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REVISTAN69-PRINCIPAL

ENSXXI Nº 69
SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2016

MADRID

VOLUNTARIADO
Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid. BOCM 3-3-2015. Ir a la Disposición.

Tiene por objeto promover y fortalecer el voluntariado, así como crear el marco idóneo para que las relaciones que puedan establecerse entre los destinatarios de las actividades de voluntariado, los voluntarios, las organizaciones de voluntariado y las Administraciones públicas contribuyan de manera óptima al bienestar social. Se permite el voluntariado a los menores de edad no emancipados, previa autorización expresa de sus padres, tutores o de la institución que los tenga a su cargo.

ANDALUCÍA

PRESUPUESTOS 2015
Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015. BOJA 31-12-2014. Ir a la Disposición.

En el número anterior se reseñó la presente ley, si bien no se hizo referencia a que, además de aprobar los presupuestos para el presente año, se adoptan una serie de medidas fiscales sobre tributos propios y cedidos. Así, en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se perfecciona la redacción de la reducción por adquisición «mortis causa» por sujetos pasivos con discapacidad, con el objetivo de reforzar la seguridad jurídica de quienes deban aplicar esta reducción. Y en cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se establece una bonificación del 100% de la cuota tributaria en la modalidad de TPO para la constitución y ejercicio de una opción de compra en contratos de arrendamiento vinculados a determinadas operaciones de dación en pago.

COOPERATIVAS
Orden de 30 de enero de 2015, por la que por la que se establecen el calendario, los requisitos y el procedimiento a los que deberá ajustarse la adaptación de los Estatutos de las entidades Cooperativas Andaluzas a la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y al Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto 123/2014, de 2 de septiembre, y se aprueban los modelos previstos en la referida Ley para la constitución simplificada de dichas Sociedades. BOJA 9-2-2015. Ir a la Disposición.

SUELOS CONTAMINADOS
Decreto 18/2015, de 27 de enero, por el que se aprueba el reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados. BOJA 25-2-2015. Ir a la Disposición.

ARAGÓN

MEDIACIÓN
Decreto 12 /2015, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crean el Centro Aragonés de Coordinación en Materia de Mediación y el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de Aragón y se establecen medidas de fomento de la mediación. BOA 18-2-2015. Ir a la Disposición.

Son sujetos inscribibles, según el presente Decreto, por lo que a personas físicas se refiere, los siguientes: las personas físicas que se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y que cuenten con la titulación y formación específica para ejercer la actividad de mediación.

MEDIDAS URGENTES: DAÑOS CAUSADOS POR LAS INUNDACIONES
Decreto-Ley 1/2015, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón por los desbordamientos acontecidos en la cuenca del río Ebro durante la última semana del mes de febrero y primeros días del mes de marzo de 2015. BOA 10-3-2015. Ir a la Disposición.

Orden de 9 de marzo de 2015, del Consejero de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo, de 9 de marzo de 2015, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas excepcionales en relación con las inundaciones producidas por los desbordamientos en la cuenca del Ebro durante la última semana del mes de febrero y primeros días del mes de marzo de 2015. BOA 10-3-2015. Ir a la Disposición.

ASTURIAS

PERIODISTAS
Ley del Principado de Asturias 2/2015, de 20 de febrero, de Creación del Colegio Profesional de Periodistas. BOPA 4-3-2015. Ir a la Disposición.

BALEARES
     
FACTURA ELECTRÓNICA
Decreto 3/2015, de 30 de enero, por el que se regula la facturación electrónica de los proveedores de bienes y servicios en el ámbito de sus relaciones con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. BOIB 31-1-2015. Ir a la Disposición.

CANARIAS

URBANISMO: PROTECCIÓN DEL TERITORIO Y MEDIO AMBIENTE
Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales. BOC 5-1-2015. Ir a la Disposición.

