
ENSXXI Nº 125
ENERO - FEBRERO 2026
PODERES DE REPRESENTACIÓN
La representación voluntaria es una institución esencial del tráfico jurídico, marcada por una regulación fragmentaria y por una intensa elaboración doctrinal y jurisprudencial. En este bloque Juan Pérez Hereza repasa los fundamentos teóricos y algunos de los problemas prácticos que pueden plantearse con relación a esta figura. A continuación Juan Pablo Murga Fernández analiza en profundidad cuándo debe protegerse al tercero de buena fe en los supuestos de poder extinguido. Finalmente Fernando José Rivero Sánchez-Covisa se ocupa de un supuesto singular en el que se discute si la eficacia de una actuación representativa se puede ver afectada por una medida cautelar dictada en relación al poder.
Representación: un gran desarrollo doctrinal sobre una base normativa escasa


Notario de Madrid
PODERES DE REPRESENTACIÓN
Todo fenómeno jurídico no es otra cosa que una serie de problemas típicos junto con las soluciones que se dan a los mismos en cada momento histórico y lugar geográfico. La representación aparece así como la respuesta jurídica al problema social típico de la cooperación en la gestión de los bienes e intereses ajenos (1).
Leer más...Seguridad del tráfico y poder de representación extinguido: la desprotección del tercero en la interpretación actual del artículo 1738 del Código Civil


Profesor Titular de Derecho Civil
PODERES DE REPRESENTACIÓN
El problema: la interpretación literal del artículo 1738 CC y el dogma de la “doble buena fe”
(1) Uno de los supuestos más controvertidos a los que se enfrenta la práctica notarial y la seguridad del tráfico jurídico es la eficacia de los negocios celebrados por el mandatario una vez extinguido el poder de representación. La cuestión central radica en determinar si el tercero que contrata confiado en la apariencia de validez del poder debe ser protegido y bajo qué condiciones, cuando dicha extinción no ha sido objeto de publicidad ni revocación expresa conocida. Se trata de un escenario donde colisionan frontalmente dos intereses dignos de tutela: de un lado, la protección del mandante (o sus herederos, en el caso de extinción por fallecimiento), que no debería quedar vinculado por un poder de representación ya extinguido; de otro, la seguridad del tráfico jurídico y la confianza de los terceros que contratan de buena fe bajo una apariencia de legalidad.
¿Puede afectar a la validez de una actuación representativa una medida cautelar?


Notario de Madrid
PODERES DE REPRESENTACIÓN
En la Resolución de la DGSJYFP de 9 de septiembre de 2025 (BOE 11 de diciembre de 2025), el Centro Directivo analiza un caso relativo a una compraventa formalizada el día 12 de marzo de 2025, en la cual el vendedor actúa representado por medio de un poder conferido el día 6 de marzo de 2025, y dicha compraventa es presentada en el Registro de la Propiedad con fecha 13 de marzo de 2025. Dicha inscripción es denegada por haberse presentado -el día 30 de abril de 2025- un mandamiento del Magistrado Juez de fecha 11 de abril de 2025, dictado en Procedimiento de Medidas Judiciales de Apoyo a Personas con Discapacidad, por el cual “deja sin efecto” el poder utilizado para llevar a cabo dicha compraventa. El auto ordena dicha medida cautelar al amparo del artículo 762 CC (por razón de la aplicación supletoria de la LEC- art. 8 LJV-, como así reconoce la STS Sala de lo Civil 5267/2024, de 4 de noviembre de 2024, F.D. 5º punto 7).
Leer más...LEY 8/2021
EL NOTARIO DEL SIGLO XXI plantea en este bloque diversas cuestiones suscitadas tras el cambio de paradigma en el tratamiento de la discapacidad instaurado con la Ley 8/2021. En primer lugar la catedrática de Derecho Civil Inmaculada Vivas Tesón analiza la validez jurídica y el acceso al Registro Civil de la designación testamentaria de curador por un progenitor. A continuación el profesor Iñigo A. Navarro Mendizábal examina el nuevo régimen de nulidad y anulabilidad de los contratos celebrados por personas con discapacidad. Finalmente María de los Reyes Sánchez Moreno, notario, aborda los retos que plantea la dimensión transfronteriza de la discapacidad en el marco del nuevo modelo de apoyos.
La propuesta testamentaria de curador para hijo con discapacidad tras la Ley 8/2021: validez y publicidad registral


Catedrática de Derecho civil
LEY 8/2021
El supuesto fáctico que sirve de punto de partida para plantear una cuestión de enorme interés teórico y práctico es el que sigue: un padre otorga testamento abierto en el que, en una de sus cláusulas, designa como futura curadora de su hijo mayor de edad con discapacidad a una de sus hijas y, en su defecto, a otro de sus hijos. El notario autorizante remite copia parcial al Registro Civil, a efectos de su constancia en el registro individual del hijo, al considerar que dicha previsión es una medida registralmente relevante por estar ligada al estado civil y a las medidas de apoyo futuras. El encargado del Registro Civil dicta acuerdo de 19 de septiembre de 2023 denegando la inscripción de la escritura de testamento. Contra dicha calificación negativa interpone recurso el notario ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (en adelante, DGSJyFP), que confirma la denegación en su Resolución de 21 de septiembre de 2025.
Leer más...La anulabilidad de los contratos celebrados sin apoyos. Consentimiento, autonomía y aprovechamiento injusto tras la Ley 8/2021


