
Informe de consultas de la Dirección General de Tributos. Número 123
Un inmueble deja en 2024 de ser la vivienda habitual del hoy transmitente: la vivienda no tiene el carácter de habitual al momento de la venta por lo que no se aprovecha de dichos beneficios a efectos del IRPF (VC 770/25 de 5-5). Descargar
Legado encomendando la venta de un inmueble al albacea para repartir el precio entre tres, pero mientras no se venda pueden vivir en el inmueble dos de los legatarios: la atribución de rentas es para esos dos y no para los tres (VC 912/25 de 26-5). Descargar
Venta de un inmueble “pagado” con criptomonedas (¿venta o permuta?): la consulta considera el negocio jurídico como una permuta y como tal tributa el adquirente de las criptomonedas (bien inmaterial). En mi opinión, se olvida que las criptomonedas se han considerado en la UE como “medio de pago” y que si aparece en un futuro cercano el euro digital, supondría un agravio comparativo con las otras criptomonedas (VC 935/25 de 27-5). Descargar
Separación de bienes entre cónyuges y disolución de condominio sobre la casa de los dos: lo trata como disolución de condominio que tributa por AJD por el precio pagado por el adquirente en el porcentaje correspondiente. No hace referencia alguna la consulta a la transcendencia o no que conlleva el estar casados los cónyuges y las exenciones del artículo 45 (VC 943/25 de 27-5). Descargar
Aportación a la sociedad de gananciales a título gratuito: no tributa por TPO, tampoco tributa por ISD, al no ser la sociedad de gananciales un posible “sujeto pasivo” (carece de personalidad jurídica), pero si por AJD, si bien está exento (art. 45.1.B.3) (VC 1106/25 de 25-6). Descargar