Importante ley que introduce modificaciones en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo). Se promulga con la finalidad de simplificar y clarificar el sistema territorial y urbanístico canario, precisando el objeto de la planificación insular y reconduciéndola a sus justos límites en su relación con los instrumentos de planificación urbanística, los cuales no pueden ver suplantada su función de ordenación del término municipal por aquellos. Se establece de forma taxativa que la formulación de los instrumentos de planificación territorial y urbanística, cuando no sea efectuada por los propios medios técnicos de la administración pública, sea realizada por un equipo redactor externo a través de un contrato de servicios previa licitación. Se extiende el principio de equidistribución también a los propietarios de suelos configurados como sistemas territoriales lo cual persigue asociar de forma efectiva a los propietarios de suelos rústicos con valores naturales o culturales en la consecución de un desarrollo sostenible, y responde a la necesidad de reducir las cargas impuestas por la función social de la propiedad sobre los propietarios de suelo rústico con valores naturales o culturales necesitados de protección ambiental, con el fin de que esas cargas no puedan considerarse excesivas y desproporcionadas.

DIGNIDAD ANTE LA MUERTE
Ley 1/2015, de 9 de febrero, de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida. BOC 13-2-2015. Ir a la Disposición.

La ley tiene como objeto regular el ejercicio de los derechos de la persona durante el proceso final de su vida, los deberes del personal sanitario que atiende a estos pacientes, así como las garantías que las instituciones sanitarias estarán obligadas a proporcionar con respecto a ese proceso.

TRANSPARIENCIA EN EL SECTOR PÚBLICO
Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. BOC 9-1-2015. Ir a la Disposición.

PRESTACIÓN DE INSERCIÓN
Ley 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción. BOC 13-2-2015. Ir a la Disposición.

TRIBUNAL DE CONTRATOS PÚBLICOS
Decreto 10/2015, de 12 de febrero, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias. BOC 20-2-2015. Ir a la Disposición.

CANTABRIA

PAISAJE
Ley 4/2014, de 22 de diciembre, del Paisaje. BOC 29-12-2014. Ir a la Disposición.

La presente Ley tiene por objeto el reconocimiento jurídico, así como la protección, gestión y ordenación del paisaje de Cantabria, en atención a sus valores naturales, patrimoniales, científicos, económicos y sociales. En concreto, propone un conjunto de instrumentos adecuados para alcanzar los objetivos de conservación y gestión, como son las Directrices y los Estudios de Paisaje.

CASTILLA-LA MANCHA

MEDIACION FAMILIAR
Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. DOCM 23-2-2015. Ir a la Disposición.

La presente ley tiene por objeto integrar, en una única norma, los distintos ámbitos sociales y familiares de la mediación, concibiéndola para ello con carácter amplio y general, como un método de resolución extrajudicial de conflictos entre sujetos de Derecho, a través de la labor conciliadora de una tercera parte: la persona mediadora, que interviene con carácter neutral e imparcial respecto a las partes en controversia, al objeto de alcanzar un acuerdo que satisfaga de forma ecuánime los intereses de uno y otro.

CAZA
Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. DOCM 12-3-2015. Ir a la Disposición.

IMPUESTOS: MEDIOS DE VALORACIÓN 2015
Orden de 17/02/2015, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2015. Ir a la Disposición.

CASTILLA Y LEÓN

RENTA GARANTIZADA
Ley 1/2015, de 4 de marzo, de modificación del Decreto Legislativo 1/2014, de 27 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación esencial de Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León. BOCYL 12-3-2015. Ir a la Disposición.

CONSUMIDORES: ESTATUTO
Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. BOCYL 12-3-2015. Ir a la Disposición.

TRANSPARENCIA
Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León. BOCYL 12-3-2015. Ir a la Disposición.

EXPLOTACIONES AGRARIAS: REGISTRO
Decreto 19/2015, de 5 de marzo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León. BOCYL 6-3-2015. Ir a la Disposición.

CATALUÑA

DEMARCACIÓN NOTARIAL: REVISIÓN
Decreto 33/2015, de 10 de marzo, de revisión de la demarcación notarial de Cataluña. DOGC 12-3-2015. Ir a la Disposición.

El Real decreto 140/2015, de 6 de marzo, ha modificado la demarcación notarial que aprobó el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, la cual tenía su origen en una situación económica expansiva radicalmente opuesta a la actual. Ahora, como ya se ha expuesto en el correspondiente resumen de legislación estatal, esta nueva demarcación notarial trata de adaptar ésta a la situación económica y social actual, que ha comportado una reducción notoria y constante del número de transacciones realizadas.
Con respecto a la demarcación notarial en el territorio de Cataluña, dadas las competencias ejecutivas atribuidas por el Estatuto de autonomía de Cataluña, el Real decreto 140/2015 sólo establece los criterios generales para la demarcación y fija el número y clasificación de notarías en Cataluña. En consecuencia, corresponde a la Generalitat determinar la demarcación notarial para el territorio de Cataluña en atención a las necesidades del servicio público notarial. Y esto es lo que se lleva a cado en el presente decreto, mediante la supresión de 66 notarías y la determinación en su anexo del número y residencia de los notarios y clasificación de las notarías de Cataluña.

