Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 26 de Febrero de 2.014 (B.O.E. 2 de Abril de 2014). Descargar Resolución.

En un mandamiento se ordena la cancelación de una hipoteca inscrita a favor de una entidad financiera. Al margen de la referida hipoteca, consta nota de expedición de certificación de cargas para determinado procedimiento de ejecución hipotecaria. El Centro Directivo confirma los defectos y desestima el recurso por dos motivos: 1º) primero porque  no consta en el procedimiento, haber sido demandado el titular del derecho real de hipoteca, lo cual resulta contrario, tanto al principio de tutela judicial efectiva, como a los principios hipotecarios de tracto sucesivo y legitimación; y, 2º) segundo, porque una vez iniciada la ejecución de la hipoteca y expedida la certificación prevenida en el artículo 688.2 de la LEC, no puede ser ordenada la cancelación por un Juzgado distinto de aquel ante el que se tramita la ejecución.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo