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ENSXXI Nº 24
MARZO - ABRIL 2009

ISIDORO LORA-TAMAYO
Notario de Alcalá de Henares (Madrid)

Por razones diversas vengo siguiendo de cerca el desarrollo de nuestras oposiciones de ingreso y el consiguiente  sufrimiento de nuestros opositores. Pienso que no es tan difícil hacer más humana y llevadera la oposición, si dedicamos a este fin algo de esfuerzo y de imaginación. El objetivo sería: humanizar la oposición. Esta humanización puede emprenderse desde diversos ángulos; quisiera en estas líneas concretarme a algunos de ellos que, que considero perfectamente posible llevarlos a la práctica.
El primero es el de la regularidad en la convocatoria de las oposiciones. A mi juicio, las oposiciones, por imperativo reglamentario, deberían convocarse  cada año. El opositor que suspende debe tener la certeza que al año siguiente va a volverse a examinar. Algo semejante al alumno universitario que al suspender en un curso sabe que se presentará en el siguiente. El dejar un excesivo plazo entre una oposición y la siguiente quema de manera innecesaria a las personas y produce situaciones de abandono y frustración. Pensemos en un opositor que no aprobó en la oposición de Zaragoza, con veintiséis años, edad muy frecuente de presentarse por primera vez. La siguiente oposición se convocó en Valladolid dos años después y desde su convocatoria a la terminación transcurrieron algo menos de dos años. Es decir que el opositor del que hablamos ingresará, si lo consigue, con más de treinta años. Esta situación lógicamente inquieta y, repito la palabra, angustia a cualquiera.
Por otra parte, el opositor que pretenda presentarse por primera vez puede planear con tiempo suficiente  la oposición a la que le interese ir y el ritmo de estudio que debe imprimir para ello.
Tampoco es positivo convocar una oposición, de inmediato, en forma inesperada, como la de Andalucía, pues además de coger de sorpresa al opositor, los opositores que en la oposición anterior estaban más preparados, como lo demuestra que  llegaron al dictamen, se encuentran con muy escaso tiempo para la preparación del primer ejercicio, si en el sorteo les correspondió uno de los primeros números. En la oposición, celebrada en Valladolid, el primer ejercicio comenzó en mayo de 2006 y terminó en enero de 2008. Las notas del dictamen de esta oposición salieron a mediados de diciembre de 2007, por lo que el opositor que no aprobó el dictamen, se  encontró que para presentarse a la primera vuelta del primer ejercicio de las oposiciones, a celebrar en Andalucía, que comenzaron el 10 de marzo de 2008, ha contado para preparar este primer ejercicio, del que se examinó en la oposición anterior lo más tarde hace dos años, con tres meses, si le correspondió uno de los primeros números. Creo que sobran comentarios.
Acaba de terminar la oposición de Andalucía y en estos momentos  el opositor no sabe cuando se va a convocar la siguiente. Lo único que hay son rumores. Lógicamente nuestra Dirección General  tiene muchos asuntos que resolver, pero para el opositor y su familia no hay ninguno más prioritario que el de la convocatoria de sus oposiciones.

"Las oposiciones, por imperativo reglamentario, deberían convocarse  cada año"

No se trata de echar las culpas a unos o a otros, respecto de las convocatorias. La culpa es del sistema y éste es el que debe reformarse, mediante una  disposición reglamentaria que estableciera, por ejemplo, la obligación de convocar todos los años en el mes de abril y comenzar el primer ejercicio en la primera quincena de octubre. Lo que proponemos no es tan extraño, en la LOPJ (artículo 306) y en la LO 9/2000 sobre medidas urgentes para la agilización de la Administración de Justicia, se establece que las oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal se convocarán al menos cada dos años. Pero más aún, las oposiciones entre Notarios deben ser convocadas, al menos, antes de que transcurran dos años desde la finalización de la anterior (artículo 98 del RN). Nosotros proponemos un año y en fecha fija, por estimar que ello es lo que más tranquilidad y seguridad da al opositor.
Lo segundo, vinculado a lo anterior, es la regularidad en el desarrollo de la oposición. El primer ejercicio debería celebrarse en los tres primeros meses, como máximo, el segundo durante los meses de febrero y marzo y el tercero como máximo en mayo. Ello puede obligar a un esfuerzo a los tribunales, teniendo que hacer algunas jornadas matinales, pero  no creemos que sea mayor que el alargar sine die la oposición. Si se celebran las oposiciones anualmente, el número de opositores será inferior en cada convocatoria, por lo que es perfectamente viable lo propuesto. De esta forma se da seguridad al opositor, que con más aproximación sabrá cuando va a examinarse y hace que el número del sorteo no sea esencial, como ocurre cuando las oposiciones se alargan excesivamente. Al terminar en mayo y comenzar la siguiente oposición en octubre, el opositor que no apruebe el dictamen tendrá alrededor de cinco o seis meses para preparar el primer ejercicio de la siguiente oposición, ejercicio que como máximo hará seis meses que lo dejo. Las oposiciones que se alargan en el tiempo se hacen insufribles, tanto para el opositor, como para los miembros del tribunal. Respecto de aquéllos no se les debe mantener en la tensión que es el desarrollo de la oposición, durante un plazo excesivamente largo.
Ello obliga a algo elemental no debe haber discrecionalidad en el número de tribunales. Creemos que reglamentariamente debe establecerse que ningún tribunal puede examinar a más de quinientos opositores, aunque tengan que celebrarse las oposiciones en forma simultánea en dos ciudades del mismo colegio o incluso en dos colegios notariales diferentes. La oposición  celebrada en el Colegio de Andalucía ha sido exponente de los buenos resultados que esta localización produce, facilitando incluso la composición de los tribunales, lo que no es siempre fácil. En la última oposición celebrada en Madrid se logro esta limitación en el número de opositores a examinar por cada tribunal y se formaron tres tribunales.

"No debe haber discrecionalidad en el número de tribunales"

Otra propuesta es la creación de un grupo de notarios, adscritos a la Dirección General de los Registros y el Notariado, con la exclusiva finalidad de formar parte de los tribunales de oposiciones. No descubrimos nada nuevo, es rescatar la función tan importante, que en los tribunales, desarrollaron los letrados de la DGRN.  Actualmente los notarios adscritos a la Dirección no pueden por falta de tiempo formar parte de los tribunales. Pensamos que podrían existir notarios, adscritos a la Dirección, pero con esa exclusiva finalidad. Durante el tiempo de la oposición tendrían la misma situación que los demás notarios adscritos y con el derecho a nombrar sustituto.
Todos conocemos y añoramos la labor que los referidos letrados hicieron en nuestros tribunales de ingreso. Daban estabilidad y seguridad al sistema y, por ende, a la preparación de la oposición. Sabíamos que la oposición tenía que prepararse de una determinada forma y nadie se preocupaba de si el próximo tribunal iba a dar mayor importancia al derecho positivo o a la doctrina o si determinado miembro era especialista en una materia a la que debía darse especial importancia o si dependiendo del lugar de la celebración el derecho foral iba a valorarse más o menos, etc. No decimos que estas cosas ocurran ahora, pero si que entre los opositores, dotados de una especial sensibilidad, existen estas incertidumbres y ello no ocurría cuando en los tribunales estaban los letrados clásicos y respetados entre nosotros.
Aquéllos letrados no se estrenaban en cada oposición y su experiencia hacía que los miembros del tribunal no se desconcertasen ante la preparación del opositor (“la manida” frase oída desde que ingresamos “de lo mucho que ha bajado el nivel”), mantenían una continuidad en los  criterios de enjuiciamiento, sabían calibrar desde el comienzo de la oposición los temas excepcionales, evitaban que se exigiera al opositor cuestiones que algún examinando había estudiado en profundidad, pero que el opositor no tenía por qué desarrollar, mantenían al día los temas de la oposición y conocían cómo debe presentarse  un dictamen en su estructura y en su contenido para descubrir al opositor que discurre, huyendo de originalidades etc.

"Otra propuesta es la creación de un grupo de notarios, adscritos a la Dirección General de los Registros y el Notariado, con la exclusiva finalidad de formar parte de los tribunales de oposiciones"

La preparación del dictamen va adquiriendo cada vez más importancia. Un miembro del tribunal de la reciente oposición de Sevilla me comentaba que el nivel de los dictámenes ha subido respecto de épocas anteriores. Los que nos dedicamos a la preparación de dictámenes también lo venimos observando. Pero esa importancia paulatina del dictamen hace que los elaborados por los tribunales deban responder al criterio esencial de enfrentar al opositor ante las instituciones jurídicas fundamentales y básicas que han estudiado. El opositor tiene que aprender a discurrir, mediante los supuestos de hecho que contempla el dictamen y que se le pueden presentar en su futuro despacho, sobre estas instituciones básicas. Si los dictámenes responden a este esquema la preparación se centrará en lo esencial del  el derecho privado y de  nuestros despachos y no, como ocurre algunas veces, en buscar “una aguja en un pajar”, con merma de lo que debe ser una formación de fondo.
Por último creemos que debe tenerse en cuenta el historial del opositor en oposiciones anteriores. No nos referimos al expediente académico, ni a trabajos publicados, cursos a los que asistió etc, solamente a su historia en las oposiciones anteriores a las que se presentó. Es frecuente que en el tercer ejercicio haya una zona dudosa de aprobados, estudiándose detenidamente quienes deben aprobar. Creemos que en caso de duda el historial apuntado debe tener un peso específico, para lo cual no por devoción, sino por imposición reglamentaria, los tribunales deben  disponer de  una ficha de cada opositor, en la que conste las oposiciones a las que ha concurrido y su actuación en ellas. Cuentan, no sé si con verdad o no, que en una oposición uno de los miembros del tribunal para demostrar la justicia con la que intervinieron, decía que en esa zona dudosa taparon los nombres de los opositores en sus ejercicios en aras de la objetividad. Nada más equivocado, a nuestro juicio. En esa zona dudosa no puede recibir el mismo tratamiento el opositor que se ha presentado en una sola ocasión y aprobado los dos orales con la mínima, que el que se presentó tres veces y aprobó los orales con una nota superior a la media.

 

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