MEDIDAS FISCALES
Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas. DOGC 13-3-2015. Ir a la Disposición.

En materia tributaria apenas hay novedades. Tan solo destacar una única sección referida al cumplimiento de obligaciones formales en el ITPAJD. Así, en la presentación de la autoliquidación del tributo que grava la constitución de arrendamientos sobre bienes inmuebles, se reduce la carga administrativa del contribuyente, que no deberá presentar a la Administración tributaria el documento con el que se haya formalizado el contrato en los casos en que este se haya presentado al Instituto Catalán del Suelo.
Por lo demás, entre otras modificaciones, destacamos las siguientes:
- Se modifica el texto refundido de la Ley de patrimonio de la Generalitat de Cataluña, con el objetivo de regular y agilizar la aceptación de herencias en favor de la Generalitat.
- En materia de vivienda, se modifica la Ley del derecho a la vivienda, para ampliar hasta el 1 de enero de 2016 el plazo de exigencia del certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas.
- En materia de urbanismo, se modifican varios artículos del texto refundido de la Ley de urbanismo, debiendo mencionarse especialmente la determinación de la compatibilidad en suelo no urbanizable de la vivienda de uso turístico con el uso de vivienda familiar legalmente implantado. También se incluyen medidas que afectan a la ordenación ambiental.
- Se modifica el Código de consumo de Cataluña, con el fin de reducir el importe de las sanciones en determinadas circunstancias, como la conformidad con la propuesta de resolución del presunto infractor o el pago en un plazo de quince días desde la notificación de esta o de la resolución
- Y se crea una prestación de servicio de derecho subjetivo, de carácter temporal, para atender necesidades básicas de alimentación de personas y familias en situación de urgencia social y que necesitan ayuda para la subsistencia.

VALLE DE ARÁN
Ley 1/2015, de 5 de febrero, del régimen especial de Arán. DOGC 13-2-15. La presente ley establece el régimen especial propio de Arán, con el objetivo de proteger su carácter singular, sus derechos históricos y su identidad nacional, que son reconocidos, amparados y respetados por el Estatuto de Autonomía de Cataluña. El régimen especial reconoce el derecho y la realidad de la organización institucional, política y administrativa de Arán y garantiza sus competencias, recursos y autonomía para ordenar, gobernar y gestionar los asuntos públicos y los intereses generales de su territorio. Ir a la Disposición.

Se dispone que Arán es una realidad nacional occitana, dotada de identidad cultural, histórica, geográfica y lingüística, defendida por los araneses a lo largo de los siglos, reconocida por el Estatuto de Autonomía de Cataluña como entidad territorial singular formada por la agrupación de «terçons», con personalidad jurídica propia y plena capacidad y autonomía para la gestión de los intereses propios de la comunidad política a la que representa, que ejerce mediante el Consejo General de Arán y las demás instituciones de autogobierno que regula la presente ley.

PRESUPUESTOS
Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015. DOGC 13-3-2015. Ir a la Disposición.

AGENCIA TRIBUTARIA: DECLARACIÓN INFORMATIVA NOTARIAL
Orden ECO/5/2015, de 13 de enero, por la que se regulan el alcance y el contenido de la declaración informativa resumen de las escrituras públicas y el procedimiento para hacer el envío telemático, y se modifica el apartado 3 del artículo 14 de la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña. DOGC 16-1-2015. Ir a la Disposición.

DEMARCACIÓN REGISTRAL: NUEVO APLAZAMIENTO
Orden JUS/15/2015, de 15 de enero, por la que se dispone un nuevo aplazamiento de la ejecución de la demarcación registral aprobada por el Real decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles. DOGC 28-1-2015. Ir a la Disposición.

SECTOR PÚBLICO: REGISTRO
Orden ECO/22/2015, de 26 de enero, por la que se regula el Registro del sector público de la Generalidad de Cataluña. DOGC 5-2-2015. Ir a la Disposición.

