Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil
REVISTA93

ENSXXI Nº 94
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2020


EMPLEO

POLÍTICAS DE EMPLEO
Decisión (UE) 2020/1512 del Consejo de 13 de octubre de 2020 relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros. DO L 344 de 19 de octubre de 2020, p. 22/28. Descargar

Los Estados miembros y la Unión han de esforzarse por desarrollar una estrategia coordinada para el empleo, para potenciar una mano de obra cualificada, formada y capaz de adaptarse, así como mercados de trabajo orientados al futuro y con capacidad de respuesta al cambio económico, con vistas a lograr los objetivos de pleno empleo y progreso social, crecimiento equilibrado y un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. La Unión debe luchar contra la exclusión social y la discriminación y fomentar la justicia y la protección sociales, así como la igualdad entre las mujeres y los hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño.

Las reformas del mercado laboral, incluidos los mecanismos nacionales de fijación de salarios, deben seguir las prácticas nacionales de diálogo social y facilitar las oportunidades necesarias para que se tengan ampliamente en cuenta los aspectos socioeconómicos, en particular mejoras de la sostenibilidad, la competitividad, la innovación, la creación de empleo, las políticas de aprendizaje permanente y de formación, las condiciones de trabajo, la educación y las capacidades, la salud pública y la inclusión, así como los ingresos reales.
Los Estados miembros y la Unión deben velar por que se mitiguen las repercusiones sociales, laborales y económicas de la crisis de la COVID-19 y por que las transformaciones sean equitativas y socialmente justas, fortaleciendo la recuperación y el impulso hacia una sociedad inclusiva y resiliente en la que las personas estén protegidas y empoderadas para anticipar y gestionar el cambio, y en la que puedan tener una participación social y económica activas.

SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL MERCADO INTERIOR
Decisión de Ejecución (UE) 2020/1669 de la Comisión de 10 de noviembre de 2020 relativa a un proyecto piloto para la aplicación de determinadas disposiciones de cooperación administrativa establecidas en el Reglamento (UE) 2018/1807 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea, mediante el Sistema de Información del Mercado Interior. DO L 377 de 11 de noviembre de 2020, p. 10/12. Descargar

El Sistema de Información del Mercado Interior es una aplicación informática en línea desarrollada por la Comisión, en colaboración con los Estados miembros, con el fin de ayudar a estos últimos a cumplir sus obligaciones de cooperación administrativa, incluidas las exigencias de intercambio de información establecidas en los actos de la Unión. Para ello, ofrece un mecanismo de comunicación centralizado para facilitar el intercambio transfronterizo de información así como la asistencia recíproca.
La aplicación permite a las administraciones públicas a nivel nacional, regional y local identificar a sus homólogos de otros países e intercambiar información con ellos, lo que facilita entablar una comunicación mediante el uso de listas estructuradas de preguntas y respuestas estándar ya traducidas, haciendo posible la utilización de su propio idioma para comunicarse.

COVID

PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO
Recomendación (UE) 2020/1595 de la Comisión de 28 de octubre de 2020 sobre las estrategias para las pruebas de diagnóstico de la COVID-19, incluido el uso de pruebas rápidas de antígeno. C/2020/7502 DO L 360 de 30 de octubre de 2020, p. 43/47. Descargar

La pandemia de COVID-19 sigue constituyendo una grave amenaza para la salud pública. Las estrategias para las pruebas de diagnóstico sólidas y la capacidad suficiente para realizarlas son aspectos esenciales para la preparación y la respuesta ante la COVID-19, pues permiten detectar de forma temprana a las personas potencialmente infecciosas así como apreciar las tasas de infección y el ritmo de transmisión en el interior de las comunidades. Además, son un requisito previo para un rastreo de contactos adecuado a fin de limitar la propagación a través de un aislamiento inmediato.
Los Estados miembros deben procurar evitar las prohibiciones de viaje. Las pruebas de diagnóstico eficaces desempeñan un papel clave a la hora de garantizar la libre circulación de las personas y de permitir el buen funcionamiento del mercado interior. En la actualidad, la metodología más fiable para las pruebas de diagnóstico de los casos y de los contactos es el enfoque basado en la RCP-RT (reacción en cadena de la polimerasa con retrotranscripción); estas pruebas se encontraban entre las primeras disponibles cuando la pandemia llegó al continente europeo.

RESTRICCIÓN TEMPORAL DE VIAJES NO ESENCIALES
Recomendación (UE) 2020/1551 del Consejo de 22 de octubre de 2020 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción. DO L 354 de 26 de octubre de 2020, p. 19/21. Descargar

El 30 de junio de 2020, el Consejo adoptó una Recomendación sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción. La Recomendación del Consejo prevé que los Estados miembros levanten gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, a partir del 1 de julio de 2020 y de manera coordinada. Cada dos semanas el Consejo debe revisar y, si procede modificar las restricción. En la presente Recomendación se aprueba que a partir del 22 de octubre de 2020 los Estados miembros deben levantar gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE.

MIGRACIÓN

CRISIS MIGRATORIAS
Recomendación (UE) 2020/1366 de la Comisión de 23 de septiembre de 2020 sobre un mecanismo de la UE para la preparación y gestión de crisis migratorias (Plan rector de preparación y gestión de crisis migratorias). C/2020/6469 DO L 317 de 1 de octubre de 2020, p. 26/38. Descargar

La crisis de los refugiados de 2015 puso de manifiesto deficiencias y lagunas en los sistemas de gestión de crisis migratorias nacionales y de la UE, así como una falta de capacidad e instrumentos a disposición de los Estados miembros más sometidos a presión. La crisis evidenció la necesidad de actuar simultáneamente en varios frentes, en los terceros países de origen, tránsito o destino, en las fronteras exteriores de la UE y en otros Estados miembros sometidos a presión.
Es necesario un mecanismo estructurado de gestión de la migración, con seguimiento en tiempo real, alerta rápida y una respuesta centralizada y coordinada de la UE para movilizar estructuras, herramientas y recursos humanos y financieros en función de las necesidades, en todas las instituciones y agencias de la UE y en cooperación con los Estados miembros.
El Plan rector de preparación y gestión de crisis migratorias debe proporcionar un marco operativo para el seguimiento y la anticipación de los flujos migratorios y las situaciones migratorias, el desarrollo de la resiliencia y la organización de una respuesta coordinada a las crisis migratorias. Estos objetivos reflejan las dos etapas clave esbozadas en el Plan rector de preparación y gestión de crisis migratorias, a saber, el seguimiento y la preparación, por una parte, y la gestión de crisis, por otra.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo