Resolución de 8 de Agosto de 2.011 (B.O.E. de 7 de Octubre de 2.011). Descargar Resolución.
Se intenta inscribir una escritura de compraventa de finca colindante con el dominio público marítimo-terrestre, acompañada de testimonio notarial de una certificación del Servicio de Costas según la cual dicha finca invade parcialmente el dominio público marítimo-terrestre. Posteriormente se presenta una instancia privada en la que se modifica la descripción registral de la finca, solución que se niega por la Dirección General, ya que se estaría dejando sin valor ni efecto toda la protección legal desplegada sobre estos bienes de dominio público, al dejar a voluntad de los propios interesados el cumplimiento de los requisitos legales, con base en una mera manifestación personal y en contra del principio de legitimación registral del artículo 38 de la Ley Hipotecaria.