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ENSXXI Nº 6
MARZO - ABRIL 2006

El Parlamento europeo, en la misma línea ya acordada por la Comisión, ha excluido expresamente a los notarios de la Directiva de Liberalización de Servicios en el mercado interior. Incluimos seguidamente un extracto de la resolución de la Cámara con los contenidos que más directamente afectan al Notariado europeo.

Resolución de 23 de marzo de 2006 del Parlamento Europeo sobre las profesiones jurídicas y el interés general en el funcionamiento de los sistemas jurídicos.
    
(...)

A.  Considerando que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha reconocido que:
   -la independencia, la ausencia de conflictos de intereses, y la confidencialidad y el secreto profesional son valores básicos de la profesión jurídica que merecen la consideración de interés público;
   -es necesaria una normativa de protección de estos valores básicos para el correcto ejercicio de las profesiones jurídicas, pese a los inherentes efectos restrictivos de la competencia que puedan derivarse de ello,
   -el objetivo del principio de libertad de prestación de servicios aplicado a las profesiones jurídicas es promover la apertura de los mercados nacionales mediante la posibilidad de ofrecer a los prestadores de servicios y a sus clientes que se beneficien plenamente del mercado interior comunitario.

B. Considerando que cualquier reforma de las profesiones jurídicas tiene consecuencias de largo alcance que sobrepasan la legislación en materia de competencia y penetran en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia y, más generalmente, en el de la protección del Estado de Derecho en la Unión Europea,

(...)

G.  Considerando que el mercado de los servicios jurídicos se caracteriza por la asimetría en el flujo de información entre abogados y consumidores, lo que incluye a las pequeñas y medianas empresas, ya que éstas no cuentan con los criterios necesarios para valorar la calidad de los servicios prestados,

H.  Considerando que la importancia de un comportamiento ético, de la preservación de la confidencialidad con el cliente, y del mantenimiento de un elevado nivel de conocimientos especializados requiere la organización de sistemas de autorregulación como los aplicados actualmente por los organismos y gremios profesionales jurídicos,

I.  Considerando que los notarios son designados por las autoridades de los Estados miembros como funcionarios públicos entre cuyas funciones se cuentan las de redactar documentos oficiales con especial valor probatorio y de inmediata aplicabilidad,

J.  Considerando que los notarios desempeñan una amplia labor de investigación y examen, en nombre del Estado, en materias relativas a la protección jurídica no judicial, particularmente las relacionadas con el Derecho de sociedades -competencia comunitaria en algunos casos-, y que, como parte de esta labor están sometidos a una supervisión disciplinaria, por parte del Estados miembro correspondiente, equiparable a la que se aplica a los jueces y funcionarios,

K.  Considerando que la delegación de una parte de la autoridad por parte del Estado constituye un elemento original inherente a la profesión de notario, y considerando que esta autoridad se ejerce en la actualidad de manera regular y supone la mayor parte de la actividad de un notario.

1.  Reconoce plenamente el decisivo papel desempeñado por los profesionales del Derecho en las sociedades democráticas para garantizar el respeto de los derechos fundamentales y del Estado del Derecho y la seguridad jurídica, tanto cuando los abogados actúan en representación y defensa de sus clientes en los tribunales como cuando les proporcionan asesoramiento jurídico;

(....)

17.  Entiende que el artículo 45 del Tratado es de aplicación plena a la profesión de notario.

HA PREVALECIDO EL SENTIDO COMÚN

Con esta resolución, el Parlamento europeo pone punto final a una cuestión que fue objeto de alguna polémica, pero en la que finalmente ha prevalecido el sentido común, dado el carácter público de la función notarial. La exclusión de los notarios de esta Directiva ya había sido acordada por la Comisión Europea y ahora recibe el espaldarazo del Parlamento, con lo que parece una decisión definitiva.

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