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ENSXXI Nº 57
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2014

RODRIGO TENA
Notario de Madrid

REGISTRO CIVIL

La cesión del Registro Civil a los registradores mercantiles

Dicen que cuando uno se juega todo a una carta, a un “todo o nada”, es porque ha llegado a tal punto de desesperación (en el peor de los casos) o de arrebatada inspiración (en el mejor), que el riesgo desaparece del horizonte de sucesos y ya no se valora. O no importa, o no sucederá.
Que esta sea la situación de los registradores mercantiles españoles sorprende un poco, la verdad. Es cierto que el Registro Mercantil español presenta ciertas singularidades desconocidas en el resto de Europa, tanto en lo que hace a la extensión e intensidad de la calificación como al estatuto personal de los funcionarios encargados, pero en los últimos tiempos –especialmente en los últimos tiempos- no se apreciaba ninguna amenaza inminente que pudiera descoyuntar un diseño que ha permanecido estable durante décadas.
Lo que ocurre es que, probablemente, se ha considerado que la presente coyuntura política, en la que los registradores tienen abierta amplias vías de comunicación con el Gobierno, podía ser un momento ideal para consolidar una posición que el futuro a medio plazo no garantizaba. La captura del Registro Civil proporciona una base estratégica segura, no solo conforme a la racionalidad típica de todo poder imperial, que ve en la expansión la única política posible (como con tanta pasión ha demostrado Donald Kagan) sino porque el Registro Civil, en cuanto registro de las circunstancias personales de todos y cada uno de los ciudadanos españoles, tiene la virtualidad de poder relacionarse con cualquier operación inmobiliaria o mercantil que sea posible pergeñar o imaginar. De esta manera, el que tiene el control del Registro Civil solo necesita una puntual modificación legislativa –la que exigiría consultarlo para formalizar cualquier operación- para tener el control indirecto de todo el tráfico jurídico. Como pasaba en la Tierra Media con el Anillo del Poder, un Registro para gobernarlos a todos.
Pero toda conquista tiene sus riesgos y dificultades. La primera y más seria, la resistencia política a permitir cobrar por la práctica de los asientos, a diferencia de lo que ocurre en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil. Los españoles nos hemos acostumbrado a que el Registro Civil sea “gratis” y, aunque resulta evidente que nada lo es, nuestros responsables políticos no estaban dispuestos  a sufrir el coste mediático que podría implicar el obligar al ciudadano a sufragar directamente las inscripciones. Así que la disposición adicional vigésimo primera del Real Decreto Ley 8/2014 señala que “la prestación del servicio público que constituye el Registro Civil continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo”.

"Si la solución al problema de la financiación resulta un fracaso y/o un escándalo, la imprescindible intervención del Estado salvador se puede llevar por delante con mucha facilidad al menos el estatuto personal de los registradores implicados"

¿De dónde saldrá entonces el dinero para sostenerlo y culminar su proceso de informatización? ¿De los presupuestos generales del Estado, como hasta ahora? No parece, al menos no totalmente, pues precisamente uno de los motivos de la reforma era liberarse de esa partida. ¿Entonces?
La respuesta nos la proporciona otra disposición adicional, la vigésimo tercera, que dice que “los aranceles que perciban los registradores quedarán afectados a la cobertura directa de los gastos que imponga la creación y gestión de la Corporación, como parte de los generales de funcionamiento y conservación de las oficinas.” Y la misma disposición señala un poco antes que “la contratación que tenga por objeto la creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil y su red de comunicaciones se realizará por la Corporación de Derecho Público que se crea por esta disposición”, de la que forman parte todos los registradores mercantiles. Es decir, a partir de la entrada en vigor de la reforma, al menos el coste de informatización del Registro Civil, de mantenimiento del programa y de retribución de los registradores que lo sirven, se va a hacer por los usuarios del Registro Mercantil.
Esta solución resulta sorprendente por muchos motivos. En primer lugar, porque parece bastante injusto que el coste de un servicio público lo paguen, no todos los españoles en función de su capacidad económica (como sería si continuase a cargo de los presupuestos generales), sino los concretos usuarios… de otro servicio público completamente distinto. Esto es como ordenar en una ley que la sanidad pública se sufragará a partir de una fecha con cargo a las tasas judiciales (que tendrían que subir en consecuencia, claro). Pero la segunda sorpresa tiene precisamente que ver con esto último, con que la nueva Ley no ordena una inmediata subida de los aranceles del Registro Mercantil.

"¿A qué se debe entonces esta pasión por el riesgo? Quizás no lo sepamos todo. Entre las cosas que no sabemos está la empresa que va a resultar beneficiaria del proceso de contratación de la creación y mantenimiento del sistema informático único aplicable a todos los registros"

Este silencio resulta intrigante. Porque una de dos, o bien los aranceles que los registradores mercantiles cobran a fecha de hoy son suficientes para sufragar ese inmenso coste (lo que demostraría que los registradores mercantiles han estado sobrerremunerados todos estos años  hasta límites impropios de cualquier funcionario) o bien esos aranceles tienen que subir de manera muy importante a corto plazo, lo que profundizaría la injusticia mencionada en el párrafo anterior. Claro que también es posible una tercera posibilidad, la que más cuadra con la estrategia de colonización que impulsa todo el proceso: imponer a todos los operadores jurídicos la necesidad de realizar consultas de los asientos del Registro Civil antes de formalizar cualquier operación civil, inmobiliaria o mercantil. Esos operadores no pagarían tanto por las consultas concretas, como por el uso del programa informático de la Corporación, que sería –quizás para evitar el riesgo de televaciado- el único que permitiría realizarlas.
La verdad es que esta solución sería la peor de todas, salvo –claro- para el nuevo y formidable panóptico registral, pues para sufragar un gasto (el Registro Civil) se crearía ex novo una nueva necesidad donde antes no la había (la de consultar los asientos) cuya “solución” implica un inevitable coste. Continuando con la analogía, esto como financiar la sanidad estableciendo una tasa a pagar por un innecesario proceso de desinfección bacteriológica situado a la entrada de las urbes de más de cien mil habitantes. Con eso se consigue que no sean solo los usuarios del Registro Mercantil los que paguen el Registro Civil, sino un conjunto aleatorio y cambiante de ciudadanos: los involucrados cada año en operaciones inmobiliarias y mercantiles. Todo ello al margen, por supuesto, de la enorme perturbación que para el tráfico jurídico español puede suponer imponer nuevos requisitos y exigencias bajo el ojo controlador de un Gran Hermano registral cuyas decisiones son, como las del original imaginado por Orwell, imposibles de fiscalizar en la práctica.
No cabe duda de que siendo España un país donde todo absolutamente es posible (incluido un mix de las tres soluciones) el que el tema no esté cerrado desde un principio genera incertidumbres importantes. Es cierto que Mariano Rajoy aspira a revalidar en las próximas elecciones una mayoría suficiente para gobernar, lo que de producirse facilitaría mucho las cosas, pero el éxito no está descontado. Y en el caso de que no se produzca, la oportunidad de oro puede convertirse rápidamente en una piedra de molino.
Esto es lo que debieron pensar hace más de un año los registradores reunidos en Zaragoza cuando rechazaron el caramelo envenenado. Y eso que entonces la tercera solución se encontraba mucho más definida y avanzada, y el fin político de Mariano Rajoy mucho más lejano. Aun así tuvieron la suficiente prudencia como para anticipar algunos escenarios muy peligrosos. Porque lo que está meridianamente claro, al menos con un Gobierno distinto del actual, es que si la solución al problema de la financiación resulta un fracaso y/o un escándalo, la imprescindible intervención del Estado salvador se puede llevar por delante con mucha facilidad al menos el estatuto personal de los registradores implicados. De esa intervención salvadora a la creación de una Agencia Nacional Registral al modo británico solo hay un paso y -una vez que los propios registradores proporcionen la plataforma informática, la homogeneización de todos los registros, la coordinación registral y la organización personal- un paso increíblemente fácil y lucrativo de realizar para el Estado. Como que con tres artículos bastaría.
¿A qué se debe entonces esta pasión por el riesgo? Quizás no lo sepamos todo. Entre las cosas que no sabemos está la empresa que va a resultar beneficiaria del proceso de contratación de la creación y mantenimiento del sistema informático único aplicable a todos los registros, incluido el Civil. Es lógico, dirán ustedes, porque el proceso todavía no ha comenzado. Pero en esta ocasión la opacidad no viene dada únicamente por la dimensión temporal de los acontecimientos y por la imposibilidad material de adivinar el futuro, sino porque parece que el proceso va a encomendarse a la empresa pública “Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España”, entre cuyos atributos no figura precisamente el de la transparencia.

"Siendo un contrato de relevancia económica muy significativa, las personas que anticipen la posibilidad de resultar agraciadas con su asignación pueden disponer de incentivos especiales para apoyar la apuesta que esta cesión implica"

La característica fundamental de los procesos en los que interviene esa entidad, por evidentes razones de seguridad nacional, es su opacidad y su carácter negociado y no abierto al concurso público general; que si puede tener alguna justificación cuando se trata de cuestiones militares sensibles, es más dudosa en este caso. En definitiva, que la preselección de candidatos y la asignación final del contrato se realizará atendiendo a cuestiones subjetivas y personales, basadas principalmente en la confianza, de no fácil fiscalización.
Siendo un contrato de relevancia económica muy significativa (se habla de cientos de millones de euros), las personas que anticipen la posibilidad de resultar agraciadas con su asignación (parece que tampoco muchas) pueden disponer de incentivos especiales para apoyar la apuesta que esta cesión implica. Circunstancia muy relevante en este país si a la vez ostentan cierta influencia y/o una notable capacidad de persuasión. Ahora bien, como es sabido, algo falla en el mercado cuando alguien se beneficia de determinados servicios sin pagar los correspondientes costes, incluidos los ligados al riesgo de la operación. O bien ese alguien comparte efectivamente los riesgos, que tiene capacidad para imponer a los demás, pero es el único que percibe los beneficios. En Economía, a las personas favorecidas por tales situaciones se les denomina free riders. En español se utiliza más frecuentemente la expresión “problema del polizón”.
Parece que la posible existencia de polizones preocupa al Colegio de Registradores, que ha decidido impugnar el pliego de condiciones y presentar una denuncia ante la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC). Lógico, porque puestos a socializar el riesgo lo justo es hacer lo mismo con los beneficios. Lo que ocurre es que, aunque la reclamación prospere, si el beneficio hay que repartirlo entre todos los tripulantes (y no entre unos pocos polizones), y encima con verdadera competencia, entonces la cosa seguro que ya no tiene tanta gracia y puede incluso que la aventura no tenga justificación para nadie.
En cualquier caso, si esta cesión tiene o no polizón es algo que no tardaremos en averiguar, tarde o temprano. Y mientras tanto, la ruleta girando….

Palabras clave: Registro Civil, Registradores, Tráfico Jurídico.
Keywords: Registry Office, Registrars, Legal relations.

Resumen

La cesión del Registro Civil a los registradores mercantiles plantea muchos riesgos para el cuerpo registral. Si la solución al problema de la financiación resulta un fracaso y/o un escándalo, la imprescindible intervención del Estado salvador se puede llevar por delante con mucha facilidad al menos el estatuto personal de los registradores implicados. ¿A qué se debe entonces esta pasión por el riesgo? Quizás no lo sepamos todo. Entre las cosas que no sabemos está la empresa que va a resultar beneficiaria del proceso de contratación de la creación y mantenimiento del sistema informático único aplicable a todos los registros. Siendo un contrato de relevancia económica muy significativa, las personas que anticipen la posibilidad de resultar agraciadas con su asignación pueden disponer de incentivos especiales para apoyar la apuesta que esta cesión implica

Abstract

Transferring the Registry Office to mercantile registrars poses many risks for the registrars’ body. If the solution to the funding problem proves to be a failure and/or a scandal, the necessary intervention of the Government as saviour might sweep away at least the personal status of the registrars involved. What is the reason behind these risky ways? We may not know everything. Among those things that we don’t know is the name of the company beneficiary of the contracting process for the development and maintenance of the single computer system to be used in all registries. Due to the economic significance of this contract, those who reckon they might be awarded the contract may have special incentives to support the bid this transfer implies.

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