el acusado de cometerlo nunca fue procesado, ni condenado ni en su país, ni en España), se cometió un año después de la constitución de la sociedad.
Todo la acusación se  basaba en un informe policial lleno de errores e incorrecciones. (Por ejemplo, como "claros"  indicios de nuestra culpabilidad, se señalaban hechos como, ocultación del titular real de las sociedades (hablamos del año 1995 a 2003), porque no inscribir las compraventas de participaciones sociales en el Registro Mercantil; que algunas sociedades se constituían por medio de representante verbal, y sospechosamente se ratificaban ante otro notario también imputado (en aquella época éramos 6 Notarios en Marbella, y 3 estábamos imputados...), o ante el mismo notario (???); que una persona (siempre la misma empleada del despacho), que realizaba la reserva de denominación social, siempre suscribía un 1% del capital social (confundían una participación, con 1%); toda la investigación se realizó sobre Notas Simples del Registro Mercantil,(ni el Juez ni el Fiscal, ni, por supuesto, la policía, vieron las escrituras, que nos solicitaron y aportamos al final de la fase de Instrucción) por lo que se plasmó en el informe, que la aportación  dineraria era en efectivo, “contante y sonante”, en la misma Notaria; y... para qué seguir...
Con relación a los Notarios, las diligencias practicadas son como la generación ni-ni: “ni” intervención de teléfonos, “ni” investigación patrimonial, “ni” prohibición de disponer de nuestros bienes, “ni” registros “ni” de las Notarias “ni” de nuestros domicilios. Tampoco se solicitó auxilio judicial a ningún Organismo con conocimiento en la materia. Por no tener, no tenían ni las copias de las escrituras, que aportamos nosotros, dos años mas tarde. Los “expertos” que calificaron como delictiva nuestra actuación, fueron los mismos policías de la UDYCO, que durante su declaración en el juicio oral, dejaron “perlas” como esta y cito literalmente:

"Una vez levantado el secreto de sumario, comprobamos que la información facilitada por la prensa sobre nuestro caso, era sesgada e incorrecta"

“La agente 81607, ..., manifestó algo muy significativo. Dijo, en efecto, que “las conclusiones (del informe policial) se habían obtenido y ella tenía que buscar datos que las apoyaran”. (Esto explicaría el defecto de investigación ya aludido y reconocido, así como esa interpretación sesgada pues conforme a la respuesta, no fue el dato el que llevó a formular la tesis, sino al contrario, método que juzgamos de todo punto inapropiado para una indagación de este carácter)”.
Por último, es necesario destacar que la fiscalía, durante el Juicio, no aportó ninguna prueba documental ni testifical en apoyo de su acusación-salvo la declaración de 2 policias co-autores del famoso informe-. También el Tribunal destaca en la Sentencia que sean las defensas y no el fiscal, quienes solicitan la “importantisima prueba” de la declaración del Director del Sepblac, Don Ignacio Palicio, quien, por cierto, ratificó contundentemente lo que los Notarios veníamos afirmando desde hacía 6 años.
Qué diferente fué, por contra,  la declaración de Enrique Hervas, Director dentro del OCP de los Cursos de Formación, cuando preguntado sobre un ejemplo contenido en el manual que a todos nos han facilitados para estudiar dichos cursos,  - concretamente, ejemplo 4 de la lección 4-, que, casualmente era muy similar a los hechos por los  que nos juzgaba (“múltiples sociedades constituidas por una asesoría, que posteriormente eran vendidas a los clientes, incluso residentes en paraísos fiscales, en el que  aconseja no notificar al SEPBLAC ),  responde que “hay casos en que las constituciones de sociedades por una misma persona, en cantidad superior a 3 al mes, puede tener un fin lícito, como ocurre con  las parcelas destinadas a la explotación de energía fotovoltaica”. Sorprendido, mi abogado, volvió a plantear la pregunta, leyendo previamente el ejemplo del manual. Repitió la misma contestación.
En Abril de 2007, fuimos nuevamente detenidos 3 Notarios de Marbella, (Joaquín Crespo y yo, repetimos experiencia) en la llamada “Operación Hidalgo”, acusados de los mismos hechos que en la operación Ballena Blanca, y ello, a pesar de que, 2 años antes, la Audiencia Provincial había declarado nuestro “arraigo” y la no existencia de riesgo de fuga.
Esta operación fue, si cabe, mas descabellada que la anterior:
- El despliegue de fuerzas policiales durante las detenciones, fue impresionante: se utilizaron decenas de agentes, tanquetas y hasta un helicóptero¡, aunque, curiosamente, todos los detenidos éramos profesionales que “colaborábamos” en una supuesta trama para blanquear capitales, sin que se detuviera, y consecuentemente, sin que se imputara, hasta meses después, a ningún blanqueador.
- Esta vez, la Policía “rizó el rizo” para forzar la detención:  a mí, se me imputan 27 escrituras autorizadas en 24 AÑOS¡¡¡¡ De ellas, 14,  anteriores a la primera ley de Blanqueo, y consecuentemente a la existencia del SEPBLAC; y de las posteriores, una había sido constituida en el año 1970 (yo soy Notario desde 1.981); tres, por personas físicas españolas o residentes comunitarios, otra por personas que no tenían nada que ver con el despacho de abogados,...     

