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REVISTA110

ENSXXI Nº 114
MARZO - ABRIL 2024


OPOSICIONES

Alfonso Madridejos Fernández
Notario de Madrid

La oposición a notarías constituye un sistema óptimo para seleccionar, con objetividad, transparencia e igualdad de oportunidades, a los más idóneos entre los que aspiran a convertirse en notarios. La combinación de unas pruebas que permiten seleccionar a los mejores candidatos por su conocimiento del ordenamiento jurídico privado y de las mejores prácticas posibles, los primeros años de trabajo en pequeñas poblaciones rurales, ha sido la piedra angular, junto con las oposiciones restringidas, que ha propiciado el indiscutible prestigio jurídico del que goza el Notariado.

Es cierto que no han faltado voces que denuncian el excesivo esfuerzo memorístico o el predominio de los aspectos teóricos sobre los prácticos y propugnan otros mecanismos de acceso a la profesión, supuestamente más modernos, aunque menos testados. Pero el sistema ha funcionado, y sigue funcionando en los tiempos actuales, y la filosofía y esquema (uno o varios ejercicios teóricos, consistentes en la exposición oral de varios temas de un amplio programa, seguidos de ejercicios escritos prácticos), es común a las oposiciones de acceso a los más importantes cuerpos jurídicos del Estado, como, por poner algún ejemplo, jueces, fiscales, abogados del Estado o letrados de diversos organismos del máximo prestigio (1).
Sin embargo, considero que el sistema, que se ha mantenido inalterado a lo largo del tiempo, con alguna reforma puntual que no siempre ha proporcionado el resultado esperado, debería ser objeto de una actualización constante para mantener su excelencia y conseguir su mejor adaptación a cada momento y circunstancias. En esta línea, considero un gran acierto la iniciativa adoptada por el Consejo General del Notariado para instar a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública a que, durante los próximos diez años, dada la gran cantidad de vacantes que se van a producir, se convoquen oposiciones a notarías todos los años.

"Para el opositor es fundamental conocer, con la mayor precisión posible, cuándo se van a convocar oposiciones, cuándo y dónde se van a celebrar los ejercicios, cuándo le va a tocar actuar, qué se le va a pedir y cómo se va a valorar su actuación"

Mi propósito con este artículo es plantear y reflexionar sobre algunas actuaciones y líneas de reforma que podrían servir para mejorar la oposición con un objetivo claro: conseguir en todo momento el mejor sistema posible no solo para conseguir seleccionar con justicia a los mejores entre los opositores, sino también para que nuestros candidatos sean los mejores, es decir, que la oposición siga siendo una muy buena opción a tener en cuenta por los más brillantes graduados de cada promoción.
Para ello es fundamental contar con un sistema no solo justo sino, también, ágil, amable, en la medida de lo posible, y, sobre todo, previsible. La seguridad jurídica, principio constitucional al que el Notariado sirve, junto con la justicia, debe ser el elemento vertebrador de la oposición. Y dentro de esa seguridad, la certidumbre es la máxima aspiración para quienes dedican una gran parte de su vida al estudio sabiendo que se van a jugar su destino en unas pocas horas. Para el opositor es fundamental conocer, con la mayor precisión posible, cuando se plantea empezar a opositar y durante toda su preparación, cuándo se van a convocar oposiciones, cuándo y donde se van a celebrar los ejercicios, cuándo le va a tocar actuar, qué se le va a pedir y cómo se va a valorar su actuación.
Y para todo ello es fundamental tener en cuenta que las estadísticas que nos ofrecen las últimas oposiciones son altamente preocupantes. No solo por la constante disminución del número de opositores si no por lo que, muy probablemente, sea la causa de esa disminución: la excesiva duración del tiempo que habitualmente se tarda en aprobar.
El que la oposición dure casi un año y las convocatorias se hagan cada dos ha determinado que, desde que comienza una oposición hasta que termina la siguiente, transcurran tres años lo que unido a que solo una tercera parte de los opositores aprueban a la primera, y más de la mitad necesitan más de dos convocatorias, provoca que el tiempo necesario para aprobar se extienda hasta extremos inadmisibles.
Las estadísticas de la última oposición son abrumadoras: la edad media de los aprobados fue de treinta años, el tiempo medio de preparación de siete años, más del quince por ciento de los aprobados dedicaron más de nueve años a la preparación, el ocho por ciento más de doce años y el cinco por ciento más de catorce. El esfuerzo para los que aprueban es enorme y los que optan por desistir en su empeño, después de haberlo intentado tan solo dos o tres veces, tendrán ya una edad que complicará sobremanera su acceso al mundo laboral.