Profesor Ordinario de Derecho civil
LEY 8/2021
Del esquema binario a una lógica gradual
Durante décadas, el Derecho civil español construyó la capacidad de obrar sobre una lógica binaria. La persona era considerada capaz o incapaz; podía contratar o no podía hacerlo. La declaración judicial de incapacidad ofrecía seguridad jurídica, pero a costa de una rigidez que no siempre reflejaba adecuadamente la realidad personal de los sujetos.
El notario y la discapacidad: una visión internacional


Notario de Alicante
LEY 8/2021
La discapacidad y su dimensión internacional
En los últimos años, la discapacidad se ha convertido en un tema central. La Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha supuesto un cambio de paradigma. Sin embargo, junto a esta evolución sustantiva, existe un aspecto que no ha recibido la atención necesaria: la dimensión internacional de la discapacidad.
MEDIOS ADECUADOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS (MASC)
Transcurrido un año desde su entrada en vigor EL NOTARIO DEL SIGLO XXI revisa el estado actual de los MASC, pieza central del nuevo diseño del proceso civil aprobado mediante Ley Orgánica 1/2025. Para ello el abogado Miguel Fernández Benavides ofrece una visión crítica de su funcionamiento real en la práctica forense y de sus efectos sobre el derecho de acceso a la Justicia. A continuación el notario Eduardo Torres Morales analiza el papel del notario como tercero neutral y como garante de la seguridad jurídica en estos nuevos mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.
MASC: estado de la cuestión un año después de la entrada en vigor de la Ley


Abogado y editor de Hay Derecho
MASC
El día 3 de abril de 2025 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (en adelante LO 1/2025). Habiendo transcurrido desde entonces un tiempo prudencial, estamos en disposición de analizar cuál ha sido el impacto de esta nueva regulación en el ámbito forense y, más concretamente, en el ejercicio por parte de los ciudadanos de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Leer más...Intervención notarial en los MASC


Notario de Beas de Segura (Jaén)
MASC
Son muchas las novedades que ha introducido en nuestro sistema procesal la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Sin embargo, de entre todos los aspectos que han sido reformados por la Ley, quiero centrarme en los llamados medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC) y, más en concreto, en las distintas vías por las que los notarios podemos colaborar en estos medios.
Leer más...El rigor del Certificado de Eficiencia Energética de edificios, un factor de bienestar social


Vicepresidente primero del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE)
Desde finales del año 2024, el acceso a una vivienda digna es la principal preocupación que manifiestan los/as españoles en cada barómetro del CIS. Las dificultades de capas cada vez más amplias de la población para comprar o alquilar un inmueble se sitúan por delante de preocupaciones tradicionales, como el estado de la economía o el desempleo. Hay motivos fundados para ello. Diferentes estudios sectoriales, incluidas las proyecciones del Banco de España, cifran el déficit de vivienda en nuestro país entre las 450.000 y las 700.000 unidades.
El caso Bosco: la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de septiembre de 2025 y el derecho a conocer los algoritmos que deciden nuestros derechos


Abogado
El denominado caso Bosco tuvo su inicio en septiembre de 2018, cuando la Fundación Ciudadana Civio solicitó al Ministerio de Transición Ecológica la entrega del código fuente de una aplicación informática, aplicación que resolvía si una persona usuaria de la red eléctrica tenía derecho a un descuento en su factura. La regulación legal de la energía eléctrica considera que una categoría de personas, a las que denomina consumidores vulnerables, deben ser beneficiarias, debido a dicha condición, del derecho al llamado bono social energético, que se traduce en un descuento en el precio que han de pagar por la electricidad (1).
Depósitos, consignaciones y función notarial


Notario de Madrid
CUESTIONES DE DERECHO NOTARIAL
Cada vez con más frecuencia, los notarios nos encontramos con requerimientos y peticiones diversas cuyo fin es asegurar los intereses del requirente frente a terceros, fijando hechos o mostrando buena fe y buena disposición ante el oponente, normalmente ante una previsible controversia judicial.
Leer más...La segunda instancia en el orden contencioso-administrativo. Algunas reflexiones mientras esperamos al Godot legislativo


Abogada
HACIENDA Y ESTADO DE DERECHO
Segunda instancia y derecho de reexamen
Que los jueces, como humanos que son, pueden equivocarse es una obviedad. Precisamente por ello los sistemas jurídicos de los Estados democráticos y de Derecho suelen establecer un sistema de recursos que ofrece a los justiciables la posibilidad de que un tribunal superior, con mayor garantía teórica de acierto técnico tanto en la estimación jurídica de los hechos como en la aplicación del Derecho, pueda revisar y corregir la conclusión judicial alcanzada en primera instancia.





