DERECHO CIVIL
CONTRATOS
No cabe ceder la posición contractual de arrendatario financiero en un leasing cuando se prohíbe expresamente con carácter real La prohibición de disponer inscrita delimita el contenido del contrato teniendo naturaleza real. Sin embargo, podría tener carácter obligacional si lo fuera por su naturaleza, o bien por deducirse así del contenido del pacto, y esa naturaleza personal no se alteraría por el hecho de su inscripción NO CABE LA CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL EN UN LEASING CUANDO SE PROHÍBE EXPRESAMENTE CON CARÁCTER REAL Se discute si es inscribible una cesión de un arrendamiento financiero a un tercero constando inscrito en el Registro de la Propiedad la siguiente cláusula: “el arrendatario financiero no podrá, sin el previo consentimiento expreso y escrito del arrendador financiero, ceder, vender, traspasar o aportar, total o parcialmente, los derechos que a su favor dimanen del contrato de arrendamiento financiero inmobiliario, aunque se tratase de sucesor o continuador de su negocio”. |
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LAS ESCRITURAS DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA SON DOCUMENTOS “DE CUANTÍA”
Decenas de resoluciones del Sistema Notarial de la Dirección General han resuelto finalmente el problema de la minuta de honorarios por las escrituras de cancelación de hipoteca.
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