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Por: MERCEDES PÉREZ HEREZA
Notario de Madrid


VARIA

Históricamente en la concepción social y política era un principio generalmente admitido reservar a los varones el ejercicio de la función notarial. Por ello las fuentes legales omiten consignar este requisito, que se daba por supuesto.

En este sentido no es de extrañar que nuestra Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862, al establecer en su artículo 10 los requisitos genéricos para ser notario no aluda para nada al sexo, precisando los requisitos de: ser español y de estado seglar, haber cumplido veinticinco años, ser de buenas costumbres y haber cursado los estudios y cumplido los demás requisitos que prevengan las leyes y reglamentos o ser abogado.
Esta formulación, con ligeras variantes se va repitiendo en los sucesivos Reglamentos de 1862, 1874, 1917 y 1921.

"Las tres primeras mujeres notarias fueron: Consuelo Mendizábal Alvarez, Margarita Baudín Sánchez y Carolina Bono Huerta, que ingresaron en 1942, 1944 y 1947, respectivamente. Las tres desempeñaron ejemplarmente su profesión en absoluta igualdad y leal competencia con sus compañeros varones"

En los primeros años del siglo XX la cuestión del sexo para el ingreso en el Notariado no fue objeto de controversia hasta que a instancia de doña María del Carmen López Bonilla (Licenciada en derecho) en el año 1924 se solicita que se publique un Real Decreto que autorice a las mujeres a concurrir a oposiciones de Registros de la Propiedad, Notaría y cuantos cargos requieran el título de Licenciados en derecho expedido por las Universidades del Estado. Esta petición fue desestimada por Real Orden de 24 de abril de 1924. Como reacción a esta disposición administrativa varias mujeres abogadas solicitaron se dictara resolución del Ministro de Gracia y Justicia que permitiera a las mujeres, una vez en posesión del título de abogado, practicar los ejercicios que integren las oposiciones a Notarías y Registros de la Propiedad. No hay constancia de que se dictara ninguna resolución al respecto.
Proclamada la República el 14 de abril de 1931 a los pocos días, concretamente el 29 de abril, el Ministerio de Justicia publica un Decreto disponiendo expresamente que la mujer será admitida a las oposiciones de Notarías y Registros de la Propiedad y, si obtuvieren plaza, ingresarán en los respectivos Cuerpos, donde desempeñarán sus funciones en idénticas condiciones que el varón. Quizá esta fue la tardía respuesta a la solicitud a que acabamos de aludir. En todo caso sorprende la celeridad en la publicación y la especialidad del caso contemplado, lo que podría entenderse como una especie de privilegio limitado a los cuerpos de Notarios y Registradores de la Propiedad.
Será la Constitución republicana de 9 de diciembre 1931 la que con carácter general reconocerá a las mujeres, en paridad con los varones, el legítimo derecho a ejercer una profesión, señalando expresamente que “Todos los españoles, sin distinción de sexo, son admisibles a los empleos y cargos públicos según su mérito y capacidad, salvo las incompatibilidades que las leyes señalen”.
Durante la época republicana se aprueba el Reglamento Notarial de 1935, donde, dando por sentada la igualdad de sexos, no se hace de esa igualdad mención expresa, volviendo a las fórmulas genéricas de la Ley y Reglamentos anteriores, al precisar en su artículo 6 los requisitos que habrían de reunir los que aspiren a ingresar al Notariado no se recoge expresamente lo establecido en el Decreto de 1931, fijando unos requisitos predicables tanto del hombre como de la mujer.

"El Notariado, fiel reflejo de la sociedad, ha experimentado rápidamente la gradual incorporación de mujeres hasta llegar a la situación actual en que de 2780 colegiados que es el número de notarios en España, 1819 son hombres y 961 son mujeres, por lo que representamos un porcentaje que se acerca al 35%"

La primera oportunidad donde la mujer tuvo ocasión de concurrir a oposiciones al Cuerpo de Notarios fue en las convocadas para cubrir las vacantes existentes en el territorio de la Audiencia de la Coruña, en cuya lista de solicitantes admitidos de fecha de 9 de julio de 1935 figura la primera y única mujer opositora: María Consuelo Mendizábal Alvarez.
Durante el periodo de la guerra civil (1936-1939) no hubo convocatorias de oposiciones libres a Notarías.
Concluida la contienda el 2 de junio de 1944 se aprueba un nuevo Reglamento Notarial, al que se califica de definitivo en contraposición con el carácter provisional que atribuyó el legislador al de 1935.
Desde el punto de vista del objeto de este trabajo responde a la nueva visión política del papel de la mujer en la sociedad y para dejar las cosas claras, por encima de la vaguedad de las disposiciones legales anteriores a 1931, precisa que los que aspiren a ingresar en el Notariado deben reunir las condiciones de: ser español, varón y de estado seglar. Como excepción, y con el fin de respetar los derechos adquiridos, se establece una disposición transitoria que reconoce a las mujeres que hubieran figurado en las listas de opositores admitidos en las oposiciones celebradas con anterioridad el derecho a tomar parte excepcionalmente en las que se anunciaran a partir de la fecha de la entrada en vigor de la nueva, con un máximo de dos convocatorias.
Las tres primeras mujeres notarias fueron: Consuelo Mendizábal Alvarez, Margarita Baudín Sánchez y Carolina Bono Huerta, que ingresaron en 1942, 1944 y 1947, respectivamente.
Consuelo Mendizábal Alvarez se jubiló en 1983, siendo notaria de Madrid. Margarita Baudín se jubiló en 1984 siendo notaria de Barcelona. Carolina Bono Huerta se jubiló en 1988, siendo notaria de Colmenar Viejo.
Las tres desempeñaron ejemplarmente su profesión en absoluta igualdad y leal competencia con sus compañeros varones. En este sentido resulta paradójico que estas notarias si estaban casadas necesitaban licencia de su esposo para un numeroso elenco de actos civiles, administrativos y procesales, y sin embargo autorizaban a sus clientes, sin limitación legal ni incompatibilidad alguna, escrituras de licencia marital.
Todas ellas participaron activamente de las actividades corporativas haciendo presente en la sociedad española, en épocas bien difíciles, la presencia de la mujer en la actividad profesional y en el ejercicio de la función pública.
Valga nuestro reconocimiento y homenaje a ellas, que, a buen seguro, tuvieron que hacer un enorme esfuerzo y un sacrificio personal y familiar para abrirnos las puertas hasta llegar a la situación actual.
Desde el año 1947 hasta el año 1969 no ingresó ninguna mujer en el Notariado.

"La tendencia en las tres últimas oposiciones es que aprueba mayor número de mujeres que hombres"

Y eso que la situación cambió con la Ley 56/1961, de 22 de julio, sobre derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer, que permitió a las mujeres participar en oposiciones para la provisión de plazas de cualesquiera Administraciones Públicas, con la excepción de: su ingreso en el ejercito, salvo que por disposición expresa se concediera a la mujer el acceso a servicios especiales de los mismos; los Institutos y Cuerpos que impliquen utilización de las armas para el desempeño de sus funciones; la Administración de Justicia en los cargos de Magistrados, Jueces y Fiscales, salvo en las jurisdicciones tutelar de menores y laboral; y el personal titulado de la Marina Mercante, excepto las funciones sanitarias.
Y en este nuevo régimen jurídico ingresó en el año 1969 María Rosa Cameno Iglesias, y el año 1971 María Jesús Guardo Santamaría y poco a poco gradualmente fueron ingresando más mujeres en las sucesivas oposiciones, al principio en número pequeño y aumentando paulatinamente (cuatro en el año 1973, dos en el año 1975, dos en el año 1977, dos en 1978, once en el año 1979).
Debe hacerse notar que las mujeres han podido ejercer la profesión de notarios antes que la de magistrados, jueces y fiscales, lo que subraya el carácter siempre vanguardista del Notariado.
Y, hecho este breve repaso al inicio del acceso de la mujer a la profesión de notario, hay que tener en cuenta que el Notariado, fiel reflejo de la sociedad, ha experimentado rápidamente la gradual incorporación de mujeres hasta llegar a la situación actual en que de 2780 colegiados que es el número de notarios en España, 1819 son hombres y 961 son mujeres, por lo que representamos un porcentaje que se acerca al 35%.
Repasando las oposiciones de los últimos veinticinco años examinaremos el número de mujeres aprobadas en cada oposición: en el año 1995, de 59 plazas: 35 fueron para aspirantes hombres y 24 para aspirantes mujeres; en el año 1997, de 134 plazas: 80 fueron para aspirantes hombres y 54 para aspirantes mujeres; en el año 1998, de 134 plazas: 82 fueron para aspirantes hombres y 52 para aspirantes mujeres; en el año 2001, de 105 plazas: 63 fueron para aspirantes hombres y 42 para aspirantes mujeres; en el año 2002, de 100 plazas: 52 fueron para aspirantes hombres y 48 para aspirantes mujeres; en el año 2005, de 110 plazas: 52 fueron para aspirantes hombres y 58 para aspirantes mujeres (siendo esta la primera oposición en el que el número de mujeres aprobadas superó al de compañeros aprobados); en el año 2008, de 131 plazas: 68 fueron para aspirantes hombres y 63 para aspirantes mujeres; en el año 2009, de 151 plazas: 69 fueron para aspirantes hombres y 82 para aspirantes mujeres; en el año 2011, de 91 plazas: 48 fueron para aspirantes hombres y 43 para aspirantes mujeres; en el año 2014, de 90 plazas: 45 fueron para aspirantes hombres y 45 para aspirantes mujeres; en el año 2016, de 90 plazas: 41 fueron para aspirantes hombres y 49 para aspirantes mujeres; en el año 2018, de 85 plazas: 34 fueron para aspirantes hombres y 51 para aspirantes mujeres; en el año 2020, de 91 plazas: 37 fueron para aspirantes hombres y 54 para aspirantes mujeres; por lo que la tendencia en las tres últimas oposiciones es que aprueba mayor número de mujeres que hombres.
Llevado a porcentajes: el porcentaje de mujeres que han ingresado ha sido del 40,67%, 40,29% 38,80% ,40%, 48%, 52,72%, 48,09%, 54,30%, 46,23% 50%, 54,44%, 60% y 60,43%.

"El número total de notarias que forman parte de las Juntas Directivas asciende a 38 de un total de 123 miembros de Juntas Directivas, lo que representa un porcentaje de 30,89%"

En cuanto a las oposiciones entre notarios la proporción de mujeres aprobadas en las últimas convocatorias es la siguiente: 20,83% en la oposición 1997/1998; 31,25% en la oposición 2001/2002; 16,67% en la oposición 2004/2005; 42,85% en la oposición 2007/2008; 60% en la oposición 2010/2011; en la del año 2014/2015 no hubo ninguna mujer, si bien solo aprobaron dos compañeros; y finalmente, 50% en la oposición 2017/2018.
Y en el aspecto corporativo la primera mujer Decana fue Palmira Delgado Martín, Decana de Castilla-La Mancha, quien tomó posesión de su cargo a principios del año 2009. En la actualidad, tres de los actuales Decanos que integran la Organización del Notariado son mujeres: María Teresa Barea Martínez (Andalucía), María Isabel Valdés-Solís Cecchini (Asturias) y Carmen Rodríguez Pérez (Murcia); por otra parte todos los Colegios Notariales cuentan con notarias que forman parte de la Junta en el siguiente número: cuatro en Andalucía, tres en Aragón, dos en Asturias, tres en Cataluña, cuatro en Castilla y León, dos en Castilla-La Mancha, una en Extremadura, tres en Galicia, una en La Rioja, una en Islas Baleares, dos en Canarias, dos en Madrid, tres en Murcia, dos en Navarra, dos en el País Vasco, dos en Valencia y dos en Cantabria, incluso llegando a ser que en Galicia la Junta Directiva está compuesta la mitad por compañeros y la mitad por compañeras. El número total de notarias que forman parte de las Juntas Directivas asciende a 38 de un total de 123 miembros de Juntas Directivas, lo que representa un porcentaje de 30,89%.
La razón por la que todavía no existe paridad total en la composición de los órganos directivos se debe al hecho de que la mujer ha accedido con posterioridad al Notariado, pero poco a poco observamos que cada vez son más las compañeras que ocupan puestos en los órganos directivos del Notariado.
Y por lo que se refiere a las personas que trabajan en las Notarías, ya sean dirigidas por notarios o notarias, el porcentaje entre hombres y mujeres es prácticamente igual, desempeñando las mujeres tanto puestos de oficial como las restantes responsabilidades y en situación de idéntica igualdad con sus compañeros, en atención a sus méritos profesionales.