"Con relación a los Notarios, las diligencias practicadas son como la generación ni-ni: “ni” intervención de teléfonos, “ni” investigación patrimonial, “ni” prohibición de disponer de nuestros bienes, “ni” registros “ni” de las Notarias “ni” de nuestros domicilios"

- Un mes después de estos hechos, el Juez Instructor (Sr. Urquía), fué suspendido, separado del Juzgado y acusado de prevaricación.
Hoy está condenado en firme, por una de las acusaciones, y recurrida ante el Supremo una segunda condena, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sin embargo,  nunca fue detenido y conducido al calabozo, sino invitado amablemente a abandonar el Juzgado y trasladarse a su domicilio. (Curiosamente, contra este Juez, yo había interpuesto una querella por prevaricación, que no fué admitida a trámite por el TSJ, “por no existir indicios de tal delito en el querellado”,4 o 5 días antes de ser acusado, precisamente de tal delito).
- Dos mandos de la UDYCO que intervinieron en la investigación de las “OPERACIONES BALLENA BLANCA E HIDALGO”, fueron condenados por "revelación de datos oficiales a un narcotraficante", en la Audiencia Provincial de Málaga, sentencia que fue revocada por el Supremo, por considerar nulas las escuchas en que se basó.
- Y, por último y para no enrollarme con este procedimiento, tras dos Autos declarando el sobreseimiento de los Notarios imputados por 2 de los jueces encargados de la instrucción,  ambos recurridos por el Fiscal, la Audiencia dicta auto de sobreseimiento libre, que contiene una frase curiosa: “... No le falta tampoco  razón a la apelante, en que, cuando la imputación se fundamenta en la imprudente o dolosa falta de comunicación de 27 escrituras de constitución de sociedades a lo largo de 24 años (entre 1982 y 2006), - dato temporal de que ya resulta difícil deducir la intervención de la imputada en una red u organización dedicada al blanqueo de capitales-....” (en castellano antiguo: vaya nivel de organización mafiosa que otorga una escritura al año).
También me gustaría aprovechar esta oportunidad, para aclarar la intervención que ha tenido el Consejo General del Notariado en toda la causa, que no conoce la mayoría de estos hechos porque nunca preguntaron.
Mi relación con nuestros representantes durante todo el procedimiento, se limita a lo siguiente:
Solo he visto al entonces Presidente, José Marqueño, en 2 ocasiones, y a su sucesor, Antonio Ojeda, en otras 2:
La primera vez que ví a Marqueño, fue en Málaga, tras nuestra salida de los calabozos, en una reunión, convocada por el Colegio, ante la indignación de los Notarios de la zona. (Llovía sobre mojado, ya que con anterioridad a nuestra detención, la policía había entrado y “ocupado” la Notaría de D. Fernando Agustino, durante 3 días. Está situación debió parecer normal a “nuestros representantes”, ya que no intervinieron en ningún momento, ni durante esta “ocupación” ni durante el largo proceso que siguió hasta su absolución).
A aquella junta, asistieron mas de 100 notarios. Cuando Pedro Galindo leyó la Nota de Prensa que se iba a publicar al día siguiente (habían pasado 5 o 6 días desde la detención), el ambiente se enrareció aun más de lo que estaba, ya que, en opinión de algún Notario presente,  “la Nota, era no fría, sino mas bien gélida”, y “de redacción tan enrevesada que no estaba claro si mostraba su apoyo a los Notarios, o a la actuación policial”. (A título particular, los notarios de Málaga, publicaron en un diario de gran circulación en la provincia, una Nota de Prensa, en los términos que consideraron convenientes).
La intervención de Marqueño se centró en rechazar el requerimiento de los Notarios, de una respuesta contundente e institucional a la actuación policial. Reiteradamente dijo que sus gestiones se realizaban en “tan altas instancias”, pero no se podían dar a conocer (?).     Parecía que había accedido al cargo de Presidente por “oposición”, y que su función, estaba por encima de la opinión de “sus representados”, pobres e ignorantes Notarios de pueblo. Evidentemente, al poco rato, me ausenté de la Junta.
Solo tuvimos otra reunión más. Tuvo lugar también en Málaga, dos años más tarde, tras nuestra segunda detención en la llamada "Operación Hidalgo". Supongo que para la Junta Directiva del Colegio, aquéllo ya era "demasiado", y se implica a fondo, ayudandonos en lo que puede, solicitando, como primera medida, la presencia del  Presidente del Consejo en una Junta convocada para explicarnos el INDICE UNICO, que se ponía en funcionamiento por aquella época.
