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REVISTA110

ENSXXI Nº 114
MARZO - ABRIL 2024


La falsedad ideológica cometida por particulares en los documentos públicos ante notario desapareció del Código Penal en la reforma de los años 90. Y cabe plantearse si debería volverse a incluir. Para algunos autores, la falsedad ideológica debería desaparecer por falta de autonomía, pues siempre es un camino para cometer otros delitos, que son los principales; para otros, como las declaraciones hechas ante el notario tienen una relevancia especial, que le atribuye la ley por medio de la fe pública, faltar a la verdad en documento público debería tener un reproche superior al que se haga por otros medios. A través de las prestigiosas opiniones de los catedráticos de Derecho Penal Gonzalo Quintero Olivares y Luis Rodríguez Ramos, EL NOTARIO DEL SIGLO XXI analiza en este bloque la figura de la falsedad documental ideológica y plantea la posibilidad de una futura reforma del Código Penal.

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