Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil
REVISTA110

ENSXXI Nº 114
MARZO - ABRIL 2024

IGNACIO GOMÁ
Notario de Madrid

LA CUESTIÓN CATALANA

Un apotegma es un dicho breve y sentencioso, generalmente proferido o escrito por un personaje célebre. Vale, no soy célebre, pero es que me apetece titularlo así porque creo útil lanzar una serie de ideas breves que pienso se deberían tener en cuenta a la hora de afrontar la cuestión conflictiva catalana. Ahora bien, mi intención no es ser sentencioso y parcial, sino práctico y breve y a la vez neutral en lo posible, pues la segunda originalidad de este post es que quisiera usar mi afición por la resolución alternativa de conflictos –sobre todo la mediación, usadas habitualmente en los conflictos civiles y mercantiles entre particulares y sociedades- para enfocar el problema desde una perspectiva más amplia que la puramente constitucional o legal. Cuidado, no se confundan, el enfocar los problemas desde esta perspectiva no significa que tengamos que olvidarnos de la ley ni de la historia. No, se trata de abordar la cuestión de una manera que nos permita descubrir cuál es el verdadero problema –los verdaderos intereses- más allá de las posiciones que se muestran. Esta es una distinción clave en cualquier conflicto: lo que digo que quiero ¿es lo que realmente necesito? Discutir sobre posiciones produce acuerdos poco aconsejables y pone en peligro una relación preexistente: el ego se identifica con las posiciones y ello impulsa a olvidar los verdaderos intereses, que es lo que realmente queremos y necesitamos.
Pues bien, hagamos el ejercicio de aplicar a este conflicto político las técnicas y fases de los procedimientos de resolución de conflictos, comenzando por preguntarnos: ¿es realmente la independencia lo que quiere Cataluña? ¿Le conviene a España mantener esta situación indefinidamente? En todo planteamiento de este tipo hay varias fases que voy a completar por vía de apotegmas que nos permitan centrar brevemente la cuestión. Son mis apotegmas, claro: seguramente se pueden añadir más o quizá algunos sean falsos, pero vamos allá.

"Un apotegma es un dicho breve y sentencioso, generalmente proferido o escrito por un personaje célebre y creo útil lanzar una serie de ideas breves que se deberían tener en cuenta a la hora de afrontar la cuestión conflictiva catalana"

En toda negociación hay, primero, una fase de recogida de información, y ello me sugiere:
Existe una cuestión catalana, y hay que “conllevarla”. Decía Ortega: “Yo sostengo que el problema catalán, como todos los parejos a él, que han existido y existen en otras naciones, es un problema que no se puede resolver, que sólo se puede conllevar” (Discurso en las Cortes Españolas el 3 de mayo de 1932 )
Bueno, quizá Ortega no hizo el curso de mediación, pero en todo caso hay una realidad que no debemos olvidar: el problema catalán no lo ha inventado Mas, lleva paseando por España mucho tiempo y, aunque es indudable tiene hoy un buen porcentaje de artificial e inducido, no es buen enfoque para solucionarlo negar su existencia.
España existe, mal que pese. Porque, por mucho que alteremos la historia, es muy difícil negar una convivencia secular que genera vínculos mutuos cuya ruptura no puede ser sino traumática. Además, cabe decir que España es el primer estado moderno, sin negar la existencia de particularidades regionales muy importantes, (aunque sin dar lugar un estado como tal en Cataluña). Por ello, cualquier negociación sobre el asunto, debe tener en cuenta esta realidad y que la única interesada en esta cuestión no es sólo Cataluña.
Otra fase es la de identificación de los temas a tratar:
El dinero importa, pero no es lo único. No hace falta pedir la independencia para percatarse de que puede haber demandas lógicas. Si una zona del territorio –Cataluña o la que sea- aporta mucho dinero al común y otras reciben mucho (ya sé que no contribuyen territorios sino personas, pero entiendan la idea) no es ilícito o inmoral plantearse y discutir cuantías e incluso si el uso que otras autonomías hacen es útil y eficiente (eso de bajar los impuestos cuando estás subvencionado). Eso habrá que valorarlo con datos objetivos. Ahora bien, conviene no olvidar que muchas cuestiones que enturbian las relaciones no son materiales, sino sentimentales.
El Título VIII de la Constitución fue una huida hacia adelante. Mucha gente coincidirá en que en la Transición hubo que salir del paso de este problema y se formalizó un diseño híbrido, posteriormente convertido en un “café para todos”, que no convence a nadie y que en la práctica ha supuesto un importante desapoderamiento del Estado y un goteo incesante de competencias a las comunidades más reivindicativas favorecido  por la existencia las mayorías minoritarias en el parlamento español que inducía a buscar apoyos para el gobierno en formaciones nacionalistas, sin que ello apaciguara en absoluto las reivindicaciones de éstas. El sistema es ineficiente y es preciso revisarlo para buscar fórmulas que permitan un encaje mejor, aunque, eso sí, siguiendo el procedimiento legal correspondiente y contando con el concurso de todos los interesados.
Luego hay una fase de generación de alternativas, en la que hay que tener en cuenta algunos límites:
Dura lex, sed lex. Que se aplique la ley es importante: en un Estado de Derecho, como mil veces repetimos en este blog, es una irresponsabilidad prescindir de las reglas, porque eso alienta el caos, y con él, la injusticia. Si se permite incumplir la ley a algunos, cabría pensar que todos estaríamos legitimados para incumplirla cuando nos viniera bien. Por tanto, no se pueden permitir de ningún modo referéndums ilegales, porque eso pone en juego la igualdad de todos ante la ley.
El derecho a decidir lo decidimos todos. La apelación a la democracia o al voto popular no es suficiente, porque esa voluntad popular, caso de haberla, no debe tener relevancia en una democracia avanzada (o sin avanzar) si no se expresa en la forma legalmente establecida, que es lo que la hace válida; no supone excepción la alegación de derechos supralegales como el derecho de autodeterminación, pensado para situaciones coloniales que no se dan en este caso.

