Resolución de 13 de julio de 2015 (BOE 22 de septiembre de 2015). Descargar Resolución.
Al no reunir el acreedor, titular de varias hipotecas inscritas en Registros diversos, los requisitos de inscripción en Registro especial de prestamistas profesionales y de aportación de seguro o aval en función de garantía de su actividad crediticia, no cabe la inscripción de dicha transmisión crediticia.