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Resolución de 12 de diciembre de 2018 (BOE 3 de enero de 2019). Descargar

La carencia de FIPER u oferta vinculante puede aportarse sin el consentimiento del deudor ulteriormente. De otra parte, conduce a la nulidad del préstamo hipotecario su condición de usurario por suponerse recibida por el prestatario una cantidad notablemente mayor a la verdaderamente entregada por el prestamista debido a la pluralidad de cantidades retenidas correspondientes al pago anticipado de los intereses, la comisión de apertura, los gastos relacionados con la formalización de la operación y los costes de intermediación o efectivamente entregadas a terceras personas.

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