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REVISTA76-PRINCIPAL

ENSXXI Nº 76
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2017



Noticias del Colegio Notarial de Madrid

Una nueva reunión de la Asociación de Notarios de Capitales Europeas tuvo lugar en Madrid, a finales de octubre. Los trabajos se desarrollaron, en la sede del Colegio Notarial, en una de las salas de oposiciones.
Abierta la jornada, se acometió en primer lugar el punto relativo a la sucesión internacional. La perspectiva era el análisis comparado de las vicisitudes de una sucesión  con elementos extranjeros en los diferentes países que componen la asociación. Interesaba destacar las formalidades y procesos a  seguir en cada foro, tanto desde la óptica civil como fiscal, con especial estudio de las soluciones que se ofrecen para evitar la doble imposición. Con carácter previo cada delegación había enviado su estudio, lo que permitió a realizar el resumen comparativo por parte de la delegación de Bruselas, encargada de este trabajo.
El segundo tema que se acometió fue el de la publicidad del registro inmobiliario.  Cada país organiza su registro  acomodándolo a las estructuras de  su sistema de transmisión dominical.
Existiendo en Europa varios diferentes esquemas traslativos, suficientemente conocidos, parecía oportuno acometer este estudio de las particularidades registrales desde una visión eminentemente práctica. A tal fin, por parte de la delegación madrileña, encargada de la ponencia,  se fijaron los objetivos del estudio. Se realizó una exposición de nuestro sistema registral, que pivotaba en torno a tres puntos básicos: el acceso a la información registral, los efectos de la publicidad y los títulos inscribibles y su procedimiento de inscripción. Este último punto fue objeto de un desarrollo más minucioso, para explicar,  el proceso de acceso tabular de los títulos y el alcance de la calificación registral, así como los remedios y recursos contra la misma. Se buscaba precisamente el contraste en estas cuestiones. Tras esta exposición, cada delegación hizo uso de su turno de palabra para comentar, siguiendo las pautas y puntos acometidos por el ponente español, las especialidades de los diversos  sistemas registrales de cada uno de los distintos países representados.  Con la respuesta escrita de cada delegación se elaborará igualmente un informe comparado sobre este tema.
La delegación francesa, por su parte, acometió la introducción de un estudio de la fiducia, con vistas a preparar un análisis comparado de esta figura. 
Asimismo, la delegación italiana, tras realizar un análisis comparativo del funcionamiento del registro y el catastro, presentó un documento relativo al proyecto de Ley, que se está gestando en el país transalpino sobre la remuneración y la responsabilidad profesional de las profesiones reguladas. Se hizo especial hincapié en el principio del ”equo compenso”, que alude a la “remuneraciòn justa”, objetivo con el que se trata de reconocer dignidad a los profesionales, por lo que se finalizó con la propuesta de que este principio sea reconocido  a nivel de la UE; es la contrapartida que buscan los notarios italianos para paliar la abolición de las tarifas. La presentación corrió a cargo del Decano de Roma, Don Cesare Felice. Posteriormente se concedió la palabra a todas las delegaciones, mediante una ronda de intervenciones, en las que se puso de relieve el status questionis en cada país.
Finalmente, el orden del día hacía referencia a un punto sugerido por la delegación española: “La protección del consumidor en el mercado hipotecario. El papel del notario en  el proyecto de Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario”. La exposición corrió a cargo de nuestro Decano, Don José Ángel Martínez Sanchiz, conocedor de primera mano de todos los hitos y vicisitudes de la  gestación de este Anteproyecto de Ley.  Expuso como a la vista de la reciente jurisprudencia que invalida muchas cláusulas habituales en los contratos de crédito hipotecario, ya sea por razón de su abusividad o de su falta de transparencia, y de la obligación de transponer a la legislación española la directiva europea 2014/17/UE,  surge, con la  finalidad de proteger al consumidor de estos productos bancarios, el Anteproyecto de Ley de créditos inmobiliarios. Se trata de una norma que se presenta más garantista con el consumidor y que aumenta la transparencia. A continuación abordó el examen de las medidas concretas que adopta en relación con diferentes cuestiones “calientes”, como la prohibición de contratar productos asociados al préstamo, las cláusulas de vencimiento anticipado, que se modulan en función de los diferentes parámetros temporales del  préstamo, las comisiones por amortización anticipada, las cláusulas multidivisa y las normas de conducta que se imponen a los empleados de las entidades crediticias. Sin embargo el punto en que focalizó su intervención fue el relativo a la información y a la trasparencia del préstamo, destacando el relevante papel que la norma proyectada reserva al notario. Esto le dio pie para abordar las obligaciones que se le imponen a este funcionario y desarrollar el desenvolvimiento del acta notarial previa a la firma del préstamo hipotecario, que está destinada a constatar la información que se suministró al consumidor y a evaluar su grado de asimilación  de las condiciones del préstamo y sus efectos en diferentes escenarios.

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