"Hagamos el ejercicio de aplicar a este conflicto político las técnicas y fases de los procedimientos de resolución de conflictos, comenzando por preguntarnos: ¿es realmente la independencia lo que quiere Cataluña? ¿Le conviene a España mantener esta situación indefinidamente?"

Las terceras vías son para los ferrocarriles. En un Estado de Derecho no se debería negociar con una persona concreta, ni tampoco con una autonomía, nación o como quieran llamarlo, sobre la legislación vigente. Ello genera normas “especiales” y con ello desigualdad y desafección en el cumplimiento de las normas. Si hay que generar alternativas, ha de contarse con todos los españoles y con luz y taquígrafos: nada de componendas o de librar a Pujol o tapar otras corrupciones por parar esto. Cojamos el toro por los cuernos.
La ley no soluciona todos los problemas reales. Quizá la actitud silente de Rajoy tenga una virtud: no haber empeorado el problema, lo que no es poco, dada la provocación que supone la dinámica secesionista. Pero no hay que olvidar que el problema es real, y no basta con recursos y leyes: se necesita política, política de la buena.
Ahora bien, en toda negociación hay reducir los elementos emocionales y buscar los datos objetivos:
Los nacionalismos son emociones, a veces patológicas. Querer a tu madre está bien, pero un amor excesivo puede hacernos distorsionar la realidad. Ninguna reforma puede hacerse en un momento de crisis emocional, propiciada por una huida hacia adelante del nacionalismo; si a ello se une el control político que las autoridades autonómicas tienen sobre la educación y los medios, difícilmente podemos entender que haya hoy la serenidad y la información cierta que estas decisiones exigen.
Más vale un dato que mil emociones. Discutamos sobre bases objetivas. Veamos si realmente existen esos deficits y cuál es su entidad, sin olvidar que en una comunidad la solidaridad entre los diversos miembros es obligada. Olvidemos el Espanya ens roba –y lo que se considere equivalente del “unionismo”- y centrémonos en la realidad.
En una negociación es fundamental saber cuál es nuestro BATNA (Best Alternative to a Negotiate Agreement), es decir, cuál es nuestra alternativa a la falta de acuerdo:
En estas rupturas, a corto plazo, probablemente pierden todos. Las pérdidas económicas y de sinergias y la pertenencia a la Unión Europea se deben tenerse muy presentes. Quizá al cabo de un tiempo alguno rehaga su vida y salga ganando, pero hay que estar muy seguro de que la convivencia es imposible y de cuáles son las opciones. Y, cuidado, una independencia puede no corresponder a la configuración actual de Cataluña: quizá partes de ella también quieran decidir.
En todo caso, en la resolución de los conflictos es preciso buscar soluciones que satisfagan a todos y comprobar que la solución es estable:
Si queremos que perdure un acuerdo, hay que abrir la mente. No haremos nada si seguimos con los esquemas de siempre: sólo “conllevar” el problema, tal y como decía Ortega. Y probablemente tenga algo de razón, situaciones complejas exigen soluciones complejas, quizá en un constante reequilibrio. Por ello, quizá lo que hay que replantearse es la organización territorial del Estado, abarcando la posibilidad de una limitación de las autonomías, un estado federal y también una posible independencia.
Al final, si crees en la democracia, es mejor preguntar. Ha ocurrido en Canadá y va a ocurrir en el Reino Unido, y nosotros no somos distintos. Claro que no se trata de preguntar cuando Mas quiera y lo que ERC decida, sino de abrir la posibilidad para que ello ocurra de una manera leal y de buena fe y con la voluntad informada de todos los interesados.

