
ENSXXI Nº 76
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2017
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La fiscalidad como causa, efecto y posible solución del 'Procés'

Notario de Valencia
CATALUÑA
Como origen: la postergación fiscal de Cataluña en la Constitución de 1978 y el desarrollo postconstitucional
Anticipo que el título es un tanto presuntuoso porque reconducir a la fiscalidad este otoño donde Cataluña y, por ende, España ha vivido tiempos turbulentos puede parecer un delirio de un notario que empezó sus primeros pasos de aprendiz de jurista en un maravilloso pueblecito del Pirineo de Lleida.
Y, sin embargo, acepto el desafío del encabezamiento. En mi defensa esgrimo que conflictos tan relevantes como la independencia de USA y la Revolución Francesa tuvieron su detonante en los impuestos: el "Boston Tea Party" y la convocatoria de los Estados Generales por Luis XVI para la obtención de recursos. Y, dejando aparte precedentes históricos, es evidente que Cataluña tiene argumentos sólidos para considerarse postergada en la España constitucional: era nacionalidad histórica, al menos tanto o más que el País Vasco y Navarra, y, a pesar de ello (pero con su conformidad), quedó sujeta al mismo régimen fiscal que las restantes Comunidades Autónomas.
El País Vasco y Navarra deben su régimen económico y fiscal especial al fin de las guerras carlistas en el XIX y, ya en el XX, la privación del mismo para Vizcaya y Guipúzcoa fue rescatado por nuestra Constitución -que no Álava, que lo conservó-. Cataluña, pérdidas las colonias para España, además de hacer renacer su lengua y cultura aneja, supo convertirse en eslabón económico con Europa y vértice de todo lo español en Hispanoamérica.
Y, a pesar de ello, la Constitución y, sobre todo, su desarrollo no fueron muy generosos con tal aportación. Cataluña demandaba un régimen especial equiparable al País Vasco y Navarra, pero fue ubicada como referente de las Comunidades Autónomas en "régimen común". Cataluña quería ser tratada como las mejores: la historia, su idiosincrasia y contribución lo justificaban.
"El 'España nos roba' ha sido objeto de manipulación y demagogia por los independentistas, pero tiene un transfondo de realidad: no podemos gestionar nuestros recursos y nuestra contribución a España no depende de nosotros"
A la postre de todo el proceso constituyente, País Vasco y Navarra eran los dueños de sus recursos al tener su señorío a través de una fiscalidad propia en todos los tributos y una aportación al resto de España mediante un cupo o cuota sujeta a vaivenes políticos. Por el contrario Cataluña resultaba inserta en el "régimen común" y, como secuela de ello, desprovista de auténtica potestad sobre los tributos.
La entrada en la UE benefició en mayor o menor medida a todas las Comunidades Autónomas. Cataluña, históricamente adelantada en la vinculación con Europa, dio lo mejor de sí misma y tomó el mejor partido posible, pero ello no alteró el sistema tributario vigente: País Vasco y Navarra mantuvieron sus especialidades, incorporando un IVA autogestionado; Cataluña debió conformarse con continuar incardinada al régimen común, careciendo de potestades tributarias reales y siendo la principal Comunidad Autónoma aportante, salvo Madrid en etapas alternas.
"La negativa a dicha demanda se constituyó en coartada para emprender el camino de la secesión. A mala hora, con una España exhausta, sin alforjas"
La reclamación de un pacto fiscal como detonante del "Procés"
De lo expuesto no debe sorprender que la reclamación por Cataluña de un pacto fiscal que reconozca un régimen equiparable al País Vasco o Navarra se haya erigido en una de las grandes causas del "Procés". El "España nos roba" ha sido objeto de manipulación y demagogia por los independentistas, pero tiene un transfondo de realidad: no podemos gestionar nuestros recursos y nuestra contribución a España no depende de nosotros.
No hay robo ni expoliación, pero sí que hay ausencia de autogobierno fiscal equiparable al País Vasco y a Navarra y eso para muchos catalanes es un agravio. La crisis económica iniciada en el 2008 acentuó el sentimiento de perjuicio; la entrada en la UE de otros Estados menos desarrollados y la consiguiente pérdida de recursos comunitarios también se hizo notar; la inestabilidad política de los ejecutivos autonómicos y su consiguiente acción errática en economía y fiscalidad, con el subsiguiente traslado de responsabilidades al Estado, se constituyó en detonante. La negativa a dicha demanda se constituyó en coartada para emprender el camino de la secesión. A mala hora, con una España exhausta, sin alforjas.
Y es que las crisis abren las puertas de la historia. Así pensaron los representantes de Cataluña y así actuaron y emprendieron un itinerario normativo que, además de prescindir de los registradores de la propiedad como gestores de tributos cedidos como ITP y AJD y el ISD, culminó con la aprobación por el parlamento catalán del denominado "Código tributario de Cataluña" (Ley 17/2017). El Código es en el entramado secesionista el portal jurídico tributario para ejercer la plena potestad en todos los tributos de Cataluña. Ha sido suspendido por providencia del Tribunal Constitucional de 12 de septiembre de 2017.
Otoño de 2017: cénit del "Procés". El referéndum, las "DUI" y la desbandada de empresas
Pues bien, octubre de 2017 ha marcado el cénit del "Procés". Los acontecimientos se han desarrollado frenéticamente: el 1 de octubre se verifica, más menos que más, el referéndum; el 10 de octubre asistimos a una declaración de independencia declarada y en unidad de acto suspendida; el 27 de octubre a otra declaración de independencia. A resultas de todo ello, los poderes públicos del Estado reaccionan y aplican el artículo 155 de la Constitución.
Sin embargo, la declaración de independencia carece de absoluta eficacia real y jurídica. La administración autonómica queda en parálisis hasta que la administración del Estado se hace cargo de su gestión. Patente es que nadie ha pretendido hacer valer el "derecho originario" de la república catalana. El "Código Tributario" queda inerme, no solo por la providencia del Tribunal Constitucional, sino porque no hay ningún poder público catalán que lo haga valer como norma. Todo el entramado jurídico de la secesión ha quedado reducido a letra muerta en el DOGC.
"Todo el entramado jurídico de la secesión ha quedado reducido a letra muerta en el DOGC"
En el ínterin se produce una avalancha de traslados domiciliares de empresas. De las siete empresas que cotizan en el IBEX, seis ya hacen mudanza a localidades varias de España antes del 10 de octubre. El fenómeno cuenta con el beneplácito del ejecutivo estatal: aprueba un RDL (15/2017) con entrada en vigor inmediata (7/10/2017) que facilita el cambio de domicilio social por decisión o acuerdo del órgano de administración, derogando las disposiciones estatutarias que impidan dicho traslado (disposición transitoria).
Pasado octubre Cataluña se queda huérfana económicamente. La república "non nata" no tendrá bancos, ni grandes empresas que vertebren su economía y, a su estela, miles de medianas y pequeñas empresas huyen. Hasta la fortuna deja en la estacada a la república: la Bruixa d’Or abandona Sort.
"Y es que las crisis abren las puertas de la historia. Así pensaron los representantes de Cataluña"
Efectos económicos y fiscales del "Octubre catalán"
Las consecuencias económicas y fiscales inmediatas del "Procés" son graves para Cataluña: el mercado inmobiliario se detiene, el turismo se resiente, la actividad económica en general se ralentiza y, en el camino, dos huelgas generales. El "Procés" se ha desarrollado sin sangre, pero ha generado una sangría económica. Ello conlleva la bajada de recaudación de los impuestos indirectos, especialmente del IVA, nutriente esencial de recursos.
Pero, más allá, lo relevante es la estampida de empresas. Es evidente que sin ellas Cataluña no podrá funcionar. Es cierto que en principio ello no tiene repercusiones inminentes, lo decisivo en el Impuesto de Sociedades es la sede de dirección efectiva y el centro de dirección. Pero es el preludio de la hecatombe financiera y tributaria: sin empresas ni hay economía, ni recursos, ni tributos; queda tierra yerma. El traslado a la postre conllevara el desplazamiento de miles y miles de personas y empresas dependientes. Los efectos a medio y largo plazo serán letales, todos los tributos quedarán en estado crítico.
"Pasado octubre Cataluña se queda huérfana económicamente. La república 'non nata' no tendrá bancos, ni grandes empresas que vertebren su economía y, a su estela, miles de medianas y pequeñas empresas huyen. Hasta la fortuna deja en la estacada a la república: la Bruixa d’Or abandona Sort"
Vuelta al origen: el pacto fiscal como solución al "Procés"
El camino a ninguna parte del "Procés" ha conducido en lo político a unas próximas elecciones a cuyo albur queda Cataluña y también España. Sin embargo, se intuye en el horizonte que, cualquiera que sea el resultado de las mismas, la economía y la fiscalidad han dado una lección que nadie debe ignorar.
Cataluña, si quiere ser más de lo que es, debe antes asegurarse los soportes vitales que son la economía y las finanzas. España en su conjunto debe ser generosa con su mejor hija, como la ha sido Cataluña con España. Retornar a la historia es apuntar al futuro: Cataluña debe tener en la España del siglo XXI el mismo rango que el País Vasco o Navarra. El signo distintivo es la fiscalidad, los "dines". Démonos todos otra oportunidad.
Palabras clave: Cataluña, Fiscalidad, Independencia.
Keywords: Catalonia, Taxation, Independence.
Resumen El "octubre catalán" nos marcará a todos. Desde la Constitución de 1978 como casa común de todos los españoles no habíamos vivido una convulsión semejante. En mi opinión la causa es anterior, está en los libros de historia y tiene su raíz en la fiscalidad. Abstract The "Catalan October" will leave its imprint on us all. We Spaniards had not experienced such an upheaval since 1978, when our Constitution was approved as our common legal framework. In my opinion the roots are deeper, and can be found in the history books and in the issue of taxation. |