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FORMACIÓN DIGITAL

FACTORES FACILITADORES
Recomendación del Consejo, de 23 de noviembre de 2023, sobre los factores facilitadores clave para el éxito de la educación y la formación digitales. DO C 2024/1115, de 24 de enero de 2024. Descargar

El Consejo ha adoptado un conjunto de Recomendaciones sobre los factores facilitadores clave para el éxito de la educación y la formación digitales y sobre la mejora de la provisión de capacidades y competencias digitales en la educación y la formación.

Con este paquete el Consejo aborda la necesidad de preparar la educación para una verdadera transformación digital y de permitir que se pueda adecuar a los tiempos, proporcionando al mismo tiempo las capacidades y competencias que son, y serán, necesarias en esta nueva realidad.
La Recomendación del Consejo adoptada sobre capacidades y competencias digitales recomienda que los Estados miembros acuerden estrategias o enfoques estratégicos nacionales y, en su caso, regionales en materia de educación digital y capacidades y competencias digitales, invitándolos a:
• establecer o revisar los objetivos nacionales para la provisión de estas capacidades y competencias;
• adoptar medidas dirigidas a “grupos prioritarios o de difícil acceso”;
• reforzar las capacidades y competencias digitales en la educación primaria y secundaria;
• promover la enseñanza de competencias digitales transversalmente en diferentes asignaturas;
• mejorar las capacidades y competencias digitales de todo el alumnado de educación superior, ofreciendo oportunidades de aprendizaje en todos los niveles y disciplinas;
• ofrecer a los adultos oportunidades para adquirir capacidades digitales y abordar la escasez de profesionales de las TIC.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

NUEVA OFICINA EUROPEA
Decisión de la Comisión, de 24 de enero de 2024, por la que se crea la Oficina Europea de Inteligencia Artificial. DO C 2024/1459, de 14 de febrero de 2024. Descargar

La Oficina Europea de IA apoyará el desarrollo y el uso de una IA fiable, al tiempo que protegerá contra los riesgos de la IA. La Oficina de IA se creó en la Comisión Europea como centro de conocimientos especializados en IA y constituye la base de un único sistema europeo de gobernanza de la IA.
La UE tiene por objeto garantizar que la IA sea segura y fiable. Con este fin, la Ley de IA es el primer marco jurídico global sobre IA en todo el mundo, que garantiza la salud, la seguridad y los derechos fundamentales de las personas y proporciona seguridad jurídica a las empresas de los veintisiete Estados miembros.
La Oficina de IA está equipada de manera única para apoyar el enfoque de la UE con respecto a la IA. Desempeñará un papel clave en la aplicación de la Ley de IA apoyando a los organismos de gobernanza de los Estados miembros en sus tareas. Hará cumplir las normas para los modelos de IA de propósito general. Esto se basa en las competencias conferidas a la Comisión por la Ley de IA, incluida la capacidad de llevar a cabo evaluaciones de modelos de IA de propósito general, solicitar información y medidas a los proveedores de modelos y aplicar sanciones. La Oficina de IA también promueve un ecosistema innovador de IA confiable, para cosechar los beneficios sociales y económicos. Garantizará un enfoque europeo estratégico, coherente y eficaz en materia de IA a nivel internacional, convirtiéndose en un punto de referencia mundial.
Para una toma de decisiones bien informada, la Oficina de IA colabora con los Estados miembros y la comunidad de expertos en general a través de foros y grupos de expertos específicos. Estos combinan el conocimiento de la comunidad científica, la industria, los grupos de reflexión, la sociedad civil y el ecosistema de código abierto, asegurando que se tengan en cuenta sus puntos de vista y experiencia. Basada en una visión integral del ecosistema de IA, incluidos los avances en capacidades, despliegue y otras tendencias, la Oficina de IA fomenta una comprensión exhaustiva de los beneficios y riesgos potenciales.

CONSUMIDORES

ECOIMPOSTURA
Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo que respecta al empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y mediante una mejor información. DO L 2024/825, de 6 de marzo de 2024. Descargar

La nueva Directiva 2024/825 tiene como objetivo mejorar la protección de los consumidores, favoreciendo patrones de consumo más sostenibles y evitando afirmaciones medioambientales engañosas (“ecoimpostura”). La presente Directiva será completada por la propuesta de Directiva de alegaciones ecológicas (Green Claims), aún objeto de negociación. En la última década la preocupación de la sociedad civil por el cuidado y la protección del medioambiente ha crecido de manera exponencial. Como consecuencia de lo anterior, el impacto y el comportamiento medioambiental y social de los productos y servicios también ha cobrado gran importancia afectando de forma muy relevante a las decisiones de consumo. Conforme a lo anterior, la sostenibilidad y las características ecológicas y medioambientales de un producto o un servicio se han convertido en uno de los principales argumentos comerciales que los operadores económicos emplean para atraer a los consumidores, quienes cada vez tienen más en cuenta este aspecto para decidir si adquieren un producto o contratan un servicio. En este sentido, para fomentar la transición hacia un modelo más ecológico y contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior, es fundamental que los consumidores puedan tomar decisiones de compra informadas, contribuyendo así a patrones de consumo más sostenibles. Esto a su vez debe implicar que los comerciantes asuman la responsabilidad de ofrecer información clara, relevante y fiable sobre la sostenibilidad de los productos o servicios ofrecidos. Asimismo, se considera necesario reforzar y hacer más transparente la información precontractual que se facilita a los consumidores sobre la durabilidad, la reparabilidad, la reciclabilidad, la circularidad y la disponibilidad de actualizaciones de los productos y servicios.

 

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