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Revista88

ENSXXI Nº 88
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2019


Escritura de cambio de uso de un inmueble: si no varía el valor ni la calificación urbanística no tributa, pero si urbanísticamente se modifica algún elemento sí tributa. (VC 1644/19, de 2-7). Descargar

Renta vitalicia: por fallecimiento del asegurado lo percibido por el beneficiario no entraría en la liquidación del Impuesto de Sucesiones (VC 1668/19, de 8-7). Descargar

Disolución de condominio: a efectos de los que dejen de formar parte de la comunidad sí hay alteración patrimonial, que se debe declarar a efectos del IRPF de los antiguos comuneros (VC 1750/19, de 10-7). Descargar

Transmisión de un inmueble por un particular a la persona jurídica: la sujeción a IVA o TPO viene determinada por el hecho de que el transmitente sea o no sujeto pasivo de IVA (VC 1801/19, de 11-7). Descargar

Disolución de condominio y posterior venta: la fecha de adquisición a efectos fiscales tanto en IRPF como en IIVBNU es la fecha de la herencia en que se formó la comunidad (VC 1828/19, de 15-7). Descargar

Expediente de dominio para reanudar el tracto sucesivo: está sujeto a TPO salvo que se acredite que el título anterior esté exento o no sujeto, o se hayan satisfecho del impuesto (VC 1838/19, de 15-7). Descargar

Transmisión de un solar propiedad de una empresa: IVA o ITP: en principio tributará por IVA salvo que esté exento, que tributará por ITP salvo que se renuncie a la exención (VC 2145/19, de 13-8). Descargar

Patrimonios protegidos: las reducciones del artículo 53 LIRPF por aportaciones a planes de pensiones de un discapacitado y del artículo 54 LIRPF por aportaciones a un patrimonio protegido son independientes (VC 2198/19, de 16-8). Descargar

Liquidación de renuncia a herencia: confirma los criterios conocidos: si la renuncia es pura y simple, durante el periodo de liquidación de sucesión, hay un derecho de acrecer que no liquida, fuera del plazo de liquidación, tributa como donación del renunciante a los coherederos; y si la renuncia es a favor de alguien, entonces tributa como donación entre renunciante y favorecido (VC 2321/19, de 9-9). Descargar

Documento privado y devengo de impuestos: si el documento privado va acompañado de la entrega física de la cosa, sí da lugar a tributación por TPO o IVA; si no posteriormente cuando se haga la escritura (VC 2581, de 19-9). Descargar

Disolución de condominio: se habla de disolución de condominio en relación al tipo de gravamen y tipo de tributo pero no aclara la base imponible, según el caso, lo que hubiese sido interesante (VC 2584/19, de 22-9). Descargar

Aceptación de hipoteca: habiéndose constatado en otra escritura anterior la aceptación no tributa por AJD ni por TPO por no estar sujeta (no cumple requisitos para tributar) (VC 2862/19, de 16-10). Descargar

En divorcio atribución de la mitad de la vivienda al cónyuge no titular: hay transmisión y por tanto sujeta a TPO (no hay ya opción a la aportación a la sociedad de gananciales) (VC 2985/19, de 25-10). Descargar

Escritura de reconocimiento del carácter ganancial de un bien (vivienda familiar): determinando que parte es privativa y que parte es ganancial no hay hecho imponible ni para AJD ni para TPO (VC 2986/19, de 25-10). Descargar

Disolución de condominio: si existen varios comuneros sobre varios bienes y solo se disuelve respecto de un bien si hay exceso de adjudicación éste tributará por TPO y también por AJD (VC 3007/19, de 25-10). Descargar

Resolución del contrato con cláusula resolutoria: si se resuelve por acuerdo de las partes hay transmisión y por tanto tributa por TPO (en caso de ser por sentencia no tributa), sin poder pedir devolución de lo pagado por la primera transmisión (VC 3012/19, de 28-10). Descargar

 

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