
ENSXXI Nº 96
MARZO - ABRIL 2021
ARTÍCULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA
La excepcionalidad del artículo 28 de la Ley Hipotecaria, que suspende la fe pública registral por dos años en la sucesión de colaterales y extraños, justificable históricamente por la inseguridad de la filiación y de los títulos sucesorios, complica hoy sobremanera el tráfico inmobiliario al retrasar en la práctica las transmisiones de los inmuebles implicados en dichas sucesiones, hoy más numerosas a causa de la pandemia.
¿Nadie va a derogar nunca el artículo 28 de la Ley Hipotecaria?


Notario de Madrid
ARTÍCULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA
Los artículos 28 LH y 95.4 RH, que será objeto de examen en el siguiente número de esta revista, son normas que han perdido su razón de ser en cuanto responden a circunstancias históricas ya superadas, carecen en la actualidad de justificación suficiente y causan graves e injustificados perjuicios a las muchas personas que los soportan en hipotético provecho de unos beneficiarios que, en el caso del artículo 28 LH, nunca o raramente existen o, en el del artículo 95.4 RH, disponen de otros mecanismos de protección menos excepcionales. Todo ello con un grave detrimento del tráfico jurídico y económico, por lo que hace mucho tiempo que deberían haber sido derogados.
Leer más...Artículo 28 de la Ley Hipotecaria. Una anomalía anacrónica a revisar


Notario de Barcelona
ARTÍCULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA
Perspectiva foral e internacional
El artículo 28 LH constituye una anomalía de nuestro sistema registral de protección del tráfico jurídico inmobiliario. Su excepcionalidad, justificable históricamente por la inseguridad de la filiación y de los títulos sucesorios, no tiene en el actual mundo digital ninguna razón de ser, siendo un anacronismo sin parangón en las legislaciones de nuestro entorno (1).
Leer más...Pretendiendo explicar una posible reforma del artículo 28 de la Ley Hipotecaria


Notario de Madrid
ARTÍCULO 28 DE LA LEY HIPOTECARIA
En la Ponencia del Congreso de los Diputados sobre el Proyecto de Ley de reforma de la legislación civil para el apoyo a las personas con discapacidad, se ha incluido una interesante modificación del artículo 28 LH. Si finalmente se publica en el BOE, este precepto, que suspende durante dos años a contar desde el fallecimiento del causante la protección de la fe pública registral a quienes adquieren de un heredero no legitimario, únicamente se aplicará a las herencias sujetas al derecho común.
Leer más...JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Aunque no se encuentren expresamente previstas en la Ley de Jurisdicción Voluntaria los notarios pueden asumir nuevas competencias siempre que las mismas constituyan esencialmente función notarial. Concepción Pilar Barrio del Olmo, notaria de Madrid, plantea en este bloque algunas de esas nuevas posibles funciones y Salvador Torres Ruiz, notario de Granada, profundiza en la nueva competencia ya atribuida en relación con la devolución del sobrante consignado en la Caja General de Depósitos en la venta extrajudicial de bienes hipotecados.
Nuevas competencias notariales en actos de jurisdicción voluntaria y un nuevo procedimiento para cancelar hipotecas


Notario de Madrid
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
La atribución de competencias para el desempeño de actuaciones tradicionalmente incluidas en el ámbito de la jurisdicción voluntaria ha sido una aspiración antigua del Notariado, pretensión siempre unida a que dicho reconocimiento lo sea de acuerdo con la propia naturaleza de la función notarial, y ponderando el beneficio que en cada caso concreto pueda reportar para los ciudadanos.
Leer más...La nueva competencia atribuida a los notarios en relación con la retirada de cantidades de la Caja General de Depósitos


Notario de Granada
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
El Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de la Caja General de Depósitos (RCGD), que ha entrado en vigor el 2 de enero de 2021, ha modificado la redacción del artículo 236-k del Reglamento Hipotecario y añadido un nuevo artículo 236-p. Con ello, el legislador ha atribuido una nueva e interesante competencia a los notarios, que podemos encuadrar en las que en los últimos años se nos han encomendado en la llamada jurisdicción voluntaria.
Leer más...FISCALIDAD
Con las firmas expertas de Joaquín Huelin Martínez de Velasco, Florentino Carreño de Vicente, Sergio Luis Doncel Núñez y Pablo Chico de la Cámara EL NOTARIO DEL SIGLO XXI aborda en este bloque algunas cuestiones referidas al sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, la conciencia fiscal del contribuyente y la regulación tributaria del teletrabajo.
La base jurídica de los impuestos cedidos: ¿es posible su modificación sin el concurso de las Comunidades Autónomas?


Antiguo Magistrado del Tribunal Supremo y Consejero-Socio de Cuatrecasas
FISCALIDAD
La descripción del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas
La autonomía política que la Constitución de 1978 (CE) reconoce y garantiza a las nacionalidades y regiones que integran la Nación española (art. 2 CE) tiene una dimensión financiera (art. 156.1 CE). La autonomía financiera constituye una herramienta indispensable para el desarrollo de las potestades inherentes a la autonomía política (STC 179/1987), en la medida en que demanda la plena disposición de medios económicos para ejercer, sin condicionamientos indebidos y en toda su extensión, las competencias propias del autogobierno (SSTC 63/1986 y 96/1990).
Lealtad al Estado-nación y conciencia fiscal


Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado
FISCALIDAD
I. Andorra gana un contribuyente
Hace pocas fechas, un conocido creador de contenidos en You Tube (básicamente vídeos sobre juegos en línea), llamado El Rubius (1), anunció el traslado de su residencia a Andorra (2), alegando, entre otros motivos, la menor tributación del Principado en relación con España (3). Ello ha provocado un acalorado debate, sobre todo en redes sociales. Se da la circunstancia, además, de que Andorra ha sido el destino elegido por otros muchos personajes famosos en ese sector.
Aspectos tributarios controvertidos del “teletrabajo”


Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
FISCALIDAD
Planteamiento
Con ocasión de la promulgación del RDL 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, el legislador no ha considerado necesario modificar la normativa tributaria. Tal vez este hecho pudiera justificarse -desde una visión naive- por la celeridad con la que se ha tratado de regular esta materia en la esfera laboral, sin querer detenerse a pensar que existen otras aristas ancladas a esta problemática (1) que merecen asimismo su atención, lo que provocará inevitablemente nuevas situaciones de conflictividad, no ya solo en el marco del Derecho Privado (v.gr. por seguros con ocasión de accidentes de trabajo), sino propiamente en las relaciones entre Administración Tributaria y administrados.
DERECHO PRIVADO
En este bloque ponemos el foco en algunas cuestiones de Derecho privado que recientemente han saltado a la actualidad, y que, a pesar de su menor repercusión mediática, tienen gran importancia para la vida ordinaria de las personas. Nos referimos a asuntos como el precio de los alquileres, la constitución de sociedades en línea, la expansión del arbitraje en España y la descripción de fincas. Contamos para ello con las opiniones de Rodrigo Tena Arregui, Álvaro Lucini Mateo, Rafael Hinojosa Segovia y Enrique Brancós Núñez.
Fijar límites al precio del alquiler. Una cuestión de justicia


Notario de Madrid
DERECHO PRIVADO
(1) El reciente conflicto político entre los dos socios del actual Gobierno sobre la oportunidad de fijar límites al precio del alquiler, ha vuelto a poner sobre la mesa los inconvenientes generados por uno de los rasgos más característicos de la Modernidad, que es la confusión entre justicia conmutativa y justicia distributiva. Ya sea a la hora de discutir quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos en las hipotecas (2), o de si son admisibles los precios fijados mediante algoritmos (3), o en esta ocasión con relación al tema del alquiler, se incurre habitualmente en una confusión que evitaron cuidadosamente los clásicos, y que produce el grave efecto de asignar erróneamente responsabilidades, con resultados finales francamente injustos.
Leer más...Transposición de la Directiva societaria digital: Alemania da el primer paso