"Las tradicionales reivindicaciones que se han producido en otros ámbitos (discriminación en el ingreso al trabajo, menor salario, la consecución de menores puestos relevantes) no se dan en el ejercicio de la profesión notarial donde la igualdad es un hecho"

Comparando con otras profesiones, desde el punto de vista práctico, si bien es cierto que en las últimas décadas con carácter general se ha producido un notable incremento de la participación de la mujer en el mercado laboral también es cierto que se ha producido de distinta forma en los diferentes sectores económicos y ocupaciones, así las mujeres representan un porcentaje muy elevado -como reconoce el Instituto Nacional de Estadística- de la fuerza laboral de determinados sectores, como la sanidad, la educación, o el comercio al pormenor, mientras que los hombres ocupan la mayoría de los puestos de alta dirección y los trabajos manuales.
Estas diferencias son las que tratan de superar las políticas de empleo de los últimos años tanto en nuestro país como a nivel europeo, baste citar para ello el documento Europa 2020, uno de cuyos objetivos es promover la igualdad de género y mejorar la retribución y categoría de los trabajos realizados principalmente por mujeres.
Las tradicionales reivindicaciones que se han producido en otros ámbitos (discriminación en el ingreso al trabajo, menor salario, la consecución de menores puestos relevantes) no se dan en el ejercicio de la profesión notarial donde la igualdad es un hecho.
Las condiciones de acceso a la oposición son iguales para todos, mujeres y varones, y una vez se ingresa en el cuerpo la formación constante, nuestra dedicación y el trabajo diario en nuestras Notarías se realiza sin ninguna distinción por razón de género. La retribución se determina por un Arancel fijado por el Gobierno que vincula y se aplica en igualdad de condiciones por todos los notarios.
De todo lo anterior se puede comprobar la total incorporación de la mujer al Notariado, ya desde hace décadas, y así lo seguirá siendo en el futuro, como también sucede en otros ámbitos profesionales de nuestro país, por lo que podemos concluir que, si bien es cierto que aún queda camino para lograr la total integración laboral de la mujer en determinados ámbitos, también debemos celebrar que, en otros muchos, como es el del Notariado, esta incorporación es ya una realidad.

Palabras clave: Mujeres, Notariado, Igualdad.
Keywords: Women, Notarial profession, Equality,

Resumen

Hasta la Ley 56/1961, de 22 de julio, sobre derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer, las mujeres no pudieron ingresar en el Notariado, con carácter general, con la excepción de las tres primeras notarias de España: Consuelo Mendizábal Alvarez, Margarita Baudín Sánchez y Carolina Bono Huerta, que ingresaron en 1942, 1944 y 1947, respectivamente, y que habían solicitado el ingreso antes de la publicación del Reglamento Notarial, y en base a la disposición transitoria primera de dicho cuerpo legal, dictada con el fin de respetar los derechos adquiridos.
Desde ese momento, en un principio poco a poco, y en los últimos veinticinco años con más celeridad, la mujer ha ido ingresando en el Notariado hasta llegar a la situación actual en que representa un porcentaje de casi el 35%.
Esta incorporación se ha dado en los distintos ámbitos del Notariado: oposiciones libres, oposiciones entre notarios, participación en los órganos directivos, incluso es trasladable al personal de las Notarías.
Las tradicionales reivindicaciones que se han producido en otros ámbitos (discriminación en el ingreso al trabajo, menor salario, la consecución de menores puestos relevantes) no se dan en el ejercicio de la profesión notarial donde la igualdad es un hecho.

Abstract

Until Law 56/1961 of July 22 concerning women's political, professional and employment rights, women were generally unable to join the notarial profession, with the exception of Spain's first three female notaries: Consuelo Mendizábal Alvarez, Margarita Baudín Sánchez and Carolina Bono Huerta, who joined in 1942, 1944 and 1947, respectively, who had applied to join before the Notarial Regulations were published, and subject to the legal body's first temporary provision, which was issued in order to observe rights that has previously been acquired.
Since then, at first gradually, and more quickly over the last twenty-five years, women have joined the notarial profession to the extent where they now account for almost 35% of notaries.
This inclusion has taken place in the different spheres of the notarial profession: free competitive public examinations, competitive public examinations among notaries, participation in governing bodies, and can even be applied to staff in notarial offices.
The traditional complaints that have arisen in other areas (discrimination in employment, lower salaries, the glass ceiling) do not apply in the notarial profession, where equality is a fact of life.

 

 

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