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Valor real fiscal y valor de la escritura a efectos del IRPF: parece señalar, y no muy claro, que a efectos del IRPF se estará al precio de la escritura: en el caso concreto la diferencia entre compra y venta es en tres meses y por un valor inferior al valor real fiscal (VC 1601/22 de 1-7). Descargar

Actividades sobre criptoactivos: concretamente se trata el staking, que es un compromiso de mantener determinado activo un plazo a cambio de una retribución (interés): no lo considera una actividad económica, por no tener una organización mínima para considerar que existe una ordenación por cuenta propia de medios de producción y recursos humanos. Lo considera como rendimientos de capital mobiliario; también considera a la criptomoneda como un NO TÍTULO VALOR (VC 1766/22 de 26-7). Descargar

Valor de referencia catastral superior al de compraventa: a efectos de la liquidación de TPO, se debe liquidar atendiendo al valor de referencia, sin perjuicio del derecho a impugnar la liquidación y solicitar la rectificación de la misma conforme al artículo 10 TRLITPAJD (CV 1921/22 de 8-9). Descargar

Reanudación de tracto sucesivo de un contrato privado de 1981: se realiza un procedimiento judicial (expediente de dominio), que no prosperó, hace más de diez años, y ahora se procede a un expediente notarial: se pregunta por la tributación, a efectos de TPO o AJD: se dice que está sujeto, pero no se dice nada sobre las consecuencias del procedimiento judicial previo, en cuanto a la fijación de una fecha fehaciente, conforme al artículo 1227 CC, que determinaría una fecha para la prescripción (VC 1948/22 de 13-9). Descargar

Consultas sobre TRUST americano: los supuestos de hecho son verdaderamente complejos, así que señalo la existencia de las consultas, para que quien le interese busque en ellas la relación con su caso (VC 1966/22 de 15-9 y VC 2033/22 de 21-9). Descargar. Descargar

Consulta sobre bitcoin y otras criptomonedas: a efectos del IRPF tributará como ganancia patrimonial en cuanto a las transmisiones correspondientes, bien sean compraventa o permuta. No entran en otras operaciones sobre criptoactivos que atribuyen recompensas a los “tenedores” de estas “monedas digitales” (VC 2005/22 de 20-9). Descargar

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