Resolución de 18 de Enero de 2.011 (B.O.E. de 14 de Marzo de 2.011). Descargar Resolución.
No procede impedir la inscripción de una escritura de hipoteca en garantía de préstamo concedido por una entidad que ha de operar dentro del ámbito material de la ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. Descargar Resolución.
La falta de creación de los Registros administrativos ex articulo 3 de dicha ley no impide "que, como resulta de la escritura calificada en el presente caso, se cumplan los demás requisitos exigibles incondicionadamente, en aras de la transparencia del mercado hipotecario, incrementando la información precontractual y protegiendo en definitiva a los usuarios y consumidores".