DERECHO CIVIL
COMPRAVENTA
VENTA DE PARTICIPACIÓN INDIVISA DE FINCA EN ANDALUCÍA: REQUIERE LICENCIA SI HAY INDICIOS DE PARCELACIÓN
Resoluciones de 5 de enero y 10 y 16 de febrero de 2026 (BOE 5 y 11 de junio de 2026). Descargar. Descargar. Descargar. Descargar. Descargar
Siendo la clasificación rústica de la finca a los efectos de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, que solo conoce en la actualidad las categorías de suelo urbano o rústico, tratándose de la venta de una cuota indivisa ex novo, no inscrita como tal, cuya superficie equivalente en relación a la de la totalidad de la finca es inferior a la superficie de la unidad mínima de cultivo aplicable, concurre el supuesto objetivo definido por la normativa andaluza como acto revelador de posible parcelación urbanística.
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