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FORO CIRCENSE

El V Foro de las evidencias electrónicas celebrado el 10 de junio en Madrid, organizado por un prestigioso bufete y ANCERT, resultó un completo éxito de crítica y público. Para no aburrir al auditorio con un tema tan espeso como es este de las evidencias, que en el fondo no interesa a nadie, la organización animó el evento con la presencia de un simpático... ¡payaso! Sí, amigos, habéis leído bien, como en las fiestas infantiles. Y no se trataba de un payaso aficionado o espontáneo, de esos que pululan por ahí, sino de uno auténtico, profesional, que entre mesa y mesa redonda divertía a la concurrencia contando chistes. La verdad es que no eran muy graciosos y la gente se miraba asombrada, pero cualquier cosa sirve para ocultar las evidencias. Después de una mesa se suscitó un pequeño debate y se levantaron varias manos solicitando intervenir. Pero el moderador frustró cualquier esperanza alegando que le habían avisado de que estaban fuera de tiempo. Así que cedió la palabra... ¡al payaso! que estuvo amenizando la reunión... ¡quince minutos más!
Y luego se meten con este  triste Juvenal, mero cronista deportivo...

MÁS  TRASPOSICIONES OFENSIVAS


Desde tiempo inmemorial las leyes han exigido testigos en algunos actos solemnes, incluso en actos autorizados por notario, por ejemplo en los testamentos de los que solo han desaparecido hace tres décadas. Y desde tiempo inmemorial las leyes determinaban quienes eran hábiles para hacer de testigos, también en actos notariales, incluyendo en esta especial incapacidad a una masa de personas integrada, en línea de separación muy difusa,  por incapacitados e incapaces a la que había que añadir los períodos de delirio de las personas sin anomalías físicas o psíquicas aparentes. La doctrina romanista justificaba estas incapacidades especiales o concretas en la protección de los terceros. Y así se recogió tradicionalmente esta doctrina en códigos y leyes de todo el mundo.
Hoy la protección del derecho a la igualdad, en cuya defensa el notariado puede sentirse orgulloso, --ahí están por ejemplo los convenios suscritos por el notariado con la Once y Aequitas para la formación e inserción laboral de discapaces en las notarías---, ha superado los argumentos de esa doctrina aunque los Gobiernos y Parlamentos siguen para su aplicación caminos diferentes, siempre lentos y a veces desesperante.
El nuevo Reglamento Notarial, que no ha hecho otra cosa que reproducir normas legales anteriores y que bastantes culpas arrastra justamente, carga ahora con culpas que no son suyas aunque siguen  demostrando de nuevo la inoportunidad de su reforma.
Pero que de todo esto “El Mundo” titule que “los notarios no quieren a las personas discapacitadas como testigos en una escritura” hay un trecho.
“El Mundo” sabe muy bien que los notarios nada legislan y ninguna influencia guardan para ello. Las últimas disposiciones que les afectan lo demuestran claramente, pues de quedar algún gramo de esa influencia otro gallo les cantara. ¿A qué viene esta absurda licencia?

ESCALOFRIANTE


La sentencia de 20 de mayo, que no dice, porque no puede decir, lo que habitualmente se recita, ha creado alarma social, una alarma social muy instructiva.  Vean lo que dice el decano de la prensa canaria, el DIARIO DE AVISOS, en un suelto destacado:
“LOS NOTARIOS
La noticia aparecida estos días en algún medio es escalofriante. La prensa nos dice que el Tribunal Supremo anula a los notarios su poder para controlar la legalidad. Esto nos hace pensar no sólo que algo está sucediendo en este país, sino que los ciudadanos estamos perdiendo la seguridad jurídica que todo Estado de Derecho nos debe proporcionar. Que los notarios puedan elevar a escritura pública un crédito hipotecario, aunque las cláusulas que pretenda incorporar la entidad financiera sean claramente abusivas para la hipoteca o que estos profesionales no tengan acceso al Archivo de Revocación de Poderes nos hace temer lo peor. ¿Cuál será el siguiente atropello al ciudadano? Ni se sabe, pero esto tendrá que estallar por algún lado. No alcanzo a comprender que todo esto esté sucediendo en una nación que pretende estar en la vanguardia de lo último. No sabemos dónde está el final de tanta locura.”
Siempre gratifica saber que los ciudadanos perciben el “sinsentido” de una sentencia que aparentemente recoge otro “sinsentido”, el de la pretensión de los registradores de suprimir al notariado, pues no otra cosa sería eliminar de su función el control legal                                      