"Las estadísticas de la última oposición son abrumadoras: la edad media de los aprobados fue de treinta años, el tiempo medio de preparación de siete años, más del quince por ciento de los aprobados dedicaron más de nueve años a la preparación"

Nos encontramos con un gran problema. Por un lado, se produce un efecto desincentivador para quienes pueden optar entre dedicar un, muy probablemente, excesivo tiempo de su vida a preparar la oposición o acceder inmediatamente a un puesto de trabajo bien retribuido. Por otro, todos esos años de preparación no implican que los que finalmente aprueban sean notarios más preparados, puesto que, en mi opinión, transcurridos los primeros años, en los que el opositor consigue dominar el programa, el resto del tiempo lo va a dedicar a repetir lo mismo y a estudiar lo que ya sabe, sin aprender nada nuevo. Y todos esos años extra no van a incrementar la madurez de un opositor que, a partir de un cierto nivel, maduraría mucho mejor ejerciendo en alguna de las notarías vacantes que encerrado, año tras año, en su casa.
Desde estas perspectiva, expondré a continuación alguna de las medidas que creo podrían considerarse para mejorar el proceso selectivo y hacerlo más eficaz y más atractivo. Algunas de las propuestas exigirían la reforma, creo que ya inaplazable, del Reglamento Notarial, para otras bastaría la actuación, en el actual marco reglamentario, de la Dirección General o del Consejo General del Notariado o son iniciativas que los propios tribunales podrían adoptar. En unos casos se trata de grandes reformas, que exigen un amplio debate y consenso, en otros de pequeños detalles que pueden hacer algo más fácil la vida del opositor, que no es poco. En todos los casos mi modesta intención es plantear un debate y pedir a los órganos corporativos una atención constante para una cuestión esencial para el futuro de nuestra profesión.
En esta primera parte expondré alguna de las cuestiones que considero más relevantes y, quizás controvertidas, para dedicar un segundo artículo al resto de las cuestiones.

Periodicidad de las convocatorias
El esquema fáctico seguido en los últimos tiempos, en el que se convocan las oposiciones a notarías cada dos años, alternándose, con periodicidad más o menos anual, notarías y registros, ha constituido un fracaso, con las perniciosas consecuencias que he expuesto.
Lo que demandaría la lógica del sistema, en beneficio de los opositores y de la Sociedad, sería una oposición única y conjunta, en la que los aprobados ingresasen en un escalafón único o pudiesen optar, en función del número obtenido y de las plazas disponibles, entre el escalafón de notarios o el de registradores (2). En su defecto, el sistema podría haber funcionado si el programa y los ejercicios teóricos de las dos oposiciones fuesen idénticos, de forma que todos los opositores que lo deseasen pudiesen presentarse a ambas oposiciones alternativamente.
Pero la realidad ha sido muy distinta: los programas, aunque fueron objeto de cierta unificación, siguen siendo distintos, la distribución de las materias entre los dos ejercicios son diferentes y la duración de los temas, en partes tan importantes como mercantil e hipotecario, es muy desigual. Ello determina que el que suspende en la oposición de uno de los cuerpos y quiera presentarse a la del otro, tenga que hacer un importante trabajo de adaptación en un tiempo casi siempre insuficiente, con el agravante de que la mayor duración de la oposición a notarias, por ser mayor el número de candidatos, hace que el tiempo disponible para esos opositores sea aún menor. Todo ello ha supuesto que sean muy pocos los opositores de notarías que intenten presentarse a registros y la gran mayoría fracasa en el intento.
El resultado ha sido la convocatoria de notarías cada tres años con las consecuencias desastrosas, que hemos expuesto, en cuanto a la edad media de los opositores y los años de preparación.
Ante tal situación, la única solución posible es la propuesta por el Consejo General del Notariado: la convocatoria anual de las oposiciones a notarías. Tal solución se convierte en una necesidad ante el gran número de plazas, que habrá que cubrir en los próximos años, que se producirán con la prevista jubilación de gran número de notarios.

"El esquema fáctico seguido en los últimos tiempos, en el que se convocan las oposiciones a notarías cada dos años, alternándose, con periodicidad más o menos anual, notarías y registros, ha constituido un fracaso"

El sistema de convocatoria anual es que se sigue en los cuerpos más importantes, como el de jueces y fiscales, en el que la anualidad se sigue estrictamente, o abogados del Estado y es el sistema que se siguió en los años ochenta y noventa, en los que ingresaron una gran parte de los notarios ahora en activo, a raíz de las demarcaciones expansivas de aquellos años, y que pronto se jubilaran.
La convocatoria anual facilita una planificación adecuada a quienes empiezan la oposición, permite al que se encuentra con la dura situación de un suspenso plantearse continuar sin enfrentarse a dos interminables años más, garantiza que el que deja la oposición lo hace después de haberlo podido intentar un suficiente número de veces en un tiempo razonable, y, sobre todo, permitirá reducir la duración media de la oposición y anticipar el acceso al Notariado de jóvenes sobradamente preparados y necesarios en las muchas plazas vacantes que se van a producir.
Lo único que cabe esperar es que la Dirección General acepte la propuesta y que se vaya cumpliendo en los próximos años con regularidad y precisión, empezando por convocar en 2024 la próxima oposición para que comience en septiembre de ese año o, como muy tarde, en enero de 2025. Para todos los actuales opositores será la mejor noticia que puedan recibir y para los opositores que aprueben las oposiciones en curso habiéndose apuntado a la siguiente el dinero mejor malgastado de sus vidas.

Uno o dos ejercicios orales
En 1987 se modificó el Reglamento Notarial para introducir una de las reformas más importantes realizadas en el sistema de oposiciones: la división del ejercicio oral, hasta entonces único, en dos ejercicios. La finalidad de la reforma era, se dijo, hacer la oposición más humana y más asequible y este es el sistema que se ha seguido durante los últimos treinta y cinco años.
Aunque se trata de una cuestión muy discutida, y es el sistema que siguen la mayor parte de los cuerpos de funcionarios, para mí, que forme parte de una de las últimas promociones que se examinó con ejercicio oral único como lo habían hecho hasta entonces todos los notarios, la reforma fue contraproducente por varias razones.
Para empezar, la división del primer ejercicio oral, de hora y medio, en dos de una hora, con un temario similar, supuso incrementar el “peso” del temario y el esfuerzo memorístico, como mínimo, en un 30 % lo que ha aumentado significativamente el esfuerzo y el tiempo necesarios para aprobar.
Un criterio (3) para valorar la dificultad, en términos de carga memorística, de una oposición, y compararla con otras, sin perjuicio de otros elementos como la calidad exigida, el número de aspirantes por plaza o la periodicidad de las convocatorias, puede ser multiplicar el número de temas por lo que se supone debe durar su exposición, lo que determina cuánto tiempo necesitaría un opositor para exponer la totalidad de los temas, que en definitiva, es lo que tendrá en su cabeza el día del examen. Pues bien, tomando como referencia los tiempos generalmente admitidos, la duración actual del temario de notarías sería de unas 70 horas, casi tres días de recitación continua, una de las oposiciones más exigentes sin ninguna duda y un contenido muy superior al que se exigía con un ejercicio único.

"La convocatoria anual facilita una planificación adecuada a quienes empiezan la oposición, permite al que se encuentra con la dura situación de un suspenso plantearse continuar sin enfrentarse a dos interminables años más, garantiza que el que deja la oposición lo hace después de haberlo podido intentar un suficiente número de veces en un tiempo razonable, y, sobre todo, permitirá reducir la duración media de la oposición"

Es cierto que ese esfuerzo se distribuye entre dos ejercicios, pero también lo es que el tiempo entre uno y otro es muy corto, por lo que el estudio del temario al completo debe ser previo, que el nivel de exigencia de cada ejercicio se intensifica mucho, especialmente en el primero, y que cualquier añadido al contenido exigido, sea aumentado el programa o, como ocurre en este caso, alargando el tiempo de exposición de los temas, incrementa el esfuerzo y el tiempo necesarios paras dominar el programa de forma exponencial.
Además, la existencia de dos ejercicio ha aumentado mucho la duración de cada oposición, con el resultado pernicioso ya expuesto, y da demasiado trascendencia al número obtenido en el sorteo ya que, si bien lo importante es el trabajo previo, como es bien sabido el tiempo disponible entre un ejercicio y otro es un elemento esencial para la mayoría de los opositores, especialmente para los más jóvenes, y las posibilidades de quien se examina con el primer número o con el último son muy diferentes.
Finalmente, la realidad constatable por cualquier preparador, es que la intensidad de la preparación, y el nivel exigido, de la parte de civil es muy superior a la de partes tan importantes para el ejercicio profesional como el mercantil, el hipotecario o el, siempre relegado, notarial, creándose una descompensación en la formación nada deseable.
Volver al sistema anterior de un ejercicio único tendría importantes ventajas como acortar la duración de la oposición, simplificar su organización, conseguir un conocimiento uniforme de todas las materias del programa, evitar un estudio “por etapas”, permitir una valoración conjunta del opositor y aumentar la igualdad de oportunidades y, en contra de lo que pudiera parecer, no aumentaría la dificultad sino que la rebajaría y reduciría las edades medias como lo demuestran las estadísticas de los años ochenta. Aunque los opositores, y los preparadores, tienden a ser muy conservadores y recelan de cualquier cambio, creo que una medida como la propuesta, introducida con la debida antelación, redundaría claramente en su beneficio.

El programa
En mi opinión, una de las grandes asignaturas pendientes en esta materia es la revisión a fondo del programa. Es cierto que es una materia en la que hay que ser muy cuidadosos y pensar siempre en el cuerpo de los opositores para los que cualquier cambio, después de años de esfuerzo, puede ser un drama y, como he señalado al principio, la certidumbre para el opositor respecto a lo que se le pide debe ser un valor esencial.
Sin embargo, creo que en este punto hay dos actuaciones que resultan esenciales sin perjudicar al opositor: la actualización constante y el adelgazamiento del programa.

"Volver al sistema anterior de un ejercicio único tendría importantes ventajas como acortar la duración de la oposición, simplificar su organización, conseguir un conocimiento uniforme de todas las materias del programa, evitar un estudio 'por etapas', permitir una valoración conjunta del opositor y aumentar la igualdad de oportunidades"

Creo que es necesaria una actualización constante del programa (no cada diez o quince años como ha venido ocurriendo) para adaptarlos a los constantes cambios legislativos. De lo que se trataría no es de aumentar los contenidos sino de adoptar los enunciados del programa a las reformas o nuevas leyes, cosa que el opositor ya hace, por su cuenta y riesgo, sin saber qué es lo que se le va a exigir, cada vez que hay un cambio legislativo.
Perfectamente se podría, como se hace en judicaturas, publicar el programa con cada convocatoria o, mejor, al finalizar cada oposición, para respetar el año reglamentario, teniendo en cuenta las sugerencias del tribunal, manteniendo el programa anterior pero con las mínimas modificaciones imprescindibles para tenerlo constantemente actualizado, evitando anacronismos y contradicciones, y permitiendo que todos los opositores sepan cómo y dónde deben introducir las reformas.
Y, en mi opinión, creo que es ya absolutamente imprescindible una reforma del programa para aligerarlo y disminuir el esfuerzo memorístico mediante el sencillo mecanismo de prescindir de contenidos que nada tienen que ver con la práctica notarial, que nada aportan a la formación jurídica del notario, salvo proporcionarle una cultura jurídica propia de otro siglo y que solo van a servir al opositor para demostrar, el día del examen, la perfecta memorización de unas materias que, si aprueba, no va a volver a ver en toda su vida profesional. Todo ello a costa de un esfuerzo innecesario que solo sirve para alargar el tiempo necesario para aprobar la oposición.
La lista es enorme y cualquier opositor, preparador o miembro de un tribunal tendrá su ranking de temas que podrían eliminarse, convertirse en una pregunta o pasarse a la parte de notarial, como es el caso de, se me ocurre en un una lectura rápida del programa, la ausencia, las entidades religiosas, propiedades especiales, la accesión, la usucapión, gran parte de los usufructos especiales, de las servidumbres y de la medianería, los censos, los alimentos entre parientes, los aspectos judiciales de la separación o divorcio y de las acciones de filiación, los aspectos administrativos o judiciales de la adopción y el acogimiento, la contabilidad de las sociedades, las entidades financieras y el derecho bancario, el mercado de valores, casi todo el derecho cambiario y gran parte de los aspectos formales y organizativos del Derecho Hipotecario.

"Es fundamental aligerar el programa de materias trasnochadas o innecesarias para la práctica notarial, lo que permitirá hacer prevalecer la calidad sobre la cantidad y disminuir el tiempo necesario para dominar el programa y aprobar la oposición"

Creo que es fundamental aligerar el programa de materias trasnochadas o innecesarias para la práctica notarial, lo que permitirá hacer prevalecer la calidad sobre la cantidad y disminuir el tiempo necesario para dominar el programa y aprobar la oposición.
De hecho, una de las experiencias más frustrantes para un opositor, y para su preparador, es la explicación de un suspenso o de una nota baja “porque le tocaron temas malos” o porque “con esos temas es muy difícil lucirse” (4), cuando lo lógico es entender que todos los temas son iguales, que con todos se puede aprobar o sacar buena nota, en igualdad de condiciones con los demás, y lo que hay que hacer con los temas inútiles es suprimirlos.
Una vez hecha la poda inicial, que en nada perjudicaría a los opositores puesto que la adaptación “a menos” es muy sencilla, de forma paulatina, con toda prudencia para no alterar demasiado a los opositores, se podrían ir introduciendo algunas materias nuevas o ampliando aquellos temas que sean más importantes para el ejercicio de la profesión y cuyo estudio sí puede merecer la pena (5).
Hay otras muchas reformas que podrían plantearse, en cuestiones como el lugar de la celebración, organismo encargado de la organización, número de tribunales, miembros de los tribunales, sorteo y desarrollo de los ejercicios y reserva de nota. Pero, para no cansar demasiado al lector, lo dejaremos para una segunda parte de este artículo, en el próximo número de esta revista, en el que, como decían Tip y Coll, hablaremos del gobierno... de la oposición.

MADRIDEJOS FERNANDEZ ALFONSO ILUSTRACION

(1) Siempre es útil conocer lo que se hace en otros cuerpos para aprender de la experiencia de los demás. En particular, respecto de la Administración General del Estado hay que estar al Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado; en cuanto a Jueces y Fiscales, el programa y las bases de la oposición se aprueban en cada convocatoria, la última por Acuerdo de 27 de octubre de 2023, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal; y en el ámbito autonómico, por proximidad geográfica y familiar, la regulación relativa a la Comunidad de Madrid se encuentra en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.
(2) Este es el sistema que finalmente ha prevalecido en la oposición de jueces y fiscales, actualmente única tras una época en la que se separaron las dos oposiciones.
(3) Copiado de un gran preparador, Honorio Romero.
(4) Es bien sabido que el tribunal habla por sus calificaciones y que las explicaciones que pueden dar los miembros del tribunal son siempre bienintencionadas y pretender animar al opositor, pero, en mi opinión, una explicación de ese tipo debería ser causa de inmediata remoción.
(5) Lo que no creo que sea buen idea es que existan temarios o contestaciones oficiales, es más, en mi opinión, no es admisible, ni estético, que los miembros del tribunal utilicen dispositivos electrónicos para seguir alguna versión de los temas, que puede coincidir, o no, con la que opositor está exponiendo. Creo que los miembros del tribunal no deberían utilizar para sus evaluaciones nada más que los textos legales y sus propios, y sobrados, conocimientos, y si se va a utilizar algún material, como una versión determinada de contestaciones al temario de alguna academia, esquemas de los temas o contenidos mínimos, que yo no considero necesarios, debería hacerse con publicidad y transparencia.

Palabras clave: Oposiciones, Actualización constante, Sistema ágil.
Keywords: Competitive public examinations, Constant updating, Flexible system.

Resumen

La oposición a notarías exige una revisión constante para mejorar el proceso selectivo, adaptarlo a la realidad de cada momento, hacerlo más justo y eficaz para los opositores y más atractivo para quienes se plantean opositar. En concreto, hay dos problemas fundamentales que afrontar: la disminución del número de opositores y el incremento del tiempo medio necesario para aprobar. En esta primera parte se estudian tres cuestiones fundamentales. La necesidad de convocatorias anuales para agilizar las oposiciones y hacer frente a la gran cantidad de vacantes que se van a producir en los próximos años. La vuelta al sistema tradicional de ejercicio oral único, que se considera más ágil, más justo y, aunque pueda parecer otra cosa, más asequible para el opositor. Y la revisión del programa para actualizarlo y aligerarlo mediante la supresión de contenidos innecesarios para el desempeño de la profesión notarial.


Abstract

The competitive public examinations to become a notary must be constantly reviewed to improve the selection process, to adapt it to the circumstances at each point in time, to make it fairer and more efficient for the candidates, and more appealing to those who are considering applying to sit the examinations. In specific terms, there are two fundamental problems that need to be addressed: the decline in the number of candidates, and the increase in the average time taken to pass the examination. Three fundamental issues are considered in this first part. First, the need for annual examinations in order to speed up the competitive examination process and cope with the large number of vacancies that will arise in the coming years. Second, a return to the traditional system of a single oral examination, which is considered more agile, fairer and although it may seem otherwise, more accessible for the candidate. And third, a revision of the programme to update and streamline it by eliminating content that is unnecessary for a career as a notary.

 

 

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