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ENSXXI Nº 45
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2012

JOSÉ JAVIER CORRAL MARTÍNEZ
Notario de Castro-Urdiales (Cantabria)

El debate sobre cuál ha de ser la organización corporativa del notariado ha estado madurando, de forma especial, en los últimos años.
Desde un punto de vista teórico son varios los posibles sistemas, y todos ellos tienen indudables ventajas e inconvenientes. Ningún sistema es perfecto. Tampoco el actual.
Pero lo cierto es que existen una serie de circunstancias que evidencian la necesidad de acometer un cambio en esta importante materia.
En mi opinión, este cambio viene exigido por una serie de hechos incuestionables:
-La voluntad de la mayor parte del notariado de participar directamente en la elección del Presidente y su Junta.
La encuesta realizada a nivel nacional  por el prestigioso sociólogo José Ignacio Wert, a instancias de esta revista, así lo demuestra, con una preferencia entre los notarios del 80% a favor del sistema de elección directa por sufragio universal.
-La incesante producción normativa de las tres administraciones: estatal, autonómica e incluso local.
Una organización corporativa como la actual no está pensada para poder atender a estos niveles de creación normativa. No sólo las comunidades forales sino también las de derecho común, están promulgando normas que afectan a la función notarial (urbanismo, vivienda, agricultura, impuestos, empresas...)

"Existen una serie de circunstancias que evidencian la necesidad de acometer un cambio en esta importante materia"

La reunión de Decanos que constituyó la anterior Junta de Decanos y el actual Consejo exige una duplicidad de funciones difícil de conseguir en la misma persona, pues el decano debe atender su Comunidad autónoma además de las funciones asignadas en el consejo con ámbito estatal, sobre todo si es miembro de la comisión permanente.
-La importancia adquirida por instituciones supranacionales, especialmente en el ámbito europeo y latinoamericano así como la incorporación de nuevos notariados.
A la importancia de las fuentes normativas internas, debe añadirse los retos que tiene la función notarial en el plano internacional. El desconocimiento de la función notarial en el mundo anglosajón, y el interesado objetivo comercial en sustituir seguridad jurídica por seguro de daños, en claro perjuicio para el ciudadano, obliga al notariado a desarrollar una actividad internacional muy exigente.
Con un equipo o junta directiva cohesionada, con legitimación en el voto directo de los notarios y con una dirección marcada por el programa triunfador en las elecciones, se alcanzará una mayor eficacia en la necesaria y permanente coordinación que debe exigir la acción interna y exterior del notariado. Se trata en definitiva de coordinar de forma más eficaz todo el gran capital formado por las valiosísimas aportaciones de todos los notarios que han dedicado y dedican mucho tiempo y esfuerzo, a defender con gran brillantez nuestro sistema de fe pública.
En definitiva, los riesgos, si no sabemos aprovechar las circunstancias, o los retos, si somos capaces de avanzar, que se plantean al notariado en este siglo XXI, tanto desde el punto de vista interno como externo, exigen realizar un cambio en nuestra organización corporativa, un cambio tranquilo pero ineludible tanto en el fondo como en la forma o procedimiento.
A mi juicio, el sistema que mejor responde a esos riesgos o retos es el de la elección directa del Presidente, con una Junta Directiva u órgano de gobierno de ámbito estatal conforme a la propuesta aprobada en la Comisión de reforma de organización corporativa.
Me limitaré a señalar brevemente algunas de las razones que fundamentan esta opción:
1. Responde a criterios de legitimidad democrática y permite una implicación mayor de los notarios en la organización corporativa.
No es necesario glosar la legitimidad democrática del procedimiento. Sí me permitiré insistir en un aspecto importante cual es la mayor y mejor información del notario.
El notario participa directamente en la elección de las personas que ocuparán los cargos y en el contenido de la función que ejercerán a través de su programa. Este incremento de cantidad y calidad en la participación incrementará la cercanía del notario a los órganos elegidos y por ello su colaboración en los temas corporativos.
Además, incrementa el control político entre los elegidos y los electores, pues la relación que se establece entre ambos es directa: aquéllos establecen y ejecutan políticas que influyen directamente sobre nuestra función y situación profesional; éstos, los destinatarios de esas políticas, censuran o aprueban esa política mediante su voto en las elecciones.
A ello, debe unirse la labor del otro órgano, la Junta de Decanos, que puede plantear una moción de censura en el ejercicio de su control político sobre la junta directiva.
2. Supone una mayor eficacia en la defensa de la función notarial.
Un equipo formado por el Presidente electo y su junta directiva, con un programa común presentado en las elecciones,  presupone una mayor coherencia en la gestión.
Los múltiples frentes a los que debe acudir el notariado requieren una capacidad de movilización inmediata del órgano rector del notariado. Desde la dedicación corporativa de este nuevo órgano de gobierno es más fácil prestar esa atención, a lo que debe añadirse una mayor  eficacia en la toma de decisiones derivada de la pertenencia a un equipo y programas comunes a todos los miembros.

"El sistema que mejor responde a esos retos es el de la elección directa del Presidente, con una Junta Directiva u órgano de gobierno de ámbito estatal conforme a la propuesta aprobada en la Comisión de reforma de organización corporativa"

Cuestión importante en esta materia es igualmente el tiempo. Debemos afrontar de forma inmediata este cambio de manera que se ponga en marcha el procedimiento de reforma normativa que permita que, en un breve plazo, dispongamos de un nuevo régimen corporativo en la elección de nuestros órganos.
Se trata de un cambio tranquilo y seguro, pues no supone ninguna derogación del actual sistema de autonomía de los Colegios notariales ni modificación alguna de nuestra función, pero además cambio eficaz, pues supondrá una mayor aprovechamiento del capital humano del notariado.
Debemos, igualmente, tener presente que no se trata de una cuestión meramente interna pues la nueva organización corporativa, por su mayor eficacia, permitirá un robustecimiento de la función notarial, lo que se traducirá en  un incremento de la utilidad e interés público inherente a la función, lo que revertirá siempre en favor de los ciudadanos destinatarios de la misma.
Es obligación de cada uno de nosotros luchar por un notariado fuerte, entendiendo esa fortaleza, con más razón todavía en un tiempo de crisis como el presente,  como la capacidad de liderar y promover acciones y reformas que consigan normas más justas y más eficaces para todos los ciudadanos en muy distintos ámbitos (civil, hipotecario,  derecho de los consumidores, derecho de familia, protección de discapacitados, derecho societario moderno y ágil...)
Ese liderazgo social del notariado  requiere hoy una nueva organización corporativa para este siglo XXI, cuya fortaleza vendrá dada por su origen, la elección directa como principio legitimador democrático, y su funcionamiento, basado en una estructura dotada de eficacia y cohesión.

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