UNO MÁS


Por cierto este último sobresalto jurisprudencial viene a confirmar la doctrina oficial: todo va bien y si algo va mal la culpa la tiene otro. Y es que ahora la culpa no la tiene solo el antiguo Decano de Madrid, el nuevo Decano de Madrid, el Colegio de Madrid, la Revista del Colegio de Madrid y los notarios de Madrid; los registradores; las asociaciones de notarios, las asociaciones de registradores y las asociaciones de notarios y registradores; Internet, los chats y las páginas web; el Consejo de Estado, la Agencia de Protección de Datos y el Banco de España; los jubilados, las viudas y los huérfanos. Ahora la culpa la tiene también el Tribunal Supremo. ¡Qué Dios nos coja confesados!

ECÓNOMO PELOTILLERO


Esta Sentencia, ya famosa por cierto, ha destapado muchas fobias. Resulta de cárcel que un miembro (no miembra) de la Junta Directiva de Cataluña se haya dirigido a algunos colegiados procedentes del antiguo Colegio de Corredores comunicándoles que son el Decano de Madrid y algunos “compinches” de Barcelona, en connivencia con los grupos de registradores más agresivos hacia el colectivo notarial, los culpables del fracaso jurisprudencial del Reglamento Notarial en materia de Pólizas. La acusación que, repito, es de Código Penal, deja al descubierto la catadura moral de quien la hace. ¡Que calumnia! No es la primera vez que los lacayos recurren a inventar enemigos (acordaos de los viejos masones y comunistas con rabo, por ejemplo) para maquillar el fracaso de la gestión de su principal....

SEMINARIO  ILUSTRATIVO


En el último seminario de los jueves de Juvenal se trataron varias cuestiones de profunda enjundia jurídica –como no podía ser menos--, pero la que más debate suscitó fue si un consejero tiene derecho a examinar las cuentas de la entidad que representa. La opinión negativa se apoyó en una construcción dogmática impecable: si el consejo es quien formula las cuentas y el consejero forma parte del consejo ¿cómo se justifica que aspire a tener un derecho a examinar unas cuentas que se entiende que él mismo ha formulado, como si fuera un extraño especialmente legitimado? Se habló incluso de fraude, mala fe y abuso de derecho del consejero. Uno de los participantes aportó un argumento decisivo en la misma línea: la protección de datos. Atribuir al consejero el derecho a examinar unas cuentas cuya formulación y consiguiente responsabilidad se le imputan legalmente, constituiría una intolerable vulneración de la legislación de protección de datos, que ordena que las cuentas nunca sean vistas por nadie con capacidad de percepción y entendimiento, dado el riesgo de una cesión no consentida. Esta última intervención –apoyada por un costoso dictamen de un prestigioso bufete- fue aplaudida especialmente y se pasó al siguiente tema.

REGISTRADORES INEFABLES: ¡QUÉ MIEDO!


Primero había que registrar todo el contrato de hipoteca aunque no tuviese contenido jurídico-real, aunque fuera con meros efectos informativos, para que los terceros supieran a qué atenerse. Y ahora, una vez inscrito, como el registrador no ha calificado, aunque se trate de pactos que no afectan al derecho real de hipoteca, comienzan a agorar que “la colectividad se queda indefensa, el mundo se hunde....  la gente se puede quedar sin piso aunque pague la hipoteca… si el valor de tasación es excesivo, etc. (disco 3º, sección b).
Además, qué miedo, dicen los registradores según ha leído Juvenal en un periódico que “la nueva Ley Hipotecaria favorece el embargo....”, frase que le recuerda otra machada jurídica: lo realmente peligroso es inscribir la casa, pues eso equivale a dejarla preparada para su posible embargo.

FIABILIDAD INCONTESTADA


Un auto judicial ha anulado uno de los exámenes de unas oposiciones a auxiliar administrativo celebradas en 2005 en Murcia, al parecer por haberse producido “filtraciones” a algunos opositores. La Consejería y los examinandos según la prensa murciana del 2 de junio, barajaban la posibilidad de recurrir a los notarios para garantizar la limpieza de las oposiciones....
Al menos, piensa Juvenal, a pesar de tanto ataque, la credibilidad notarial no ha perdido enteros....

NUEVA REBAJA ARANCELARIA


El Ministro de Economía ha anunciado una nueva rebaja (¿la enésima?) de los aranceles notariales. Estas rebajas se han hecho recurrentes y parecen el ungüento de Fierabrás para los más variopintos problemas... Se han hecho tan frecuentes que ya, en contra de una costumbre inveterada en relación con todo lo que afecte al notariado, ni siquiera salen en titulares, van casi en notas al pie. Van perdiendo interés, vamos, no cabe duda. Incluso empiezan a despertar piedad y compasión en la ciudadanía. Algunos, los más, lo califican como el chocolate del loro. Otros, como Cesar Vidal, piensan que algunos tienen a los notarios y registradores entre ceja y ceja, quizá –dice- porque es gente que ha tenido que estudiar mucho para sacar la plaza y eso no se lo perdonan…  
Juvenal espera que este cambio de racha cambie también la explicación que suele darse y que por supuesto ya  nadie cree, esa de  que si no llega a ser por mi la rebaja hubiera sido del 40, etc.

TITULARES CLARIVIDENTES


Negocio 6/3/08: (A toda plana): “Los aranceles vigentes necesitan una reforma” (Directora P. de los Registros y del Notariado).
El Economista 27-2-08 (a toda plana): “Los notarios se enfadan y quieren que el Gobierno revise sus aranceles”
La revisión continúa..... Una no, una cada semana,,,, y a la baja. ¿parará alguna vez?
El Economista 5/3/08 (A toda plana): El reglamento del Notariado está dentro de los límites de la Constitución”, a lo que la Directora P. añadía que los procedimientos judiciales dan la razón al Gobierno en la defensa del interés general y de la función”
El Tribunal Supremo, el 20 de Mayo, ha opinado otra cosa. Y quedan al parecer otros 47 recursos.
Ideal de Granada 12/2/08 Lapidario: “El notariado español ha hecho muy bien sus deberes” (José Marqueño)
¡Qué hubiese pasado si los hubieses hecho mal?

TOROS Y GOLF


Se ha revuelto, por cierto, varias veces contra Juvenal. Aparentemente era una información privada, sí. Pero no.
A las jornadas de Zaragoza no pudo asistir y mandó a su sustituto, el vicepresidente, quien justificó la ausencia del presidente en “problemas de agenda”. Juvenal solo informó sobre la agenda alegada. (Consulte la jurisprudencia y comprenderá que no se ha traspasado ninguna línea roja informativa).

UNA CORONA MARCHITA


Juvenal quiere poner una corona, aunque esté marchita, en la necrópolis de los recuerdos a la que el Gobierno acaba de enviar un impuesto injusto y anacrónico como era el Impuesto sobre el Patrimonio, contra el que el notariado ha librado una batalla de convicciones durante la última década por injusto e inicuo. De “Impuestos sin puesto” en el orden Constitucional fueron calificados hace años en Escritura Pública los que gravaban las Sucesiones y el Patrimonio. Ambos han caído ya, o están en vías de caer. Aleluya para los ciudadanos modestos y de buena fe que eran los que los sostenían.

CARA DE POKER


Según ha sabido Juvenal en el último Consejo algún miembro sugirió que si se está en épocas de congelación del gasto y las notarías ven reducida su facturación de forma muy significativa, los miembros del Consejo que reciben compensaciones deberían ver reducidos sus emolumentos en la misma proporción en que se ha reducido lo que haya que compensar... Al parecer los aludidos pusieron cara de poker y ... “no hubo nada”.

MUCHOS .....RAJOYS


Ya se sabe.... La reafirmación de Mariano en la presidencia del PP, como todos los encumbramientos, trae cola. El periodismo de investigación despliega sus alas y encuentra primos, cuñados, hermanos... sobre todo si alguno está en torpe postura o puede salpicar. Es lo de siempre. Ni caso. Salvo en lo de Enrique, el hermano, el paladín sancionado, portada de El Mundo, qué cosa, cuando sólo defiende la independencia absoluta del registrador incluso frente a su superior jerárquico la Directora de los Registros .... ¿Dónde queda el principio de jerarquía que consagra la C.E.? ¿Volveremos a los reinos de taifas en criterios calificatorios? Juvenal opina que se puede recurrir, pero no abusar del monopolio. ¡Un poco de orden, por favor, al menos para no volver tarumba a los consumidores por un prurito de aquí o de allá… Deduzcan, si no, de la carta que desde Alternativa notarial ha recibido Juvenal, las consecuencias de la superaplicación de unos principios:

UN EJEMPLO PARA COMPRENDER


Bucanero dixit: A mi me parece magnífica idea que los registradores lleven los registros civiles. Daría seguridad: Que si no inscribo a un segundo nacido porque hay exceso de cabida acreditado. Que si no inscribo la defunción de una persona porque en el certificado de defunción pone causa de la muerte y no de la defunción. Que si no inscribo la Boda de fulanita porque es claramente abusiva por tener menganito 30 años más que fulanita. Que como supremo y único calificador y en virtud de la seguridad jurídica preventiva controlaría la legalidad de los actos civiles, es decir la muerte y el nacimiento no tendría efecto “frente a terceros” hasta que no pase por el tamiz de la calificación y solo una eficacia inter partes. Eso le daría seguridad jurídica al tráfico y no quedaría al socaire de forenses, médicos, pediatras, alcaldes o jueces. Ahora bien, los certificados expedidos por jueces y alcaldes tendrían una calificación limitada aplicándoles al art. 99 y 100 del Rh. Las expedidas por curas o sanidad privada ante la posibilidad de ser elegida por los interesados quedarían sujetas a una calificación global y unitaria.
En aras de la independencia del registrador no se podría elegir lugar de nacimiento, matrimonio o defunción sino que se aplicaría el del distrito civil coincidente con el hipotecario donde el fallecido, padre del nacido o el novio/a que no pague el convite tenga la finca registral en el tiempo mas antigua. Asimismo se establecerían aranceles, de cuantía por supuesto, tomando como base el peso en gramos del nacido, fallecido o contrayentes. Este gran esfuerzo conllevaría adaptar los programas para introducir 100 temas de ginecología, 25 de pediatría, 33 de técnica forense, 10 de bodas civiles, 10 de bodas religiosas incluyendo 1 tema del rito gitano.
En materia de recursos el registrador podría recurrir judicialmente las resoluciones del Supremo centro directivo “antes prestigioso” suspendiéndose mientras se resuelve el nacimiento, la asignación del nombre, la luna de miel o el enterramiento o incineración.
En materia de publicidad formal para cualquier acto, incluido despedidas de soltero, cumpleaños o necrológicas debería solicitarse por fax (sin acceso telemático por ser datos sensibles que exige un tratamiento profesional del registrador para “depurar”) información registral y presentarse telemáticamente; con gestoras incluidas, el acto para ganar prioridad registral.
Que bárbaro, debería publicar estas reflexiones en la página notarios y registradores como propuesta de reforma legislativa.

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