Notario de Madrid
DERECHO PRIVADO
La digitalización del Derecho de sociedades en la UE
La digitalización es una de las prioridades políticas actuales de la Unión Europea, con importancia creciente a raíz de la necesidad de superar las restricciones a la libertad de movimiento de las personas impuestas en todos los Estados miembros a causa de la pandemia.
Dentro de la agenda política digital europea ocupa un lugar destacado la incorporación de las técnicas digitales a los procedimientos de constitución o modificación posterior de las sociedades de capital.
El Tribunal Constitucional se pronuncia de nuevo concretando el ámbito de la acción de anulación contra los laudos arbitrales


Profesor Titular de Derecho Procesal
DERECHO PRIVADO
Comentario a la STC 17/2021, de 15 de febrero
El Tribunal Constitucional (Sala Primera) por unanimidad, en su Sentencia 17/2021, de 15 de febrero, de la que ha sido ponente la Magistrada Doña María Luisa Balaguer Callejón, ha decidido estimar el recurso de amparo planteado y, en consecuencia: “declarar vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE) de las demandantes de amparo”; “restablecer a las recurrentes en sus derechos y, a tal fin, declarar la nulidad de la sentencia de 8 de enero de 2018 [AC\2018\102] y del auto de 22 de mayo de 2018, ambos de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictados en el procedimiento de nulidad de laudo arbitral núm. 52-2017”; y “retrotraer las actuaciones al momento anterior al dictado de la primera resolución citada para que se resuelva de forma respetuosa con los derechos fundamentales reconocidos”.
Leer más...Coordinación Catastro/Registro y la supuesta presunción de exactitud (2ª parte)


Notario de Girona
DERECHO PRIVADO
Esta Revista, número 89, enero-febrero de 2020, tuvo a bien publicar un artículo mío sobre la presunción de exactitud en la coordinación Catastro/Registro. En el mismo año, mi colega VÍCTOR ESQUIROL JIMÉNEZ publica un utilísimo libro titulado La descripción de la finca en la escritura pública. Su concordancia con la realidad, con el Registro de la Propiedad y con el Catastro. Lo recomiendo a todos los operadores del sector.
Leer más...VARIA
Juan Carlos Ureta, Avelina Alía Robles y Mercedes Pérez Hereza analizan es este bloque asuntos de interés como la necesaria reforma de las normas que regulan el mercado financiero, la importancia del consentimiento en la vacunación frente al COVID de las personas mayores y la total incorporación de las mujeres al ámbito.
La inversión concertada en redes sociales ¿fenómeno pasajero o cambio estructural?


Presidente de Renta 4 Banco (jcureta@renta4.es)
VARIA
A fines de enero, la actuación simultánea (vamos a evitar de momento la palabra “concertada”) de varios millones de pequeños inversores, aglutinados en torno a la red social Reditt y al foro que lleva por nombre “apuestas de Wall Street” (WSB), capturó la atención mediática a nivel global. La imagen de los pequeños inversores ganando la partida a los grandes Fondos de inversión, algo así como “el pueblo contra los poderosos”, era demasiado atractiva como para no imaginar a David lanzando, victorioso, su honda frente a Goliat.
Leer más...Reflexiones sobre la vacunación obligatoria contra el COVID-19 en centros residenciales de mayores


Fiscal adscrita a la Unidad Especializada para la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores
VARIA [CONGRESO NOTARIAL]
La Estrategia de vacunación frente al COVID-19 en España ha establecido unos criterios de priorización para la vacunación que han tomado en cuenta la necesidad de prevenir la enfermedad, disminuir la gravedad y evitar la mortalidad, protegiendo especialmente a aquellos grupos en situaciones de mayor vulnerabilidad. En el primer grupo se han incluido los internos y personal sanitario y sociosanitario en residencias de personas mayores y/o con discapacidad, ante la dramática incidencia de la enfermedad en ese colectivo y la limitación inicial de vacunas.
La mujer en el Notariado, reseña histórica, situación actual y perspectiva de futuro


Notario de Madrid
VARIA
Históricamente en la concepción social y política era un principio generalmente admitido reservar a los varones el ejercicio de la función notarial. Por ello las fuentes legales omiten consignar este requisito, que se daba por supuesto.
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