"El sentido común sí me dice que no se puede tolerar la amenaza soberanista que representa la consulta ilegal o una declaración unilateral, y que hay que utilizar todos los medios para impedirla; pero que tenemos un problema de fondo que hemos de resolver"

Es decir, ha de haber reglas claras, momentos establecidos, preguntas no ambiguas, información suficiente y veraz, ausencia de coacción y de sentimientos exaltados. Conviene recordar al efecto Ley de la Claridad canadiense2. El Gobierno Federal canadiense, después de dos consultas fallidas pero muy traumáticas realizadas en Quebec, decidió acudir en consulta al Tribunal Supremo sobre las condiciones de un posible tercer referéndum. En su dictamen de 1998 el TS fija varios puntos clave: 1) Recoge la doctrina internacional clásica respecto al derecho de autodeterminación, considerándolo limitado a las situaciones coloniales. 2) Pero si somete a referéndum una pregunta clara (requisito no cumplido en los dos referéndums anteriores), a la que respondiera favorablemente una clara mayoría de quebequeses, existiría una obligación constitucional de negociar las reformas legales que permitieran abrir ese camino. 3) En todo caso, ese resultado debería conseguirse a través de un proceso de negociación basado en la buena fe y el respeto a la democracia y al Estado de derecho. Y tal negociación tendría que comprender cuestiones sumamente difíciles y complejas como las fronteras, en caso de que algunas zonas quisieran seguir unidas a Canadá.
Ese dictamen fue recogido luego en la llamada Ley de la Claridad del año 2000 en la que se reconoce la divisibilidad del país, se establecen las circunstancias, se prohíben referéndums sin que el gobierno federal controle la claridad de la pregunta, impidiendo así ambigüedades, y fijando puntos esenciales que deben figurar en la negociación, como la repartición de activo y pasivo, modificaciones de la frontera del territorio que se separa y la protección de los intereses de las minorías, entre otros. Los efectos han sido beneficiosos porque ni se ha intentado el tercer referéndum, ni el nuevo gobierno nacionalista ha manifestado su intención de intentarlo, ni la negociación de “contrapartidas por quedarse” está ya en las agendas políticas.
Abrámonos al razonamiento, pero no cedamos a la presión injusta. Hemos recogido información y generado algunas alternativas en un ejercicio que espero que les resulte interesante, aunque quizá sea incompleto o parcial. Ahora, ¿qué soluciones se podrían alcanzar? No es cuestión de sugerirlas yo, pero el sentido común (y los principios de la negociación por principios –Fisher, Ury y Patton en “Obtenga el sí”- encarnados en el apotegma que abre este párrafo) sí me dice que no se puede tolerar la amenaza soberanista que representa la consulta ilegal o una declaración unilateral, y que hay que utilizar todos los medios para impedirla; pero que tenemos un problema de fondo que hemos de resolver; y que esa resolución tiene que ser democrática, conforme al Estado de Derecho, libre, informada y de buena fe.
Ahora bien, hay un apotegma final: los políticos no ven más allá de cuatro años. Es decir: ¿están preparadas nuestras élites políticas catalanas y españolas en general para enfrentar un problema como este a largo plazo? ¿Son sus verdaderos intereses coincidentes con los de la población a quien sus decisiones van a afectar? Este es el elemento que más me preocupa: si quienes tienen que resolver el problema quieren realmente hacerlo. Pero esto es harina de otro costal.

1 El presente artículo es una reproducción, con algunas adaptaciones, de la entrada que publiqué el pasado 11 de septiembre en el blog ¿Hay Derecho?
2 En la entrada en ¿Hay Derecho? me remitía a otra entrada de Fernando Rodríguez Prieto titulada “El Derecho de secesión y sus límites. El ejemplo canadiense” que en el texto escrito en la revista no cabe hacer. Por ello introduzco una breve referencia en el texto y menciono aquí el enlace donde se puede leer en su integridad: http://hayderecho.com/2012/09/14/el-derecho-de-secesion-y-sus-limites-el-ejemplo-canadiense/

Palabras clave: Cataluña, Mediación, ADR, Apotegma.
Keywords: Catalonia, Mediation ADR, Apothegm.

Resumen

El autor intenta abordar la cuestión catalana, hoy en plena ebullición, desde una perspectiva distinta y con dos herramientas diferentes: por un lado, con la aplicación de las técnicas de la resolución alternativa de conflictos (las llamadas ADRs), usadas habitualmente en los que se producen entre particulares y sociedades en el ámbito civil y mercantil y que, al menos como modo de disposición mental, cabría traer a colación a otros conflictos; por otro, mediante el uso de apotegmas, o frases breves, que pretenden centrar rápidamente una cuestión sin duda muy compleja. La conclusión que proporciona el autor, después de intentar marcar las diversas fases del procedimiento de la mediación, parte de considerar que es compatible el cumplimiento de la ley y el respeto al Estado de Derecho con una disposición abierta para resolver en el futuro una cuestión que realmente existe y no es de ahora.

Abstract

The author tackles with the Catalonian issue, nowadays causing turmoil, from a different perspective and using two differentiated tools. On the one hand he considers the application of the alternative conflict resolution-techniques (the so called ADRs), mostly used in conflicts between corporations and private citizens in the civil and commercial sphere. In his opinion we should perform at least the mental exercise of applying them to solve other kind of conflicts. On the other hand he proposes the use of apothegms, or short statements, to center quickly a very complex issue. After describing the different phases of the mediation procedure he concludes that law-enforcement and respect for the rule of law are compatible with an open disposition to solve in the future a real and old issue.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo