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Tres Resoluciones de 15 de noviembre de 2016 (BOE 2 y 3 de diciembre de 2016). Descargar Resolución. Descargar Resolución. Descargar Resolución.

Se pretende la inscripción de un decreto de adjudicación dictado en procedimiento de ejecución hipotecaria seguido frente a una herencia yacente y herederos desconocidos adjudicándose determinadas fincas registrales a la actora entidad de crédito.
El Registrador suspende la inscripción por no resultar de la documentación aportada que la ejecución se haya dirigido contra alguna persona que tenga interés en la herencia o contra el administrador judicial de la herencia.
La Dirección General estima el recurso. Sienta su doctrina sobre el problema de la representación procesal de la herencia yacente y entiende que se admite el emplazamiento de la herencia yacente a través de un posible interesado, aunque no se haya acreditado su condición de heredero ni por supuesto su aceptación. Sólo si no se conociera el testamento del causante ni hubiera parientes con derechos a la sucesión por ministerio de la ley, y la demanda fuera genérica a los posibles herederos del titular registral sería pertinente la designación de un administrador judicial.

 

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