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REVISTAN72-PRINCIPAL

ENSXXI Nº 72
MARZO - ABRIL 2017


Afirmaba recientemente el Presidente Rajoy en relación a la última crisis política en Venezuela que “si se rompe la división de poderes se rompe la democracia”. Efectivamente, la democracia liberal se diferencia de otras alternativas políticas no en que el partido con mayor apoyo popular gobierne, sino en que debe hacerlo sujeto al escrupuloso cumplimiento de unas reglas de juego previamente definidas. El freno que tal cosa impone a su poder, constituye la garantía fundamental de la libertad y de la seguridad que tanto ha contribuido al progreso de Occidente.
Los principales encargados de velar por ese cumplimiento son los jueces y tribunales, desde el Tribunal Constitucional y los tribunales superiores hasta el simple juez de Instrucción. Pero el que este último sea el más humilde desde el punto de vista jerárquico no significa que sea el menos importante. Más bien todo lo contrario, y ello desde casi cualquier punto de vista, incluido el de la división de poderes.
Que un determinado asunto pase o no a ser examinado por el sistema judicial tiene una enorme trascendencia para el resto de los poderes del Estado, especialmente para el ejecutivo, cuya potencialidad expansiva en la moderna democracia de partidos es incuestionable. Una vez que el caso atraviesa el umbral de la Justicia, esa potencialidad queda súbitamente disminuida, cuando no amenazada. Pues bien, el guardián de la puerta es el juez de instrucción. Frente al poder del Gobierno, nadie en la Administración de Justicia ofrece un contrapeso mayor.

"Se han alzado voces en contra de atribuir la instrucción al Ministerio Fiscal, dada su dependencia del Gobierno y su organización jerárquica"

Sería injusto no reconocer el extraordinario trabajo realizado en nuestro país en los últimos años por los jueces de base, casi siempre con medios técnicos y personales muy precarios. Gracias a ellos han podido ser desentrañados en beneficio de los intereses públicos complejas tramas de corrupción política y económica, actuando en muchas ocasiones bajo la fuerte presión de los investigados y sus cómplices. No cabe duda de que a través de esa labor han contribuido de manera decisiva al apuntalamiento del sistema democrático en España, pues nada erosiona más su legitimidad que la impunidad, especialmente de los más poderosos. Si el populismo no ha prendido con más fuerza en nuestro país ha sido en parte gracias a que la ciudadanía ha podido comprobar que, con todas sus imperfecciones, el Estado de Derecho y la división de poderes se mantenía todavía en pie.
Por ese motivo, cualquier reforma del proceso penal que pretenda llevarse a cabo en el futuro debe partir de la necesidad, no ya de preservar, sino incluso de reforzar ese contrapoder. Ello explica que se hayan alzado tantas voces en contra de atribuir la instrucción al Ministerio Fiscal, dada su dependencia del Gobierno y su organización jerárquica. Porque lo cierto es que por mucho que se quiera potenciar en esa reforma su independencia, va a ser complicado lograrlo a corto plazo, como consecuencia de ciertos límites funcionales e incluso constitucionales de no fácil solución.
Se habla de mejorar la eficiencia de la Justicia y de aproximarse a los países de nuestro entorno. Pero resulta un tanto voluntarista pensar que ello puede lograrse con un simple cambio de tareas, sin introducir además en el sistema una fuerte dosis de energía en forma de más medios personales y materiales y, lo que es más complicado, sin un cambio cultural en los modos y en las prácticas muy alejado de nuestra experiencia actual. Por ese motivo, la prudencia aconseja mejorar la dotación de la Justicia antes de emprender aventuras capaces de poner en peligro nuestro sistema democrático de contrapesos.
Sin duda alguna, la reforma del proceso penal es hoy imprescindible y las reformas necesarias con sus correspondientes dotaciones presupuestarias deben hacerse con cabeza, tras un estudio en profundidad que permita identificar las verdaderas necesidades y los puntos débiles del sistema. Afortunadamente, entre ellos no está hoy la independencia e imparcialidad del instructor.

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