Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 5 de Febrero de 2.014 (B.O.E. de 27 de Febrero de 2.014). Descargar Resolución.

En una hipoteca se establece una bonificación en el interés si se constituye con la entidad acreedora un Cap hipotecario por un importe mayor al 70% del saldo pendiente, pero no se extiende la expresión manuscrita a que hace referencia el art. 6 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. La Dirección General, tras analizar extensamente la Ley y los tres diferentes niveles de protección que fija, opta por entender que ante situaciones dudosas como la actual debe aplicarse la protección mayor al deudor y, por tanto, exigirse la citada expresión manuscrita de aceptación y entendimiento de las condiciones impuestas.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo