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Intimidad desvelada

El derecho a la intimidad se deteriora por momentos. El TEAC está dictando resoluciones que bordean el principio de proporcionalidad y el derecho a la confidencialidad al interpretar los artículos 142  y 162 de la ley General Tributaria de forma tan tolerante que permite a los funcionarios acceder al contenido de la cajas de seguridad sin comunicación ni presencia del titular. Es la misma cantinela del Índice notarial Único. Se empieza alegando razones de seguridad, luego razones tributarias. Y al final ...
Esperemos que la proclama de Obama en su discurso de investidura declarando formalmente que el derecho a la seguridad nacional es compatible con los derechos de la persona, prospere y replieguen velas ...

Más coletazos ciegos del "caso Hidalgo"

Y ahora le toca a un registrador de la propiedad, y parece que la búsqueda de la policía judicial se centra en fotografiar los libros del registro se supone que por dentro, es decir las inscripciones, en busca de un delito de falsedad documental. ¿Es que piensan que alguna vez se transcribe mal el título o se certifica o se da nota simple en falso? ¡Que bochorno!
Da para consolarse que el propio juez que en su día fue instructor del caso Malaya, en su ponencia en el II Congreso Nacional de Estudios Penales denuncia la existencia de  una industria auxiliar de la corrupción en la Costa del Sol formada por gestorías, despachos y asesoría entre los que no cita ni de forma lateral -como era de esperar-- ni a notarios ni a registradores, a los que la conciencia social y según se ve un instructor consideran fuera de cualquier forma de connivencia. Aunque todavía estamos a la espera de que esto se refleje en el expediente.

Tozudez extemporánea

Pocos temas han gastado más resmas de papel que el de la calificación notarial de los poderes que implantó la Ley 24/2001 y ratificó la Ley 24/2005.
Cuando innumerables sentencias de todas las Audiencias parecían haber apaciguado definitivamente el problema, surge una sentencia peregrina de una Audiencia Provincial fechada el 4 de febrero de este año que se aparta de la corriente general en base otra vez a una interpretación literalista de la Ley 24/01, circunstancia que han aprovechado los pendencieros habituales para desenterrar su hacha de guerra y blandirla de nuevo en los foros jurídicos.
La escritura es anterior a 2005 y la Audiencia no pudo por tanto tener en cuenta la Ley 24/2005, con lo que ninguna trascendencia podría tener en el futuro, máxime cuando el Tribunal Supremo ha asumido la interpretación lógica de la Ley, contraria a la revisión por el registrador del contenido del juicio notarial de capacidad. Belicosos contumaces que recuerdan a aquellos nipones que en los años cincuenta seguían peleando contra el mundo en las selvas oceánicas ignorantes del armisticio del 45.

Cuentas sin garantía

No va el clamor social en la línea de aligerar la responsabilidad de los administradores. Muy al contrario, la crisis financiera que padecemos ha añadido nuevas razones para agravarla. Pero no sigue ese camino la Orden del Ministerio de Justicia 206/09, de 28 de enero que permite el acceso al Registro Mercantil de cuentas cuya autoría no está debidamente garantizada, lo que  puede constituir, si se impugnan, un alivio en la responsabilidad de los gestores societarios. Sin olvidar que la publicación sin más por el registro de estos documentos es un reconocimiento paladino del escaso valor que la publicidad registral añade a la simple publicación por otras vías, mismamente Internet. Alentar desde dentro estas posiciones tal vez sea contraproducente.

Excusas

Juvenal agradece las que ha enviado el Director General de Cuatro por las chanzas a costa de dos colaboradores de esta revista que la cadena trasmitió en un programa jocoso. Rechaza en cambio alguna circulación malintencionada del spot en la red, discordante con el buen talante las excusas por el tratamiento de las fotografías de los personajes citados, que estropean frases ingeniosas como que los notarios son los únicos que firman autógrafos sin ser famosos y cobran por ello.

Resoluciones

No hace mucho un diario económico titulaba a toda plana, como novedad: "El Notariado considera que las resoluciones de Justicia son vinculantes". Resulta pues, que hay quienes piensan que no vinculan. Y si no vinculan, ¿para qué sirven? ¿Y para qué propugna la Constitución española en su artículo 103,1 el principio de jerarquía administrativa?
Lo grave es el titular de prensa, es decir que esto pueda publicarse como noticia. Tal vez ha calado en los medios la tesis contraria, es decir la de que las resoluciones (viene de resolver, decidir) son papel mojado.
Lo que Juvenal puede asegurar es que los ciudadanos esto no lo entienden. Y que a ellos también les gustaría que las resoluciones administrativas que les afecten, no les vinculen, y puedan por tanto tirarlas impunemente al cesto.

Similitud

Desde un Colegio del sur un grupo de colegiados piden a Juvenal que lea el primer párrafo del episodio nacional GERONA donde se hace una crítica del gobierno en Sevilla a principios del XIX,  donde sucedía -dice Galdós-  "una cosa que no sorprenderá a los lectores si, como creo, son españoles, y era que allí todos querían mandar. Esto es achaque antiguo, y no se qué tiene para la gente de este siglo el tal mando que trastorna las cabezas más sólidas, da prestigio a los tontos, arrogancia a los débiles, al modesto audacia y al honrado desvergüenza. Pero sea lo que fuera, ello es que entonces todos andaban a la greña, sin atender al formidable enemigo que por todas partes nos cercaba"  Guarda, piensan, bastante similitud con lo que ocurre por estos lares.

Gestores quisquillosos

Las organizaciones representativas de los gestores están especialmente susceptibles por la irrupción de la nueva tecnología que va a transformar los hábitos de la gestión y por tanto los suyos. Su resquemor les ha inducido a impugnar prácticamente toda la reforma del reglamento notarial, viendo visiones de exclusión donde solo hay aplicaciones lógicas e irreversibles de las nuevas técnicas informáticas a la seguridad jurídica preventiva.
No es por ahí. Todos tienen que anteponer a cualquier interés corporativo el interés de los ciudadanos.

Registro a la europea

M. S., en sus columnas periodísticas, insiste tenazmente en la urgente transposición de las directivas comunitarias, especialmente la que proyecta la creación de un Registro Mercantil Electrónico. E insta a los Gobiernos a que se supla cuanto antes la intervención notarial por la firma electrónica reconocida. Nada y nunca se opondrá Juvenal al progreso y a la depuración de la farragosa burocracia a favor de los consumidores, siempre que se mantengan niveles serios de seguridad. Pero quizá habría que ir más allá en el acercamiento a los sistemas europeos y transponer todas las directivas y recomendaciones, incluso las sentencias, también aquella famosa dictada hace unos años a instancia de una sociedad danesa, por ejemplo.

Liberalización

También a los Colegios Profesionales vuelve la sospecha de que la ley ómnibus, a cuyo través pretende transponerse la directiva de servicios, intente de nuevo como panacea universal de todos los males la liberalización. Juvenal contempla atónito la falta de imaginación de los gobernantes en su machacón intento de hacer desaparecer las instituciones a través de las que la sociedad civil dispersa su poder, a fin de democratizar las estructuras sociales, y cuya eliminación en la mayoría de los casos suele provocar efectos perversos.
Liberalización en economía no equivale necesariamente a progreso. O dicho de otro modo, la economía no está al servicio de la liberalización, sino ésta al servicio de la economía, cuyo objetivo no siempre es coincidente con el de la liberalización. Y a veces - acabamos de verlo en la convulsión financiera que padecemos -es lo contrario, la causa de la catástrofe.

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