Resolución de 10 de mayo de 2022 (BOE 1 de junio de 2022). Descargar
En una escritura se hipoteca un inmueble que se identifica como la vivienda habitual, habiendo manifestado en la escritura de compraventa previa que era un local al que se iba a cambiar el uso una vez adquirido por el deudor.
La Dirección General revoca la calificación al entender que toda la evolución normativa de protección de la vivienda del deudor con los hitos de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos; y el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, determina que la interpretación de este tipo de situaciones deba ser la más favorable al deudor, permitiendo la aplicación de toda la normativa protectora de la vivienda habitual del mismo, aunque en el registro de la propiedad aparezca como local el inmueble.