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REVISTA99

ENSXXI Nº 99
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2021

EL VICEPRESIDENTE DEL TRIBUNAL GENERAL DESESTIMA LA DEMANDA DE SUSPENSIÓN DEL LEVANTAMIENTO DE LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA DE D. CARLES PUIGDEMONT I CASAMAJÓ Y OTROS

Auto del Vicepresidente del Tribunal General en el asunto T-272/21 R Puigdemont i Casamajó y otros. Descargar

El 13 de enero y el 10 de febrero de 2020 el Parlamento Europeo recibió de la Sala Segunda del Tribunal Supremo unos suplicatorios de suspensión de inmunidad para dar curso a la ejecución de las órdenes de detención europeas emitidas contra los diputados D. Carles Puigdemont i Casamajó, D. Antoni Comín i Oliveres y Dña. Clara Ponsatí i Obiols, diputados electos al Parlamento.

El 9 de marzo de 2021, mediante decisión del Parlamento, se suspendió la inmunidad de los tres diputados pero el 26 de mayo de 2021 los diputados presentaron una demanda de medidas provisionales para que se suspendiera la ejecución de las mencionadas decisiones. Mediante auto de 2 de junio de 2021, adoptado sobre la base del artículo 157, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, el Vicepresidente del Tribunal General ordenó que se suspendiera la ejecución de las decisiones del Parlamento hasta que se adoptara el presente auto, que pone fin al procedimiento de medidas provisionales.
La demanda sobre las medidas provisionales, para admitirse debe cumplir una serie de requisitos, que en otro caso debe desestimarse cuando no concurra alguno de ellos, a saber: (1) que la concesión de medidas provisionales esté justificada a primera vista de hecho y de Derecho y (2) que sea urgente, para evitar un perjuicio grave e irreparable. El juez de medidas provisionales hizo -sobre los intereses en juego- una ponderación para estimar o desestimar las medidas provisionales.
El Vicepresidente llega a la conclusión de que los diputados no han conseguido demostrar que concurra el requisito de la urgencia, puesto que en la situación actual el perjuicio grave e irreparable (de una detención por Bélgica o de otro Estado miembro) que invocan no pudo ser calificado de cierto o acreditado con un grado de probabilidad suficiente.
Mediante este Auto de 30 de julio de 2021 el Vicepresidente del Tribunal General revoca el auto anterior de 2 de junio de 2021 y desestima la demanda de medidas provisionales de los diputados. En todo caso, El Tribunal General dictará una sentencia definitiva sobre el fondo de este asunto en una fecha posterior, pues este auto de medidas provisionales no prejuzga el resultado de la acción principal.

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