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PROTECCIÓN DE VIAJEROS

SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES
Directiva (UE) 2026/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/2302 para hacer más eficaz la protección de los viajeros y simplificar y aclarar determinados aspectos de dicha Directiva. DO L 2026/1024, de 8 de mayo de 2026. Descargar

La Directiva moderniza la normativa sobre viajes combinados. Entre sus medidas más destacadas suprime los "servicios de viaje vinculados" para evitar ambigüedades, regula la entrega de bonos como alternativa al reembolso y refuerza las garantías de insolvencia y repatriación frente a crisis masivas.

La Directiva introduce modificaciones estructurales para proteger mejor al consumidor:
• Simplificación legal: Se elimina la figura de los "servicios de viaje vinculados", aclarando qué contratos entran bajo la protección de "viaje combinado". Esto acaba con la confusión en las reservas online con múltiples proveedores turísticos.
• Regulación de los bonos (vouchers): Se establece formalmente el derecho de los organizadores a ofrecer vales en lugar de reembolsos económicos directos. Sin embargo, se garantiza que estos vales sean voluntarios, de un valor equivalente o superior, y que no impliquen un trato discriminatorio para el viajero al utilizarlos.
• Garantías frente a insolvencias: Las agencias y organizadores están obligadas a mantener garantías efectivas y suficientes en todo momento. Esto asegura el reembolso inmediato de los pagos y, si el viaje incluye transporte, sufraga los costes de repatriación ante la quiebra de la empresa.

LUCHA CONTRA LA CORRUPCCIÓN

FUNCIONARIOS
Directiva (UE) 2026/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 abril de 2026, sobre la lucha contra la corrupción, por la que se sustituyen la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo y el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo. DO L 2026/1021, de 11 de mayo de 2026. Descargar

La Directiva (UE) 2026/1021 es la legislación europea más ambiciosa hasta la fecha para armonizar los marcos penales de los Estados miembros frente a la corrupción.
El objetivo central es establecer normas mínimas para tipificar los delitos de corrupción, endurecer las sanciones penales y mejorar la prevención. Define de manera uniforme dieciocho delitos clave, entre ellos el cohecho (activo y pasivo), el soborno privado, la malversación, el tráfico de influencias, la obstrucción a la justicia y el enriquecimiento ilícito. Permite a los Estados miembros considerar la condición de "alto cargo" o funcionario público como circunstancia agravante ante delitos de corrupción. Exige sistemas de cumplimiento corporativo y prevención de riesgos reales, reforzando las sanciones para las personas jurídicas.
Esta norma simplifica y unifica el marco legal europeo previo reemplazando instrumentos dispersos ya que sustituye en su totalidad la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, así como el Convenio de 1997 relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios europeos o de los Estados miembros. Modifica la Directiva (UE) 2017/1371 (conocida como Directiva PIF) sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión.
Su entrada en vigor se produjo a los veinte días de su publicación en el DOUE (mayo de 2026) y los Estados miembros disponen de veinticuatro meses (hasta el 1 de junio de 2028) para incorporar esta Directiva a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales.

GASES DE EFECTO INVERNADERO

CONTABILIZACIÓN
Reglamento (UE) 2026/1030 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, sobre la contabilización de las emisiones de gases de efecto invernadero de los servicios de transporte (Texto pertinente a efectos del EEE). DO L 2026/1030, de 12 de mayo de 2026. Descargar

El Reglamento 2026/1030 establece una metodología común y obligatoria para contabilizar y divulgar las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en los servicios de transporte que comiencen o terminen en la Unión Europea. Su objetivo es estandarizar los datos, garantizando que sean fiables y comparables.
Afecta a cualquier cálculo o divulgación de emisiones realizado con fines comerciales (contractuales o voluntarios) o exigido por la normativa europea o nacional. La Comisión Europea, con ayuda de la Agencia Europea de Medio Ambiente, creará una base de datos centralizada a más tardar el 2 de diciembre de 2029. Esta base de datos contendrá valores predeterminados de intensidad de emisiones para los vehículos más utilizados, lo que facilitará los cálculos estandarizados. Aunque el Reglamento ya está en vigor, su aplicación general y obligatoriedad para el sector logístico y de transportes está prevista para el 2 de diciembre de 2030.

EMPLEADORES

RED DE TALENTOS
Reglamento (UE) 2026/1047 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se establece una Reserva de Talentos de la UE. DO L 2026/1047, de 12 de mayo de 2026. Descargar

El Reglamento crea la primera plataforma digital a escala de la Unión Europea para conectar a empleadores de la Unión Europea con demandantes de empleo cualificados de terceros países. Su objetivo principal es paliar la escasez de mano de obra en sectores clave.
Objetivos y funciones principales:
• Plataforma centralizada: facilita la contratación internacional centralizando perfiles en una lista de ocupaciones con escasez de mano de obra a nivel europeo.
• Igualdad de condiciones: prohíbe explícitamente a los empleadores cobrar tasas de contratación y garantiza que los trabajadores extranjeros tengan los mismos derechos laborales.
• Atractivo europeo: busca posicionar a la Unión Europea como un mercado más competitivo y atractivo frente a otros destinos globales.

EMPRESAS EMERGENTES

ESTRATEGIA
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Estrategia de la UE para las Empresas Emergentes y en Expansión. DO C C/2026/2605, de 20 de mayo de 2026. Descargar

En su Dictamen el Comité Europeo de las Regiones solicita un papel activo de las administraciones locales en la Estrategia de la UE para las Empresas Emergentes (start-ups) y en Expansión (scale-ups), enfatizando que el desarrollo empresarial debe basarse en la cohesión territorial y en ecosistemas de innovación descentralizados en toda Europa.
Son ejes principales del Dictamen:
• Abogar por descentralizar los centros de innovación, evitando que el talento y la inversión se concentren únicamente en grandes metrópolis, para así impulsar el desarrollo regional equitativo.
• Respaldar la iniciativa de la Comisión de desarrollar la norma EU Start-up Nations Standard, buscando reducir cargas administrativas, simplificar trámites de visado para el talento internacional y facilitar la expansión transfronteriza.
• Destacar la necesidad de articular mejor los fondos europeos, fomentando la inversión público-privada para evitar la fuga de capitales hacia mercados extracomunitarios en fases avanzadas de crecimiento.
• Poner el foco en el impulso a sectores clave mediante el uso responsable de la inteligencia artificial, las tecnologías limpias y la transición ecológica.
Medidas específicas propuestas:
• Normas para empresas innovadoras: desarrollo de definiciones claras y estándares a nivel europeo para clasificar empresas emergentes y en expansión (recomendaciones consolidadas a través de la normativa comunitaria).
• Estrategias regionales de especialización inteligente: mayor aprovechamiento de los fondos de la política de cohesión para financiar proyectos de I+D+i en las regiones menos desarrolladas.
• Apoyo a la economía de proximidad: fomento de la contratación pública local como palanca tractora para el crecimiento de empresas innovadoras.

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