No acudió Marqueño, pero sí vino en su nombre, el entonces  Vicepresidente,  Antonio Ojeda.
Cuando tomó la palabra para hablar de “las detenciones de Marbella”, quedó patente que no sabia absolutamente nada de las acusaciones.
Nuevamente la Junta fue “tormentosa”, pero, quizá por ella y por la presión del Colegio Notarial, Marqueño se reunió con los notarios que habíamos sido detenidos, en un Hotel de Málaga en el mes de Mayo de 2.007.
A la cena asistieron varios miembros de  la Junta Directiva del Colegio de Granada, varios miembros del Consejo, además del Delegado de Málaga y los Notarios imputados en las dos operaciones policiales: “BALLENA BLANCA” E “HIDALGO”.
Marqueño seguía como 2 años antes, con sus “gestiones en altas instancias”.  Incluso, dijo (y creo que se recoge expresamente en su carta de despedida del cargo), había ido a Málaga a entrevistarse con el Fiscal Anticorrupción asignado a nuestro caso, y que acababa de consentir, un mes antes, nuestra segunda detención. No me pude contener, y le dije que mas valía que no hiciera mas “gestiones”, que con amigos como él,... quién necesitaba enemigos¡.
Fue una reunión amarga. Quedó claro que éramos moneda de cambio en algún tema que se escapaba a nuestro conocimiento, o como él mismo dijo, “éramos un daño colateral”.
Desde un punto de vista práctico, sin embargo, obtuvimos el primer y único certificado, que, sobre las obligaciones de los Notarios en materia de Blanqueo de Capitales, llevábamos tiempo  solicitando.
Me explico. Tras la segunda detención, planteamos al  OCP, en la página del SIC, por el cauce reglamentario y con nuestra firma digital, 12  consultas, con las que podríamos explicar ante el Juez, los errores del Informe Policial en que se basaba la acusación.
No eran preguntas complejas, sino del estilo de,  ¿Es el estado norteamericano de DELAWARE, un paraíso fiscal?; ¿Durante la vigencia de la ley de Blanqueo de 1993, eran los Notarios sujetos obligados o sujetos colaboradores?; ¿Deben los Notarios notificar al SEPBLAC todas las escrituras que encajen en alguno de los supuestos de la Instrucción de 10 de Diciembre de 1.999?; etc.     Dichas preguntas, en contra de lo que dice la misma página del SIC,  nunca fueron contestadas.
Ante ello, hicimos un requerimiento, a través de un Notario de Madrid, al Presidente del Consejo solicitando respuesta a las mismas cuestiones. tampoco la obtuvimos nunca.
La noche de la reunión en Málaga, le dijimos que nuestra última opción, era enviar un correo electrónico a todos los Notarios, explicando su actitud, ya que no acababamos de comprender por qué se negaban a certificar sus propias instrucciones.
Creo que ante esta posibilidad, Marqueño accedió a contestar a las cuestiones planteadas, enviándonos al cabo de unos días, un INFORME o “NOTA” (este era el título de lo que mandaron) de la Comisión Permanente del Consejo, eso sí, sin fecha y sin firma.
Mas adelante, creo que en el verano de 2009, asistí a otra reunión, presidida por Antonio Ojeda, con ocasión, creo recordar, de “fomentar la confraternización con los miembros de la carrera judicial”. Ante su declaración de la intención del Consejo de convocar una “rueda de prensa” cuando terminara el asunto “Ballena Blanca”, allí mismo,  le manifesté mi disconformidad, ya que, si durante todo el proceso nos habían tratado como apestados, alejándose de nosotros hasta el punto, que si hubieran podido, nos hubieran borrado del escalafón, no iba a consentir que se pusieran la medalla, si éramos absueltos.
Esta es la razón de mi “Respuesta” a la Nota de Prensa difundida el día que se dictó sentencia, que por cierto, fue contestada por muchos Notarios igualmente tratados en situaciones similares a la nuestra, y que todavía siguen sufriendo la pasividad del Consejo (véase “Operación Relámpago” en Baleares).
Y esta dejación de sus funciones, (que no “el apoyo a los acusados”, que nunca solicité, ya que pienso que el apoyo,  sólo se puede dar cuando se siente, y nunca por obligación), que habitualmente practica el Consejo en situaciones difíciles, es para mí, lo más  incomprensible.
Aun hoy, no puedo entender que, si no actuaron porque nos creían culpables, no iniciaran un expediente disciplinario para sancionarnos, incluso con la expulsión del cuerpo, y permitieran que “presuntos delincuentes, que eran cerebros de la mayor trama de Blanqueo de Capitales desarticulada en Europa”, (como nos calificaba la prensa y el Ministerio del Interior), permanecieran durante 6 años al frente de sus Notarias.

"En Abril de 2007, fuimos nuevamente detenidos 3 Notarios de Marbella, en la llamada “Operación Hidalgo”, acusados de los mismos hechos que en la operación Ballena Blanca, y ello, a pesar de que, 2 años antes, la Audiencia Provincial había declarado nuestro “arraigo” y la no existencia de riesgo de fuga"

Y, si a pesar de todos los indicios, nos consideraban inocentes, ¿cómo pudieron consentir tal descrédito de la Institución Notarial a la que dicen representar y deben defender?
Qué diferente fue la reacción del Cuerpo de Registradores, cuando hace unos meses, una Registradora de Marbella fué imputada por hechos similares a los nuestros. El Colegio  realizó inmediatamente una inspección del Registro, y emitió un Informe rebatiendo, una por una, todas las afirmaciones contenidas en el Auto de la Jueza. Inmediatamente, fue sobreseída y en la prensa, no pasó de una reseña en páginas interiores.
No puedo terminar sin referirme a lo más importante del Notariado, que son las personas.
Hubo, alguna declaración en la prensa que hizo daño. La que más dolió, la manifestación de otro Ex-Presidente, Juan Bolás Alfonso, en un diario económico, juzgándonos y condenándonos, sin ningún conocimiento de causa y con una sola frase: “Los Notarios también pueden abstenerse de firmar”. (También pueden estar callados, diría yo, aunque algunos no se pueden resistir ante un micrófono...).
Salvo esto, siempre hemos sentido el apoyo de todos los compañeros, que nos ha dado ánimo para seguir adelante: algunos desconocidos, que  nos llamaban o escribían; otros conocidos, como los de la provincia de Málaga, y en general, de todo el Colegio Notarial de Granada y su Junta Directiva,  pendientes de nosotros en todo momento.
Pero, con especial cariño, recuerdo todas las intervenciones que ha tenido, D. José Aristónico: su primera llamada, al día siguiente de nuestra puesta en libertad; aquel gran artículo publicado en el diario “EL PAIS”, con su  ejemplo del vendedor de navajas; su invitación personal a una “Mesa Redonda” celebrada en el Colegio de Madrid, presidida por el Ministro de Justicia, y a la que asistió la Directora General, entre otras personalidades, y en la que, para mi sorpresa, no estuve presente nuestro Presidente, el Sr. Marqueño, cuando tres notarios habían sido detenidos por la ley de la que trataba aquella reunión; sus solicitudes de los autos o resoluciones que se iban produciendo; sus envíos de libros que podían servirnos;... y sobretodo, recuerdo, todos y cada uno de sus comentarios desde la revista “El Notario del Siglo XXI”, haciéndose eco de cualquier novedad, o simplemente, transmitiéndonos ánimo en las “Notas de Juvenal. Siempre, durante  este duro y largo camino, en lo bueno y en lo malo,  Aristónico, nos ha acompañado, y nunca se lo hemos agradecido lo suficiente.
Desde aquí, en mi nombre, y “en representación” de Joaquín y Álvaro, muchísimas gracias.

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