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ENSXXI Nº 3
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2005

ANTONIO HUERTA
Notario de Madrid

Los días 21 y 22 de octubre está previsto que se desarrollen unas jornadas sobre el tema de "El Notariado en la reforma de los Estatutos de Autonomía". Se trata, sin duda, de la cuestión que en este momento más ocupa y preocupa a los notarios, pues de su evolución y resultado "plasmado en la reforma de los Estatutos" va a depender en gran medida el modelo de notariado "o notariados" que vaya a asentarse en el futuro. Precisamente por ello, el Colegio de Madrid ha considerado necesario prestar su impulso y cobertura a este encuentro.
El debate se va a canalizar a través de cuatro mesas redondas, en las que se pretende examinar, desde la perspectiva de las competencias, todos los aspectos de la realidad del notariado. La primera mesa abordará los presupuestos constitucionales y su concreción en lo notarial, con examen de los conceptos de legislación básica y legislación delegada o la extensión del término "competencia exclusiva", referidos a la realidad notarial.
Pero no es lo más importante el trazado de la delgada línea que separa  lo constitucional de lo inconstitucional. Aún respetando siempre el marco de la Constitución, la delimitación de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas ha de atender primordialmente a criterios de eficacia y utilidad social. Al examen detallado de esos criterios, aplicados a los diferentes aspectos de la función notarial, van dirigidas las tres restantes mesas de debate.

Oposiciones, demarcación y concursos

Una de ellas versará sobre la configuración territorial del notariado. Aquí se hablará de las oposiciones libres y entre notarios, de la demarcación y los concursos para la provisión de vacantes y del nombramiento. A nadie se le escapará que, siendo todas ellas materias importantes, la competencia en la regulación, convocatoria y celebración de oposiciones libres va a ser determinante para el futuro del notariado. No es fácil, en efecto, imaginar un notariado único con oposiciones de ámbito territorial autonómico, tal vez con diferentes programas y distinta forma de celebración. La cuestión no es, tampoco aquí, si existe o no cobertura constitucional para transferir esta competencia. Lo que se baraja en torno a las oposiciones es la opción entre un modelo de notariado único, aunque no necesariamente centralizado, y un modelo de notariados diferentes.

Lenguas, derechos territoriales y descentralización

Las otras mesas debatirán también sobre cuestiones fundamentales, como la función notarial y la estructura orgánica del notariado. La función, desde la perspectiva competencial, comprende temas tan sugerentes como la utilización en los instrumentos públicos de las diferentes lenguas del Estado, la normativa arancelaria y la potestad disciplinaria. En este marco ha de tratarse, como cuestión prioritaria, de los mecanismos para la aplicación efectiva en todo el Estado de los Derechos Civiles territoriales o forales. Parece razonable exigir una particular formación en el Derecho Civil territorial a aquellos notarios que ejerzan en una autonomía determinada. Pero eso no es suficiente para garantizar la efectiva realización de la pluralidad de Derechos Civiles existentes en España, ya que en muchos casos es el estatuto personal, y no la residencia, la conexión que determina el ordenamiento aplicable.
Los notarios podemos afirmar sin rubor que, gracias a nuestro conocimiento de todos los Derechos Civiles vigentes en el Estado, su aplicación ha quedado garantizada en cualquier lugar en que fuera procedente.
La mesa sobre la estructura orgánica del notariado se asomará a la incidencia descentralizadora en los colegios notariales y en el Consejo General del Notariado. Es cierto que la organización territorial del Notariado no ha incurrido jamás en exceso de centralismo, como lo confirman las potestades atribuidas a los diferentes Colegios Notariales en materias tan variadas y extensas como la organización del ejercicio profesional, el control deontológico, la potestad disciplinaria, la celebración de oposiciones, así como una amplia gama de servicios colegiales. Sin embargo será necesario reflexionar sobre la atribución de competencia a las Autonomías en la regulación y control de los Colegios. Esta mesa debatirá también, de forma especial, sobre el papel que ha de corresponder en la nueva situación a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

El Colegio como foro, las asociaciones como protagonistas

Con este encuentro el Colegio Notarial de Madrid, pretende ofrecer un foro de opinión y de debate abierto a todos los notarios ante una situación, como lo es la reforma de los Estatutos de Autonomía, que no es contingente, sino que enfrenta al Notariado con su futuro inmediato. Es por ello que se ha considerado conveniente que sean las diferentes asociaciones de notarios los que asuman todo el protagonismo en el desarrollo de estas jornadas. Porque, en gran medida, han sido las asociaciones las que, desde hace ya muchos años, han canalizado con eficacia y decisión las diferentes sensibilidades del notariado y los han hecho siempre con dedicación, entusiasmo y sentido constructivo. Junto a sus representantes, contaremos también con otros compañeros que, por su experiencia y conocimiento de los diferentes temas, es seguro que aportarán puntos de vista interesantes y positivos.
Los que colaboramos en la organización de estas jornadas lo hacemos con la convicción de que ninguna de las cuestiones esenciales que afectan al notariado debe sustraerse al debate público y abierto de todos los notarios. De la reflexión serena y de la confrontación de ideas necesariamente han de surgir materiales útiles para ser empleados, si así lo consideran oportuno, por aquellos compañeros a quienes hemos confiado nuestra representación en los asuntos comunes.
 

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