Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

ENSXXI Nº 44

JULIO - AGOSTO 2012

El miércoles 30 de mayo tuvo lugar el acto de clausura en el que se aprobaron las Conclusiones de las que se dará noticia en esta revista en números posteriores.

En el acto, que se celebró con gran solemnidad y asistencia de notarios representantes del notariado mundial, se pronunciaron discursos importantes de los que damos noticia a continuación.

ROMAY BECARIA. Presidente del Consejo de Estado

Celebrar el 150 aniversario de una ley demuestra su adaptación a todo y a todos. Demuestra también el acierto al configurar un sistema de seguridad jurídica preventiva (mediante la Ley del Notariado y su hermana la Ley Hipotecaria) que ha vencido al tiempo y que vence y convence en el ámbito del derecho comparado.
El Notariado español es una institución muy prestigiosa y conviene preguntarse las razones de este prestigio.
Uno de sus grandes aciertos ha sido el apostar por la meritocracia como forma de acceso al Notariado, gracias a las oposiciones a notarías que aseguran un conocimiento vasto y profundo, camino seguro hacia la excelencia.
Otro de sus aciertos, clave de su éxito, está en la organización de la oficina notarial, acertadísima conjunción de la severidad pública y de la responsabilidad privada. E igualmente a la libertad de elección de los usuarios que pone a los notarios en competencia para dar un mejor servicio a los clientes al coste señalado por el Estado.
Nada tiene de extraño pues que las crisis deltas hipotecas "sub prime" apenas nos rozara. El Notariado español les ponía un listón muy alto a los especuladores irresponsables. Vosotros y vuestros colegas registradores configuráis un sistema de seguridad jurídica preventiva que supera al sistema documental americano en seguridad, calidad, rapidez y precio.

"Uno de sus grandes aciertos ha sido el apostar por la meritocracia como forma de acceso al Notariado, gracias a las oposiciones a notarías que aseguran un conocimiento vasto y profundo, camino seguro hacia la excelencia"

Tenéis futuro porque estáis muy cerca de vuestros clientes. Vuestros clientes confían en vosotros. La confianza, como la reputación, se gana en muchas tardes y se puede perder en una sola. La confianza es vuestra pócima mágica.
Y tenéis futuro porque con acierto se os va a requerir para nuevas tareas en materia de jurisdicción voluntaria y así ayudareis a descongestionar el atasco judicial. Vuestros conocimientos, vuestros medios, vuestra doble condición de funcionarios y profesionales del derecho se podrá una vez más al servicio de la sociedad, de la que nacisteis hace mucho tiempo.

MANUEL LÓPEZ PARDIÑAS. Presidente Consejo General del Notariado

Al terminar los actos conmemorativos del aniversario de la Ley del Notariado conviene abrir un período de reflexión sobre las características que nos identifican y configuran y examinar así lo que hay que mantener y lo que hay que reformar.
El notario es desde luego un funcionario público y hay que mantener todos los rasgos esenciales del servidor público: ingreso por oposición, número y ubicación de las notarías, estricto régimen de incompatibilidades y disciplinario, así como retribución por arancel. Todo ello sin perjuicio de que  buena parte de estas características necesitan revisión.

"El notario es desde luego un funcionario público y hay que mantener todos los rasgos esenciales del servidor público: ingreso por oposición, número y ubicación de las notarías, estricto régimen de incompatibilidades y disciplinario, así como retribución por arancel"

Dentro de este campo el notario se ha revelado hoy día como elemento clave en la estructura de la Administración. Y muy especialmente en sectores especialmente sensibles al interés público general como la prevención del fraude fiscal y del blanqueo de capitales donde el notario ha asumido un papel tan activo que ha llegado incluso a ver cómo su modelo de  "órgano de prevención del blanqueo de capitales" era replicado por otras corporaciones profesionales.
En el campo de la organización corporativa, la actual estructura colegial, que ha demostrado su acierto y especial adecuación al Estado autonómico, no ha de estar reñida con la búsqueda de fórmulas que aseguren una participación creciente de los notarios en la vida y dirección de la corporación, demanda que alientan muchos de nuestros compañeros.
Pero el notario no es solamente un funcionario. Es un jurista. Reducir al notario a un mero funcionario legitimador de firmas comporta privar al ciudadano y a la sociedad de la asistencia del profesional y del jurista cualificado que permite a los particulares configurar su voluntad y conformarla a la ley. Esta sumisión al imperio de la ley se traslada a la función notarial mediante el control de legalidad.
La ?standarización? documental que caracteriza nuestra época reclama de manera particularmente intensa la tutela pública y la protección del consumidor mediante la intervención del notario que con su labor asesora y equilibradota puede mitigar la situación de desigualdad en la que el mercado situa en ocasiones a las partes.
Por otro lado, la ?internacionalización? de la relaciones jurídicas nos obliga a ser creativos en la invención de fórmulas que permitan la circulación del documento notarial no ya en papel sino en formato electrónico permitiendo que se preserven todas las garantías que definen su propio concepto.
Pero si todo ello es importante, no lo es tanto como la conservación del mayor valor que el notariado ha sabido atesorar en los últimos 150 años que no es otro que el de la CONFIANZA y la estima, el ser un referencia del ciudadano cuando siente la necesidad de la certeza. No en vano es ése nuestro lema: Nihil prius FIDE.

