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ACERVO COMUNITARIO

ALMACENAMIENTO DE GAS
Decisión 2022/1842 del Consejo de 20 de septiembre de 2022 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía en lo que respecta a la incorporación del Reglamento (UE) 2022/1032 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el almacenamiento de gas al acervo de la Comunidad de la Energía. DO L 254 de 3 de octubre de 2022, p. 43/55. Descargar

El acervo comunitario de la Unión Europea hace referencia al conjunto de normas, actos, principios y programas que, en cada momento, vinculan a todos los Estados miembros de la Unión Europea y que constituyen la base común de funcionamiento de la Unión, en relación con cualquiera de sus ámbitos competenciales y de actuación.

Dada la importancia del almacenamiento de gas para garantizar la seguridad del suministro de este, y en el contexto de la guerra de agresión rusa contra Ucrania, la Unión ha adoptado urgentemente un Reglamento sobre almacenamiento de gas que debe incorporarse con carácter de urgencia al acervo de la Comunidad de la Energía.

AGRESIÓN A UCRANIA

ASISTENCIA Y APOYO A LAS FUERZAS ARMADAS
Decisión (PESC) 2022/1968 del Consejo, de 17 de octubre de 2022, relativa a una Misión de Asistencia Militar de la Unión Europea en apoyo a Ucrania (EUMAM Ucrania).
DOUE núm. 270, de 18 de octubre de 2022, pp. 85 a 91. Descargar

Entrará en vigor el día de su adopción y será de aplicación hasta transcurridos dos años desde la puesta en marcha de la EUMAM Ucrania. El objetivo estratégico de la EUMAM Ucrania será contribuir a mejorar la capacidad militar de las Fuerzas Armadas de Ucrania para regenerar y llevar a cabo eficazmente operaciones, con el fin de permitir a Ucrania defender su integridad territorial dentro de sus fronteras reconocidas internacionalmente, ejercer efectivamente su soberanía y proteger a los civiles en Ucrania.
Para alcanzar este objetivo, la EUMAM Ucrania proporcionará:
• formación individual y colectiva al personal de las Fuerzas Armadas de Ucrania y formación especializada al personal de las Fuerzas Armadas de Ucrania;
• formación a las Fuerzas de Defensa Territorial de las Fuerzas Armadas de Ucrania;
• coordinación y sincronización de las actividades de los Estados miembros que apoyen la formación que se imparta a las Fuerzas Armadas de Ucrania;
• el Derecho internacional humanitario, los derechos humanos, la protección de la población civil, que incluye la violencia de género, así como las agendas sobre las mujeres, la paz y la seguridad, sobre la juventud, la paz y la seguridad y sobre los niños y los conflictos armados estarán plenamente integrados en la planificación operativa, la formación y la elaboración de informes de la EUMAM Ucrania.
La formación impartida por la EUMAM Ucrania podrá impartirse en múltiples lugares de toda la UE, con sujeción al consentimiento explícito del Estado miembro que la acoja. Se adaptará a la evolución y a las necesidades a largo plazo de las Fuerzas Armadas de Ucrania.

Decisión (PESC) 2022/1971 del Consejo, de 17 de octubre de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/338 relativa a una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para el suministro a las Fuerzas Armadas ucranianas de equipos y plataformas militares diseñados para producir efectos letales. DOUE núm. 270, de 18 de octubre de 2022, pp. 95 a 96. Descargar

El importe de referencia financiera destinado a cubrir el suministro a las fuerzas armadas ucranianas de equipos y plataformas militares diseñados para producir efectos letales debe incrementarse en 490 millones de euros adicionales hasta los 2.820 millones.

Decisión (PESC) 2022/1972 del Consejo, de 17 de octubre de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/339 sobre una medida de asistencia con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas ucranianas. DOUE núm. 270, de 18 de octubre de 2022, pp. 97 a 98. Descargar

Habida cuenta de la agresión armada por parte de Rusia a Ucrania, todavía en curso, el importe de referencia financiera debe incrementarse en 10 millones de euros adicionales, hasta los 180 millones, destinados a cubrir la financiación de la entrega de equipos y suministros no concebidos para producir efectos letales, como equipos de protección personal, botiquines de primeros auxilios y combustible, a las Fuerzas Armadas ucranianas.

CONDICIONES DE TRABAJO EN LA UE

SALARIOS MÍNIMOS ADECUADOS
Directiva 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea. DO L 275 de 25 de octubre de 2022, p. 33/47. Descargar

La UE ha establecido nuevas normas que fomentan unos salarios mínimos legales adecuados y ayudan a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores en Europa.
En toda la UE existen grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a la cobertura que ofrecen los convenios colectivos a los trabajadores y a la cuantía de los salarios mínimos. Esto se debe, en parte, a los muy distintos modelos de mercado laboral y a las diferencias de ingresos en los Estados miembros.
Los trabajadores tienen derecho a salarios justos que proporcionen un nivel de vida digno, según queda establecido en el principio 6 del pilar europeo de derechos sociales, incluido en el capítulo 2 referido a las condiciones de trabajo justas.
Los trabajadores o sus representantes tienen derecho a ser informados y consultados oportunamente sobre asuntos de interés para ellos, según establece el principio 8 del pilar europeo de derechos sociales, que también forma parte del capítulo 2.
La Directiva ha establecido nuevas normas de la UE en relación con:
• los procedimientos para establecer y actualizar la adecuación de los salarios mínimos legales,
• fomentar de la negociación colectiva sobre la fijación de salarios,
• el acceso efectivo a la protección del salario mínimo de los trabajadores que tengan derecho a un salario mínimo con arreglo a la legislación nacional,
• adecuación de los salarios mínimos legales.
Las actualizaciones del salario mínimo legal se efectuarán al menos cada dos años (o, como máximo, cada cuatro años).
Uno de los objetivos de la Directiva es aumentar el número de trabajadores cubiertos por la negociación colectiva sobre la fijación de salarios. Para conseguirlo, los países deben fomentar la capacidad de los interlocutores sociales de participar en negociaciones colectivas.

MERCADO ÚNICO

SERVICIOS DIGITALES
Reglamento 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales). DO L 277 de 27 de octubre de 2022, p. 1/102. Descargar

Con el fin de salvaguardar y mejorar el funcionamiento del mercado interior se adoptan un conjunto específico de normas uniformes, eficaces y proporcionadas de obligado cumplimiento en el ámbito de la Unión, “Reglamento de Servicios Digitales”. En él se establecen las condiciones para que en el mercado interior surjan y se desarrollen servicios digitales innovadores. Se busca evitar y eliminar la fragmentación del mercado interior y garantizar la seguridad jurídica, de modo que se reduzca la incertidumbre para los desarrolladores y se fomente la interoperabilidad. Si se aplican requisitos tecnológicamente neutros, la innovación no debería verse obstaculizada sino estimulada.
El Reglamento se aplica a los prestadores de cualquier servicio prestado normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por vía electrónica y a petición de un destinatario a título individual. En concreto, a los prestadores de servicios intermediarios, en particular los servicios intermediarios consistentes en servicios conocidos como de “mera transmisión”, de “memoria caché” y de “alojamiento de datos”, dado que el crecimiento exponencial del uso de dichos servicios, principalmente para todo tipo de fines legítimos y beneficiosos para la sociedad, también ha incrementado su importancia en la intermediación y propagación de información y actividades ilícitas o de otras que también resultan nocivas.
El Reglamento debe aplicarse a los prestadores de servicios intermediarios con independencia de su lugar de establecimiento o ubicación, en la medida en que ofrezcan servicios en la Unión.

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