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- Categoría: Web
- Publicado: 16 Julio 2013
ANALISIS DEL RDL 1/2015
El Real Decreto Ley 1/2015 ha vuelto a modificar nuestra legislación concursal con la intención, en esta ocasión, de establecer un régimen generalizado de segunda oportunidad. Junto con innegables aciertos, como su aplicación a todas las personas, incluidas las físicas, se entremezclan otras cuestiones mucho más dudosas, especialmente el carácter temporal de la exoneración, pues los créditos supuestamente extinguidos pueden "resucitar"
transcurrido un plazo de cinco años. Sobre estas cuestiones reflexionan dos conocidos especialistas sobre la materia, como son la profesora Matilde Cuena y el notario Ricardo Cabanas. Nadie puede dudar del tremendo interés, no solo jurídico sino también social, de esta reforma.
- Matilde Cuena Casas: "¿Un régimen de segunda oportunidad?".
- Ricardo Cabanas Trejo: "No es broma, una nueva reforma concursal, y en los próximos meses tampoco será la última".
Normas de solvencia y Deberes de administradores sociales
Juana Pulgar Ezquerra, Catedrático de Derecho Mercantil
Recientemente el Banco Mundial, a través de su grupo de trabajo en materia de insolvencia (Insolvency Task Force) ha procedido a la revisión de los "Principles for insolvency and creditor/debtor regimes", y en particular del Principio B.2 relativo a los deberes y régimen de responsabilidad de los administradores sociales frente a los acreedores en un período anterior y próximo a la insolvencia (...)
Después de mucho hacerse esperar, la nueva Ley de Navegación Marítima, Ley 14/2014, de 24 de julio, ha llevado a cabo una amplia reforma de nuestro Derecho Marítimo, y ha adaptado por fin nuestra vetusta legislación en la materia a las necesidades del tráfico marítimo moderno y particularmente la ha coordinado con el actual Derecho Marítimo internacional. Nos interesa aquí el análisis de las reformas llevadas a cabo en el ámbito de derecho privado, y sobre todo las novedades relacionadas con la intervención notarial en esta materia. Contamos para ello con tres valiosos autores, Miguel Vicente-Almazán, que pone los expedientes marítimos con intervención notarial en contexto con la jurisdicción voluntaria, Juan Luis Pulido, que se centra en la certificación pública de expedientes marítimos y aporta su visión propia sobre las protestas de mar, y por último Manuel Angel Rueda, quien nos efectúa un clarificador análisis sobre el aspecto documental y registral en materia negocial naval.
- Miguel Vicente-Almazán Pérez de Petinto: "Intervención notarial en expedientes de derecho marítimo".
- Juan Luis Pulido Begines: "La certificación pública de Expedientes de Derecho Marítimo tras la entrada en vigor de la Ley de navegación Marítima".
- Manuel Ángel Rueda Pérez: "Documentación y transmisión de buques, embarcaciones y artefactos navales en la nueva LNM".
REFORMA DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL
La reforma de la Ley de Sociedades de Capital operada por la ley 31/2014 no ha quedado agotada con los comentarios que publicamos en el último número.
Su importancia justifica un nuevo bloque en éste, en el que vamos a tratar la cuestión desde dos perspectivas: una más general, a cargo de la catedrática Marisa Aparicio, que sobrevuela las reformas más importantes, dándonos una visión general de su importancia y en particular en materia de cotizadas.; y otra más concreta de nuestro compañero Cruz López-Müller, que profundiza en los riesgos de los excesivos conceptos jurídicos indeterminados que contiene la ley
- Marisa Aparicio: "La mejora del gobierno corporativo de las sociedades de capital".
- Cruz López-Müller: "El control de legalidad notarial de los acuerdos sociales".
La reforma penal: frivolidad, desvarío y populismo punitivo
Manuel Cancio Meliá, Catedrático de Derecho penal en la Universidad Autónoma de Madrid
En cuanto a lo primero, ante todo ha de destacarse que el proyecto está teniendo un desarrollo parlamentario sin precedentes. Presentado el anteproyecto en el año 2012 como iniciativa central del programa de acción del anterior ministro de Justicia, y después de muy variadas vicisitudes en su tramitación (...)
La crisis institucional y la proximidad de las elecciones –alguna ya celebrada, como las andaluzas- justifica que dediquemos un bloque de artículos a re-flexionar sobre sus principales actores: los partidos políticos. Mariano Alonso, periodista, nos aporta en este número su profundo conocimiento, con algunas novedades inéditas, de dos de las estrellas nacientes: Pablo Iglesias y Albert Rivera, en una interesante comparación con los principales personajes de la Transición; por su lado, Juan Hernández Bravo de Laguna, trata un tema de gran actualidad, sin duda relacionado con el anterior: el papel de las listas abiertas y primarias como medio de flexibilizar las estructuras de los partidos clásicos.
- Mariano Alonso: "Iglesias y Rivera, dos líderes del siglo XXI".
- Juan Hernández Bravo de Laguna: "Listas abiertas y elecciones primarias: el problema de los partidos".
Rodrigo Tena, notario de Madrid
Ni al legislador, ni al Tribunal Supremo, ni a la Dirección General de los Registros les gustan mucho las cláusulas suelo, pero no saben exactamente por qué. Y como no lo saben a ciencia cierta se corre el riesgo, como en el caso de las piñatas infantiles, de dar palos de ciego contra todo lo que se encuentre a su vera y cargarse así la lámpara del salón (...)
Amnistía fiscal ... a la Americana
Carlos Barreda, socio director del área fiscal en V2C Abogados / Belarmino A. Suárez, socio de la firma Suárez-Baldomero, P.A. (Certified Public Accountant en Nueva York)
Atrás ha quedado ya el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, publicado en fecha 31 de marzo de 2012, completado posteriormente con normativa adicional y por el que, en definitiva, se introducía en el sistema normativo español la denominada “Declaración Tributaria Especial” que configuraba una suerte de “amnistía fiscal” que, a grandes rasgos, ofrecía la posibilidad a los contribuyentes para regularizar bienes o derechos que a la fecha no hubiesen sido declarados (...)
José-Javier Cuevas Castaño, notario
En plena guerra civil española, en circunstancias extremadamente duras para la mayor parte de la población, el incipiente régimen del General Franco, a través de su improvisado gobierno (inicialmente intitulado “Junta Técnica del Estado”) dictó el Decreto 264 de 1º de mayo de 1937 para liberar del pago de rentas y de los suministros básicos de agua y electricidad a los obreros y empleados españoles en paro, prorrateando la carga que ello representaba entre todos los propietarios de viviendas o solares obligatoriamente integrados en las Cámaras de la Propiedad Urbana. (...)