EXTREMADURA

MEDIDAS TRIBUTARIAS
Ley 1/2015, de 10 de febrero, de medidas tributarias, administrativas y financieras de la Comunidad Autónoma de Extremadura. DOE 11-2-2015. Ir a la Disposición.

En materia de tributos cedidos, destacamos las siguientes novedades:
- En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se modifica la escala autonómica de tipos de gravamen en la misma línea aprobada por el Estado, al rebajar los tipos. Y se crean cuatro nuevas deducciones en la cuota íntegra autonómica del Impuesto: una para el supuesto de familiares discapacitados a los que se les ha reconocido el derecho a una ayuda a la dependencia pero que aún no la perciben efectivamente, otra por arrendamiento de vivienda habitual y otras dos por las cantidades invertidas en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o de una segunda residencia.
- En cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se prevé una medida novedosa en la legislación autonómica comparada, consistente en la posibilidad que se otorga a los contribuyentes de afectar la cuota tributaria de sus declaraciones a una finalidad específica: financiar programas de ayuda a la inversión de pequeñas y medianas empresas extremeñas.
Por lo que se refiere a los tributos propios, se recoge la medida por la que se reducen en un 50% los impuestos autonómicos a todos los sujetos pasivos que se instalen en Extremadura y a los que realicen nuevas inversiones o ampliaciones en la Comunidad.
Por otro lado, se establecen una serie de medidas de control para facilitar la adecuada aplicación de los tributos y de lucha contra el fraude. Así, en el Impuesto sobre Sucesiones se amplía el plazo de tramitación del procedimiento iniciado por declaración, de manera que las actuaciones de cuantificación de la obligación tributaria tengan una fecha previsible de liquidación, sobre todo en los casos de mayor complejidad. En el Impuesto sobre la Renta, se exige mantener durante un periodo de tiempo mínimo la documentación justificativa del derecho a la aplicación de determinadas deducciones autonómicas. A los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se crean cuatro censos: el censo de empresarios y entidades dedicados a la realización de subastas de bienes muebles e inmuebles, el censo de empresarios dedicados a la compraventa de vehículos usados, el censo de empresarios dedicados a la compraventa de objetos fabricados con metales preciosos y el censo de empresarios dedicados a la compraventa de bienes muebles usados. Y aplicable a los Impuestos sobre Transmisiones y Sucesiones, se determina el porcentaje que se podrá aplicar en la comprobación de valor de empresas, negocios, participaciones en entidades y en general cualquier otra forma de actividad económica, cuando se utilice un sistema de capitalización.
En el título dedicado a las medidas financieras, se contiene, en primer lugar, la regulación completa del procedimiento de derivación de responsabilidad con el fin de asegurar el cobro de las deudas no tributarias. En segundo lugar, se articulan una serie de medidas con las que se pretende dotar de cobertura jurídica a la actuación administrativa de recaudación ejecutiva de todos los ingresos de derecho público y no solamente a los ingresos de naturaleza tributaria como hasta ahora.
 
GALICIA

AGUAS: REGLAMENTO
Decreto 1/2015, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la planificación en materia de aguas de Galicia y se regulan determinadas cuestiones en desarrollo de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia. DOG 16-1-2015. Ir a la Disposición.

IMPUESTO SOBRE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA
Decreto 9/2015, de 22 de enero, por el que se modifica el Reglamento del impuesto sobre la contaminación atmosférica, aprobado por el Decreto 29/2000, de 20 de enero. DOG 30-1-2015. Ir a la Disposición.

MUNICIPIOS TURÍSTICOS
Decreto 32/2015, de 19 de febrero, por el que se regula la declaración de municipio turístico. DOG 2-3-2015. Ir a la Disposición.

LA RIOJA

EMPLEO PÚBLICO 2015
Decreto 4/2015, de 13 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015. BOR 18-2-2015. Ir a la Disposición.

AYUDAS AL ALQUILER
Orden 1/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se modifica la Orden 3/2014, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en la Comunidad Autónoma de La Rioja de las ayudas al alquiler de vivienda del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. BOR 20-2-2015.  Ir a la Disposición.

NOTIFICACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA.
Orden 2/2015, de 17 de febrero, por la que se regula el sistema de notificaciones electrónicas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus Organismos Públicos mediante dirección electrónica habilitada. BOR 18-2-2015. Ir a la Disposición. Corrección de errores BOR 27-2-2015. Ir a la Disposición.

