Resolución de 18 de abril de 2017 (BOE 28 de abril de 2017). Descargar Resolución.
Se plantean problemas en la inscripción de un venta de una finca afectada por un deslinde del dominio público marítimo-terrestre, que se resuelve por la Dirección General afirmando que toda vez que obra en la documentación presentada certificación del Servicio de Costas de la que resulta la delimitación georreferenciada de la línea del dominio público marítimo-terrestre, el defecto será fácilmente subsanable aportando la correspondiente representación gráfica georreferenciada de la finca de la que resulte que la misma, con la descripción que pretende acceder al Registro, no invade dicho dominio público, sin perjuicio, de que pueda lograrse, como medio alternativo, con carácter previo, la inscripción registral del propio deslinde.