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Resolución de 20 de Abril de 2.012. (B.O.E. de 21 de Mayo de 2.012). Descargar Resolución.

La Dirección General despacha expeditiva y rápidamente una petición de inscripción de un acta notarial para hacer constar determinadas circunstancias de una deuda derivada del aplazamiento de un precio aplazado, garantizado con un aval, señalando que no es posible, salvo que se garantice con hipoteca o condición resolutoria.

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