IGNACIO SOLÍS VILLA. Decano del Colegio Notarial de Madrid

Nos encontramos ante una efemérides importante y no es momento para dedicarnos a vanos ejercicios de autocomplacencia sino más bien a mirar hacia el futuro y pensar en qué es lo que tenemos que hacer para poder seguir prestando a la sociedad los servicios que ésta nos demanda teniendo en cuenta los cambios tecnológicos y sociales que se han venido produciendo. Esto es algo que tenemos que ver no como espíritu de supervivencia nuestra sino como algo que le debemos a la sociedad porque el Notariado no fue creado por el Estado sino que lo que hizo el legislador de 1862 fue consagrar algo que previamente muchos siglos antes habia creado la propia sociedad como medio de cubrir una necesidad que era la de dar seguridad y certeza y, al mismo tiempo, un adecuado nivel técnico a sus convenidos particulares.

"Nosotros debemos saber comunicar lo que somos y para ello es imprescindible que perdamos el miedo. El único miedo que tenemos que tener es el de no cumplir con nuestros fines y con nuestros deberes y con lo que la sociedad espera de nosotros"

Y es en este momento cuando tenemos que recordar quiénes somos y lo que hemos hecho, así como saber comunicar todo ello. Gran parte de los problemas del Notariado no vienen por haber hecho mal las cosas sino por no haber sabido comunicar. Hay un dicho en materia de comunicación que dice: "Si tú no dices lo que haces y lo que eres, lo va a decir otro y lo va a decir de una forma que no te va a gustar".

"El notario no sólo da fé, sino que además asesora imparcialmente, identifica a las partes, presta una asistencia especial a las personas más necesitadas y conforma y adecua su voluntad al ordenamiento jurídico. El control de legalidad es esencial. Sin él no es reconocible el Notariado. Sería otra cosa, pero nunca sería Notariado"

Nosotros debemos saber comunicar lo que somos y para ello es imprescindible que perdamos el miedo. Creo que muchas veces el Notariado ha tenido una actitud como avergonzándose de lo que es y de lo que hace y realmente no tenemos que avergonzarnos de nada. No tenemos tampoco que tener ningún tipo de traba o de cortapisa a la hora de informar de aquello que se haya hecho mal, pero sobre todo el presupuesto es que nosotros cumplamos nuestra función. El único miedo que tenemos que tener es el de no cumplir con nuestros fines y con nuestros deberes y con lo que la sociedad espera de nosotros.

"La idea tan extendida de que el notario es un medio de prueba, es una cinta que reproduce lo que otros dicen. Pero esto no es cierto. Es mucho más. El notario es la misma expresión de la voluntad la que se hace ante el notario"

Como estamos celebrando el 150 aniversario no me parece mal que volvamos un poco a nuestra ley del Notariado. El artículo primero establece que "el notario es el funcionario que da fé, conforme a las leyes, de los contratos y actos extrajudiciales". Esta separación de la fé pública judicial y extrajudicial es importantísima.
El notario no sólo da fé, sino que además asesora imparcialmente, identifica a las partes, presta una asistencia especial a las personas más necesitadas y conforma y adecua su voluntad para que todo esté ajustado al ordenamiento jurídico. Quiere esto decir que el control de legalidad es esencial. Sin él no es reconocible el Notariado. Sería otra cosa, pero nunca sería Notariado. Y ello por mucho que alguna sentencia en vía administrativa haya venido simplemente a consagrar por motivos formales que determinadas consecuencias de ese control no pueden ser establecidas reglamentariamente. Pero el control en sí ha permanecido incólume y ese hay que mantenerlo.
Naturalmente que el notario, además de todo esto, tiene que superar varias cosas si queremos enseñarle a la sociedad lo que somos. En primer lugar la idea tan extendida de que el notario es un medio de prueba, es una cinta que reproduce lo que otros dicen. Pero esto no es cierto. Es mucho más. El notario no es una prueba de una declaración de voluntad, es la misma expresión de la voluntad la que se hace ante el notario.

"Esta concepción puramente sensorial de la fé pública es un atavismo que ya fue denunciado hace mucho tiempo"

Y para ello tenemos que superar también esa concepción tan extendida de que la fé pública notarial, la dación de fé, se extiende únicamente a actos sensoriales. Y sensorial es lo que el notario ve y oye. Esta concepción puramente sensorial de la fé pública es un atavismo que ya fue denunciado hace mucho tiempo.
El notario, además, es un elemento se seguridad jurídica preventiva. Esto es algo que ha sido tan tocado que parecería vano insistir ahora. Pero yo me quiero referir a otro aspecto. Nuestro ordenamiento consagra la seguridad jurídica como uno de los principios fundamentales en el artículo 9 de la Constitución y en el artículo 1 enumera valores superiores tales como la libertad y la justicia. Y la justicia supone no sólo que nosotros hagamos documentos que sean seguros sino que tiene que ser documentos que sean justos, equilibrados. No es sólo una cuestión de seguridad, es también una cuestión de contenido material del negocio. Y precisamente el artículo 24 de la Ley del Notariado, cuando ha sido reformado, nos habla de que el notario vigilará no sólo la regularidad formal, sino también la regularidad material. Y la regularidad material es algo distinto al mero

"Hay que superar el viejo dicho de que 'quien dice contractual dice justo'. Hoy con la aparición de grandes operadores económicos esto no es así"

Y desde luego hay que superar el viejo dicho de que "quien dice contractual dice justo". Hoy con la aparición de grandes operadores económicos esto no es así. Y es ahora cuando la escritura tiene un valor no sólo de seguridad sino también de garantía de que no se ha contribuido  materialmente a un negocio ilegal.
Don Federico de Castro nos enseñaba que el control de los contratos se realizaba bien por la causa o bien por la forma y que cuanta más importancia tenía una descendía la importancia de la otra. Pero tratándose de escritura pública hoy tendríamos que completar lo que decía Don Federico y entender que si el legislador exige en determinados casos escritura pública por tratarse de un negocio especialmente peligroso no es porque se cumpla un puro requisito ritual sino porque quiere asegurarse  el consentimiento y los controles de fondo.

"Hoy la causa tiene que ser apreciada en la escritura. Y la escritura pública ha de ser también un medio de asegurarse de que la causa, ha sido apreciada por el notario"

Precisamente por eso hoy la causa tiene que ser apreciada en la escritura. Y la escritura pública ha de ser también un medio de asegurarse de que la causa, a través de sus distintas modalidades, la causa concreta, con los matices ilícitos que pueden dañar un negocio, ha sido apreciada por el notario.
La libre elección de notario es también fundamental sobre todo cuando se trata de la contratación con grandes operadores. Y es también en estos casos cuando el lugar de la prestación de la función pasa  a ser igualmente fundamental. No es lo mismo el notario en su oficina autorizando un documento que el notario en una gran entidad bancaria o en un gran centro de firmas, confundido con un empleado más de dicha entidad. La posición del notario como tal tiene que ser visible.

"La libre elección de notario es también fundamental sobre todo cuando se trata de la contratación con grandes operadores"

Para terminar quería dirigirme a todos los notarios para insistirles en lo importante que es el cumplimiento que cada uno de nosotros haga día tras día en el ejercicio de la función. En ello el notario ha de estar comprometido y tiene que estar enamorado de lo que hace. Y la mejor muestra de valor es tratar de suscitar en los otros el amor por lo que tú amas y lo que tú sientes, así como el respeto. Cada vez que se actúa así, se está reafirmando, refundando y contrastando la existencia del Notariado.

JEAN PAUL DECORPS. Presidente de la Unión Internacional del Notariado.

El lema del congreso nos habla del futuro del Notariado. Y el futuro está:
En la lucha contra las plagas del siglo XXI que son el blanqueo de dinero, la corrupción y la financiación del terrorismo.
En el uso generalizado de las nuevas tecnologías, factor de rapidez de la comunicación con autoridades públicas y usuarios.
En el ofrecimiento, a través de la autenticación, de la seguridad jurídica indispensable para garantizar la confianza, el crédito, las inversiones y el desarrollo económico y social.

"El futuro del Notariado está en la lucha contra las plagas del siglo XXI, que son el blanqueo de dinero, la corrupción, la financiación del terrorismo; está en el uso generalizado de las nuevas tecnologías, en el ofrecimiento de seguridad jurídica, en la garantía de las transacciones jurídicas internaciones, y en la prevención de conflictos utilizando los instrumentos del arbitraje y la mediación"

En la garantía de las transacciones jurídicas internacionales para lo que es imprescindible el reconocimiento de la libertad de circulación de los documentos notariales y la necesidad de lograr una aproximación entre los dos granes sistemas jurídicos que hay en el mundo, el anglosajón y el latino-germánico.
En la prevención de conflictos y en su arreglo amistoso, utilizando los instrumentos del arbitraje y la mediación, que cobran especial relevancia en una profesión como la notarial caracterizada por la imparcialidad y la independencia, así como por la acción equilibradora entre las partes, las familias y las empresas.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo