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Resolución de 5 de Diciembre de 2.011. (B.O.E. de 19 de Enero de 2.012). Descargar Resolución.

La certificación administrativa del acuerdo del Pleno y del Decreto de adjudicación no reproduce el contenido del negocio o título material.
En definitiva, el iter previo a la definitiva adjudicación del contrato se rige por la legislación administrativa, pero la formalización y generación de efectos contractuales por la legislación civil.

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