MURCIA
     
VIVIENDA PROTEGIDA
Decreto n.º 5/2015, de 30 de enero, por el que se regula el Plan Regional de Rehabilitación y Vivienda 2014-2016. BORM 3-2-2015. Ir a la Disposición.

En ejecución del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016, se establecen en este decreto condiciones para el acceso a la vivienda protegida, tanto en régimen de propiedad como de arrendamiento, dirigidas a sectores con menores ingresos y a familias que las destinen a residencia habitual y permanente y que no dispongan de otra vivienda. Esta vivienda cuenta con un régimen de protección en consonancia con la protección del suelo sobre el que se edifique y unos precios de venta y renta máximos mientras dure este régimen, que garantizarán el acceso a las mismas de dichos sectores de población.

MEDIDAS TRIBUTARIAS
Ley 1/2015, de 6 de febrero, de modificación de la Ley 8/2014, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias, de Simplificación Administrativa y en materia de Función Pública. BORM 11-2-2015. Ir a la Disposición.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Ley 4/2015, de 3 de marzo, de perros de asistencia para personas con discapacidad. BORM 5-3-2015. Ir a la Disposición.

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS 2015
Orden de 3 de febrero de 2015 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en 2015. BORM 10-2-2015. Ir a la Disposición.

NAVARRA

COOPERATIVAS
Ley Foral 2/2015, de 22 de enero, de microcooperativas de trabajo asociado. BON 2-2-2015. Ir a la Disposición.

El objeto de esta ley foral es fomentar y favorecer la creación de micropymes bajo el modelo de sociedad cooperativa de trabajo asociado, como base para el crecimiento y desarrollo futuro del tejido empresarial cooperativo de Navarra, en su condición de modelo generador de empleo de calidad. La microcooperativa es aquella sociedad cooperativa de primer grado perteneciente a la clase de las de trabajo asociado cuyo régimen jurídico se regula en virtud de la presente ley foral como especialidad de la sociedad cooperativa. La constitución, adaptación o transformación de otra entidad en microcooperativa requerirá escritura pública e inscripción en el Registro de Cooperativas de Navarra.

CONTRATOS PÚBLICOS
Ley Foral 1/2015, de 22 de enero, por la que se modifica la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, para la introducción de cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas. BON 2-2-2015. Ir a la Disposición.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Ley Foral 3/2015, de 2 de febrero, reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia. BON 17-2-2015. Ir a la Disposición.

PAÍS VASCO

IRPF
Norma Foral 14/2014, de 10 de diciembre, de la Diputación Foral de Guipúzcoa, por la que se establece un tratamiento tributario alternativo para determinadas situaciones postlaborales. BOPV 26-1-2015. Ir a la Disposición.

Se establece una normativa específica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para atender situaciones extraordinarias y amparar a los contribuyentes de menor capacidad económica de las consecuencias desproporcionadas que pueden derivarse para los mismos, consecuencia de los efectos de la crisis económica que ha producido en las personas empleadas en el capital y la gestión de las empresas.

IMPUESTOS
Norma Foral 17/2014, de 16 de diciembre, de correcciones técnicas y otras adaptaciones tributarias de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, sobre el Impuesto de Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa. BOPV 30-1-2015. Ir a la Disposición.

Norma Foral 18/2014, de 16 de diciembre, de correcciones técnicas de la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa y otras modificaciones tributarias. BOPV 3-2-2015. Ir a la Disposición.

Norma Foral 16/2014, de 10 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. BOPV 4-2-2015. Ir a la Disposición.

COMUNIDAD VALENCIANA

SECTOR PÚBLICO
Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. DOGV 12-2-2015. Ir a la Disposición.

Esta ley regula, en primer lugar, el régimen económico financiero del sector público de la Generalitat; en segundo lugar, se incluye un título especifico en el que se recoge el régimen jurídico básico del sector público instrumental; y, finalmente, en otro título diferenciado, se recoge la normativa general de la Comunitat en materia de subvenciones.

IMPUESTOS: COEFICIENTES 2015
Orden 1/2015, de 27 de enero, de la Conselleria de Hacienda y Administración pública, por la que se establecen los coeficientes aplicables en 2015 al valor catastral a los efectos de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, así como la metodología empleada para su elaboración y determinadas reglas para su aplicación. DOGV 30-1-2015. Ir a la Disposición.

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